Recuperacion Cartera Actividad 7
Enviado por yaneth65 • 26 de Marzo de 2013 • 1.210 Palabras (5 Páginas) • 6.405 Visitas
EJERCICIO PRÁCTICO
Ante las situaciones que se presentan a continuación, usted deberá tomar las decisiones como funcionario de la Institución, dé una explicación coherente y fundamentada:
Uno de los establecimientos de crédito (Banco Tras Atlántico) dedicado fundamentalmente al otorgamiento de crédito para inversión en vivienda nueva o usada, se encuentra atravesando por serias dificultades para la recuperación de su cartera: brevemente describimos el estado de algunas de las obligaciones:
Marco Antonio Restrepo; Obligación vencida desde hace 180 días Saldo $45.000.000.oo, garantía hipotecaria, inversión vivienda. El señor Restrepo y su grupo familiar se encuentran sin trabajo. El avalúo comercial de la unidad de vivienda asciende a la suma de $90.000.000.oo, no se ha iniciado ninguna acción judicial.
Carlos David Camargo Arango; obligación vencida desde hace 360 días, al cobro judicial, garantía hipotecaria, inversión vivienda, saldo $35.000.000.oo, el inmueble hipotecado tiene un avalúo de $55.000.000.oo, los ingresos que recibe el grupo familiar no le permiten atender la obligación.
Estos deudores han ofrecido cancelar las obligaciones con la entrega de los inmuebles hipotecados, usted como funcionario del banco deberá tomar una de las decisiones que se presentan a continuación y sustentarla:
¿Aceptaría la propuesta?, ¿esperaría el fallo judicial?, ¿iniciaría el juicio en el caso del señor Restrepo?, ¿cómo manejaría la diferencia en los valores del Avalúo y la deuda?, si recibe los inmuebles ¿qué acciones realizaría para convertirlos en recursos disponibles para continuar con la actividad financiera?
Aceptaría la propuesta ya que esperar el fallo judicial dilataría mas el pago de la deuda y las condiciones de los deudores no es la mejor, por lo que iniciar un juicio en el caso del señor Restrepo no es productivo, ni llevaría a la cancelación de la deuda, por lo cual se procederá a recibir los bienes como dación de pago, el cual debe entenderse siempre como un mecanismo excepcional para recuperar unos recursos que tienen la vocación principal de ser colocados o administrados de acuerdo con la actividad reglada de los establecimientos de crédito y las sociedades de servicios financieros y que, por tal motivo, tales bienes deben ser enajenados dentro de determinados plazos.
En atención a que en oportunidades se hace necesaria la recepción de bienes en dación en pago de obligaciones que los deudores no pueden satisfacer en la forma pactada y como quiera que tal procedimiento excepcional de solución de las obligaciones ha conducido a la adquisición de bienes inmuebles que las entidades vigiladas debe enajenar a la mayor brevedad, porque no son necesarios para la explotación de las actividades que constituyen su objeto y por la existencia de expresas restricciones legales,
Cuando se trate de bienes muebles e inmuebles que sean transferidos a las entidades vigiladas en pago de deudas previamente adquiridas en desarrollo del objeto social o de bienes adquiridos en pública subasta por razón de adjudicaciones judiciales, deberán las entidades proceder a adelantar en forma diligente todas las actuaciones que sean necesarias para obtener su venta, para lo cual disponen de un plazo de hasta dos años, contados a partir de la fecha de su adquisición a menos que se obtenga autorización de esta superintendencia para conservarlos cuando resulten necesarios para el mejor desarrollo de la empresa social
También se prevé la ampliación del plazo, previa justificación y demostración fehaciente de que se han desplegado todas las actividades necesarias para obtener la venta de dichos bienes. La prórroga no podrá exceder de dos años.
Los bienes que para las entidades financieras tienen el carácter de activos fijos y señala que las inversiones en "bienes inmuebles y otros activos fijos", deben
...