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Regimen Ims Issste


Enviado por   •  20 de Mayo de 2014  •  1.569 Palabras (7 Páginas)  •  298 Visitas

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Seguros que comprende el régimen obligatorio y voluntario del IMSS y ISSSTE.

Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: Las personas que se encuentran vinculadas a otras, de manera permanente o eventual, por una relación de trabajo cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón y aun cuando este, en virtud de alguna ley especial, este exento del pago de impuestos o derechos.

El aseguramiento es a partir de la fecha en que inicia la relación laboral, se constituye la sociedad o inicia su vigencia el decreto respectivo. Se controla con avisos de alta, modificación de salario y baja, porque se trata de un aseguramiento de tiempo transcurrido bajo seguro.

Régimen voluntario:

Los trabajadores en industrias familiares, y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados y sus beneficiarios legales tienen derecho a las prestaciones por:

Enfermedades y Maternidad (sólo prestaciones en especie)Invalidez y Vida Retiro y Vejez.

Seguro de riesgos de trabajo

Los riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades provocadas por el trabajo que un trabajador realiza. Un accidente de trabajo es toda lesión que sufre un trabajador mientras trabaja o mientras viaja a su trabajo. Caídas, golpes, quemaduras, fracturas e incluso la muerte, generadas por las actividades que realiza el trabajador, son accidentes de trabajo.

No se consideraran para los efectos de esta ley, riesgos de trabajo los que sobrevengan por alguna de las causas siguientes:

I. si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;

II. si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún psicotrópico, narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción suscrita por medico titulado y que el trabajador hubiera exhibido y hecho del conocimiento del patrón lo anterior;

III. si el trabajador se ocasiona intencionalmente una incapacidad olesión por si o de acuerdo con otra persona;

IV.-si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña o intento de suicidio, y

V. si el siniestro es resultado de un delito intencional del que fuere responsable el trabajador asegurado.

Tipos de incapacidades

Incapacidad temporal (si el trabajador no puede trabajar por algún tiempo pero, cuando sana, vuelve a sus actividades normales dentro del trabajo).

Incapacidad permanente parcial (cuando el trabajador puede regresar a trabajar pero el médico le prohíbe hacer algunas actividades).

Incapacidad permanente total (si el accidente o la enfermedad provocada por el trabajo le impide al trabajador volver a trabajar el resto de su vida).

Muerte provocada por accidente o enfermedad de trabajo..

Prestaciones por riesgo de trabajos

Son dos los tipos de prestaciones que el IMSS otorga a un trabajador que sufre un accidente o una enfermedad de trabajo: PRESTACIONES EN DINERO Y PRESTACIONES EN ESPECIE. Si el trabajador muere a causa de una enfermedad o accidente de trabajo, sus familiares tienen derecho a cobrar el seguro.

Seguros que comprende el ISSSTE

Se establecen con carácter obligatorio las siguientes prestaciones y servicios.

I. Préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición en propiedad de terrenos o casas habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras de las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos;

II. Préstamos personales:

a) Ordinarios;

b) Especiales;

c) Para adquisición de bienes de consumo duradero, y

d) Extraordinarios para damnificados por desastres naturales;

Los Trabajadores están obligados a proporcionar al Instituto y a las Dependencias o Entidades en que presten sus servicios:

I. La información general de las personas que podrán considerarse como Familiares Derechohabientes, y

II. Los informes y documentos probatorios que se les pidan

Seguros de riesgo de trabajo

Accidentes del trabajo: toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste, así como aquéllos que ocurran al Trabajador al trasladarse de su domicilio o de la estancia de bienestar infantil de sus hijos, al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa.

Enfermedades de trabajo

Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios (art. 475, LFT).

Riesgo de trabajo

En caso de desacuerdo, el afectado tendrá 30 días naturales para presentar Inconformidad avalada con un dictamen de un especialista en medicina del trabajo. En caso de Desacuerdo entre la calificación del Instituto y el dictamen anterior, el Instituto propondrá una terna de médicos, para que de entre ellos, el afectado elija uno.

Prestaciones en dinero, incapacidad laboral

Licencia con goce del 100 por ciento del sueldo, cuando el riesgo del trabajo imposibilite al Trabajador para desempeñar sus labores.

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