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Referéndum


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2013  •  486 Palabras (2 Páginas)  •  221 Visitas

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El referéndum o referendo es el procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos cuya ratificación por el pueblo se propone.1

El referéndum es el mecanismo de democracia semidirecta por antonomasia y en la actualidad complementa el régimen de democracia representativa, potenciando la intervención directa del cuerpo electoral.

El referéndum es un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos.

El resultado del mismo puede ser obligatorio (vinculantes), o no obligatorios (consultivos). Un referéndum consultivo puede dejar la interpretación del voto al poder legislativo (como el referéndum sobre la Constitución Europea en España). Su obligatoriedad puede basarse en el coste político que supondría no obedecerlo y no en una obligación legal. Un referéndum obligatorio es posible sólo en algunos países y sobre algunos temas, y un cierto tamaño del electorado participante muchas veces es también un requisito previo.

Según el objeto:

Referéndum de independencia: Si el objeto es la declaración de independencia.

Referéndum constitucional: Si el objeto es tema relacionado con una constitución.

Referéndum legal: Si el objeto está relacionado con una ley.

Referéndum revocatorio: Si el objeto es revocar un mandato de elección popular.

Según el fundamento:

Referéndum obligatorio o preceptivo: Si el fundamento de su celebración es la exigencia propia del ordenamiento.

Referéndum facultativo: Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito

Referéndum decisorio: Cuando el resultado se hace efectivo y vinculante.

Referéndum consultivo: Cuando el resultado implica únicamente la manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante. En caso de ser además facultativo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.

Referéndum constitutivo o de ratificación: Cuando el efecto es aprobar una disposición.

Referéndum abrogativo: Si el efecto jurídico resultante es la derogación de un precepto determinado.

Plebiscito: De plebi (la plebe, plebeyos, pueblo) y scito del latín (tener en cuenta). También se puede encuadrar como un tipo de referéndum facultativo y consultivo al ser un modelo cercano, pero el pronunciamiento popular no constituye una expresión de la voluntad general o popular sino un instrumento de legitimación de un poder personal de corte autocrático por lo que se considera una categoría independiente.

En Suiza referéndum designa una votación popular convocada para revocar una disposición

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