Reforma Agraria a la SEDATU
Enviado por vanraven • 28 de Abril de 2014 • Informe • 1.065 Palabras (5 Páginas) • 606 Visitas
Reforma Agraria a la SEDATU
¿Qué es la SEDATU?
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) es la entidad del Gobierno de México encargada de los temas de desarrollo agrario, desarrollo urbano y vivienda. Con su creación, se extingue la Secretaría de la Reforma Agraria.
Sus principales atribuciones son:
• Aplicar la legislación agraria derivada del artículo 27 de la Constitución.
• Diseñar e implementar políticas de desarrollo agrario.
• Administrar los terrenos propiedad de la Nación.
• Diseñar e implementar una política de desarrollo metropolitano, incluido la previsión de disponibilidad de agua determinada por la SEMARNAT.
• Desarrollar políticas en materia de vivienda y Urbanismo.
Por qué se convierte en SEDATU
La Secretaría de Reforma Agraria, que por 60 años sirvió a la gente para la regulación de ejidos y tierras comunales, dejó de existir porque ya no hay tierras que repartir, aunque prevalecen sin resolver docenas de juicios agrarios, por lo que el nuevo gobierno decidió enterrar a la SRA y crear ahora la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Habrán de operar como el de financiamiento para vivienda, apoyos para regularizar asentamientos irregulares, emprenderán el rescate de espacios públicos, y habrá apoyos para proyectos productivos de mujeres y jóvenes emprendedores.
Reconoció que aunque ya no hay tierras que repartir, la SEDATU, seguirá dando apoyo a miles de campesinos que tienen tierras que legalizar, por lo que pretenden llevar de la cultura de la palabra a la certidumbre jurídica de la tierra para que sea productiva.
La SEDATU, tiene el objetivo también de capacitara la nueva generación de campesinos para que conozcan los programas que se les ofrece para que puedan darle un aprovechamiento mejor a las parcelas para que puedan generar la instalación de agro empresas.
En el programa denominado FAPPA (Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios) cuenta con recursos que permita a la reactivación económica en el campo.
El delegado federal de la SEDATU, dijo que el Programa de la Mujer en el sector va dirigido principalmente a mujeres que habitan núcleos agrarios y que no son titulares de las tierras, pero que las pueden usufructuar a través de proyectos de producción agrícola.
Transformación Institucional
La reforma al Artículo 27 constitucional del 6 de enero de 1992, fue seguida por la promulgación de dos ordenamientos fundamentales: la Ley Agraria y la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, ambas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992. La primera determinó la creación de la Procuraduría Agraria, como organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y la transformación del Registro Agrario Nacional, en un órgano desconcentrado de la SRA. Mediante la segunda se crearon los Tribunales Agrarios, como órganos federales dotados de plena jurisdicción y anatomía, para dictar sus fallos en materia agraria en todo el territorio nacional. La Ley Agraria fue reformada y adicionada por decreto publicado el 9 de julio de 1993, fecha en que también se publicaron las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.
Otros ordenamientos importantes promulgados son el Reglamento
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