REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ANTONYBRISETrabajo1 de Marzo de 2013
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIA JUANA - EDO ZULIA
TIA JUANA; 22/09/2012
ESQUEMA
1. ESTADO
2. SOBERANÍA
3. CONSTITUCIÓN
4. NACIÓN
5. NACIONALIDAD
6. CIUDADANO
7. CIUDADANÍA
8. DIFERENCIA ENTRE ESTADO Y SOBEREANÍA
9. DIFERENCIA ENTRE LA CONSTITUCIÓN DEL AÑO 1961 Y 1999
10. COMO ESTAN CONSTITUIDO LOS PODERES EN VENEZUELA
CONTENIDO
1.- ESTADO
El estado es la organización jurídico-política más perfecta que se conoce hasta el presente. Es un ente orgánico unitario, estructurado jurídicamente bajo la forma de una corporación, que detenta el ejercicio del poder.
El Estado esta conformado por las siguientes bases: población, territorio, estructura jurídica y soberanía. La población entra aquí como uno de los elementos más importantes en la formación del Estado; son aquellos grupos de personas que se reúnen en un territorio determinado, instalándose en una comunidad política para crear derechos y obligaciones sobre los demás, creando a su vez el orden jurídico para el mantenimiento del orden dentro de su población. Es bien pues la población la causa que origina el nacimiento del Estado. El Estado podrá dar unidad política y jurídica a varias comunidades nacionales, como lo testimonia la historia, pero no puede ser anterior a ellas. Primero existen el hombre y los grupos comunitarios y sociales que este compone y después la persona jurídica llamada Estado. La justificación que tiene la población para con el Estado es el que le da forma y estructura jurídica y natural a esto, actuando a través de sus diferentes funciones en que se desarrolla su actividad...
Estado: Del participio latino "status". El término en su sentido moderno fue introducido por Maquiavelo. Al hablar de lo statu, lo convierte en sustantivo abstracto con una significación similar a la de polis para los griegos y civitas para los romanos, es decir, comunidad humana suficiente en sí, con gobierno propio e independiente, supremo en su orden. Se diferencia de otros términos de parecida índole, como el de "sociedad", porque ésta admite otras caracterizaciones fuera de la sociedad política y porque no toda sociedad política es Estado. También se distingue de la nación." (Léxico de Política, Colección UTAL)
Al Estado generalmente se le define como "la sociedad civil jurídica y políticamente organizada". En eso consiste el Estado: En la institucionalización jurídica y política de la sociedad. Es justamente por esto que Kelsen, uno de los grandes teóricos del Estado moderno afirma que " el Estado tiene como elementos constitutivos esenciales el poder público, el territorio y el pueblo"
2.- SOBERANÍA
La soberanía es el derecho que tiene el pueblo a elegir a sus gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio. Según esto, habría que considerar que el derecho se tiene frente a alguien y porque alguien lo concede; en consecuencia, habría que convenir que la soberanía, más que un derecho, es el "poder". Dentro del ámbito de la política, la soberanía está asociada al hecho de ejercer la autoridad en un cierto territorio. Esta autoridad recae en el pueblo, aunque la gente no realiza un ejercicio directo de la misma sino que delega dicho poder en sus representantes.
La soberanía se puede considerar en dos aspectos diferentes, uno interno y otro externo. En su modo interno, la soberanía hace alusión al poder definido anteriormente, el que se relaciona con el poder de un determinado Estado sobre su territorio y su población. Por otra parte, el carácter externo hace referencia a la independencia que tiene un Estado del poder que ejerce otro, en un territorio y población diferentes, en otras palabras, un Estado en particular es soberano mientras no dependa de otro Estado.
Por otra parte, la soberanía se puede comprender desde dos perspectivas, una jurídica y una política. La soberanía jurídica es aquella a través de la cual un Estado puede tomar contacto con el mundo, con lo internacional, a través de su participación en diferentes organizaciones internacionales, tratados, pactos y compromisos diplomáticos, entre otros.
La soberanía política es aquella que hace alusión a poder del Estado de imponer todo aquello que le parezca necesario. Aunque se piense que cada Estado ejerce su soberanía jurídica y política, no es así en todas las naciones
Es el poder superior; es la suprema autoridad es la manifestación que distingue y caracteriza al poder del Estado, por lo cual se afirma su superioridad jurídica sobre cualquier otro poder, sin aceptar limitaciones ni subordinaciones que cercenen sus facultades ni su independencia dentro de su territorio y posesiones. Cuando decimos que la soberanía es el pode supremo, la suprema autoridad; estamos aceptando que existen otros poderes dentro del estado; pues bien: en todo estado existe una gama de poderes; pero dichos poderes no son originarios sino que dependen del Estado. En tanto que la soberanía o la suprema autoridad, pudiéramos decir que es el Estado mismo, ya que donde no hay soberanía no hay Estado, y este no acepta limitaciones ni subordinaciones.
3.- CONSTITUCIÓN
La constitución (del latín cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces llamada también carta magna) es la norma suprema, escrita o no, de un Estado de derecho soberano u organización, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
La constitución es la Ley Fundamental del Estado soberano, escrita o no, establecida o aceptada como guía para su gobernación; es decir, es la norma jurídica de más alto rango en el ordenamiento político. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. También garantiza al pueblo determinados derechos.
Ella establece la organización, atribuciones y relaciones entre los órganos del Estado, los derechos y garantías de las personas y los cuerpos intermedios de la sociedad, los sistemas para hacer efectiva la supremacía constitucional y el procedimiento de reformas parcial o total de la constitución. La mayoría de los países tienen una constitución escrita. La de Gran Bretaña, encarnada en numerosos documentos (por ejemplo, la Carta Magna) y el derecho consuetudinario que definen las relaciones de los ciudadanos con la Corona, el Parlamento y los tribunales, no está escrita, pese a que, en muchas ocasiones, se ha postulado su redacción para que Gran Bretaña disponga de un texto análogo al de la gran mayoría de estados.
4.-NACIÓN
La nación es el grupo considerable de seres humanos, que posee una integración vertical de la población en torno a un sistema común de trabajo, un territorio más que local con una movilidad horizontal dentro del mismo, pertenencia directa al grupo con iguales derechos de ciudadanía, al menos un signo de relativa disimilitud reconocida por el cual sus miembros pueden distinguirse de los de otro grupo semejante y relaciones de alianza, competencia, o conflicto con otros grupos semejantes, así como un elevado nivel de sentimiento de grupo.
Es una realidad constituida por un conjunto de seres humanos que además de tener un lugar común de nacimiento y de vida (el territorio), tienen una serie de características que los identifican y al mismo tiempo los distinguen de otros conjuntos de seres humanos: raza, idioma, costumbres, tradiciones, historia, religión, música, hábitos alimenticios, en síntesis una cultura que va moldeando el alma individual y colectiva de los pueblos, pero sobre todo un sentimiento común de tener un mismo destino. También se define como una comunidad de personas en las que su historia, sentimientos, costumbres, acciones, ideales e idioma común, aunque no tenga en todos los casos un espacio geográfico propio, producen de hecho una unidad de conciencia, cultural y destino.
5.- NACIONALIDAD
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
El artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, y a no verse privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del
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