Rectificatoria NIT
Enviado por gabriel_sa83 • 8 de Agosto de 2014 • 973 Palabras (4 Páginas) • 509 Visitas
Como rectificar formulario IVA, IT y si son a favor del SIN o contribuyente
Como rectificar formulario IVA, IT, IUE y si son a favor del SIN o contribuyente
Para saber como rectificar formulario IVA, IT u otro, no es lo mismo si es a favor del SIN o del contribuyente. A continuación hacemos una lectura actualizada de cómo realizar estas rectificaciones.
¿Qué es una rectificación de formularios o declaraciones juradas?
Una Declaración Jurada rectificativa, es aquella que efectúa el contribuyente con posterioridad a la original, con el objeto de modificar la declaración jurada anterior.
¿Cómo es eso de rectificación a favor del fisco o del contribuyente?
Las declaraciones juradas rectificatorias pueden ser de dos tipos:
1. Las que incrementen el saldo a favor del fisco o disminuyan el saldo a favor del contribuyente, que se denominarán “Rectificatorias a favor del Fisco”.
2. Las que disminuyan el saldo a favor del fisco o incrementen el saldo a favor del contribuyente, que se denominarán “Rectificatorias a favor del Contribuyente”. (Art. 26, Decreto Supremo Nº 27310)
Rectificaciones a favor del fisco, procedimientos
Cuando se presente una Rectificatoria incrementando el saldo a favor del Fisco o disminuyendo el crédito fiscal del contribuyente, se presenta la Declaración Jurada Rectificativa directamente por la Oficina Virtual.
Si son rectificatorias a favor del fisco, el sistema emitirá el Número de Trámite para que los usuarios procedan al pago correspondiente en cualquier entidad financiera. (Art. 27, Decreto Supremo Nº 27310 y RND10-0004-10)
En caso de haber diferencia a pagar, la diferencia del impuesto determinado no declarado en término originará una multa por incumplimiento a los deberes formales, conforme a lo establecido en el parágrafo II del Artículo 162 de la Ley Nº 2492.
Esta multa se paga en el Formulario 1000 (Boleta de Pago) como: Multa por incremento de impuesto determinado en la declaración jurada rectificativa Cod 967. (Art. 27, Decreto Supremo Nº 27310 y parágrafo II del Artículo 162 de la Ley Nº 2492.)
Aquí tenemos un tutorial acerca del llenado del Formulario o boleta 1000.
Otras consideraciones
Si la Rectificatoria fue presentada después de cualquier actuación del Servicio de Impuestos Nacionales, se pagará además, la sanción pecunaria correspondiente al ilícito tributario conforme a lo establecido en la Ley Nº 2492 (Multa por omision de pago del 100% del tributo omitido).(Art. 27, Decreto Supremo Nº 27310)
Sí, la diferencia resultante de una Rectificatoria a favor del Fisco, que hubiera sido utilizada indebidamente como crédito, será considerada como Tributo Omitido y será calculada de acuerdo al Art. 47 de la Ley Nº 2492. (Art. 27, Decreto Supremo Nº 27310 y Art. 47, Ley Nº 2492)
cuando la recitificatoria a favor del fisco, disminuya el saldo a favor del contribuyente y éste no alcance para cubrir el “crédito IVA comprometido”, para la devolución en títulos y valores, la diferencia se considerará como tributo omitido (Casos para exportadores Form. 210). (Art. 27, Decreto Supremo Nº 27310)
Número de veces permitido
Las rectificatorias a favor del Fisco podrán ser presentadas las veces que sean necesarias. (Art. 27, Decreto Supremo Nº
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