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Remuneracion


Enviado por   •  11 de Julio de 2013  •  414 Palabras (2 Páginas)  •  350 Visitas

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• Debe pagarse en moneda de curso legal.

• No puede la periodicidad exceder de un mes.

• Debe pagarse de lunes a viernes en el lugar de trabajo, dentro de la hora siguiente de concluida la jornada.

• Remuneración es una estipulación del Contrato de trabajo y una mención mínima de carácter obligatoria del Reglamento Interno.

• GARANTIAS FRENTE AL EMPLEADOR

• DESCUENTOS,

• PUBLICIDAD Y

• REAJUSTABILIDAD.

• DESCUENTOS

• DESCUENTOS OBLIGATORIOS.

• EL IMPUESTO UNICO AL TRABAJADOR.

• COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

• CUOTAS SINDICALES.

• DESCUENTOS OBLIGATORIOS A SOLICITUD ESCRITA DEL TRABAJADOR

No puede exceder del 30% de la Remuneración.

Ahorros para la vivienda, Institución Financiera o en una cooperativa para la vivienda.

Cuotas de dividendos hipotecarios.

• DESCUENTOS POR LEY, VOLUNTARIOS O PERMITIDOS

• Tope 15% de la Remuneración Mensual.

• Destinados a pagos de cualquier naturaleza.

• Ejemplo:

• Obligaciones contraídas con tiendas comerciales, préstamos con Instituciones Financieras.

• PUBLICIDAD

Está referido que el empleador que cuente con 5 o más trabajadores deben llevar un libro auxiliar de remuneraciones, timbrado por el S.I.I.

• REAJUSTABILIDAD

Las sumas que los empleadores adeuden por concepto de remuneraciones, beneficios, indemnizaciones o cualquier otra, deben pagarse reajustadas conforme al I.P.C. y devengan el máximo interés permitido para operaciones reajustables.

• EN RELACION CON LOS ACREEDORES DEL EMPLEADOR

Ante varios acreedores del empleador, se aplica el artículo 2470 y siguientes del Código Civil. Conforme a dicha norma las remuneraciones, así como las indemnizaciones, tanto legales como convencionales, constituyen un crédito privilegiado quedando comprendido en la primera clase.

• FRENTE A TERCEROS

Esta garantía dice relación con inembargabilidad de las remuneraciones y de las cotizaciones de seguridad social.

Las cotizaciones de seguridad social son inembargables absolutamente, no existiendo al respecto excepción alguna.

• EXCEPCIONES

• Se permite hasta el 50% de las remuneraciones en los casos establecidos en el artículo 57 Código del Trabajo;

• Pensiones alimenticias debidas por ley y decretadas judicialmente;

• Remuneraciones adeudadas por el trabajador a dependientes que hayan estado a sus servicios, y

• Defraudaciones, robos o hurtos cometidos por el trabajador en contra del empleador en el ejercicio de sus funciones.

• RESPECTO A LA FAMILIA DEL TRABAJADOR

• El trabajador se encuentra facultado para solicitar a su empleador, descuento que decida asignar a la mantención de su familia.

• La mujer

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