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Resolucion Final De Cuotas Compensatorias


Enviado por   •  27 de Enero de 2013  •  7.106 Palabras (29 Páginas)  •  464 Visitas

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Resolución Final de las Cuotas compensatorias

DOF: 21/12/2012

Resolución por la que se resuelve el recurso administrativo de revocación interpuesto por la empresa Vantage Oleochemicals, Inc., en contra de la resolución final del examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias sobre las importaciones de cierto tipo de ácido esteárico, originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, que se publicó el 7 de octubre de 2011.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE RESUELVE El RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACION INTERPUESTO POR LA EMPRESA VANTAGE OLEOCHEMICALS, INC., EN CONTRA DE LA RESOLUCION FINAL DEL EXAMEN DE VIGENCIA Y DE LA REVISION DE OFICIO DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS SOBRE LAS IMPORTACIONES DE CIERTO TIPO DE ACIDO ESTEARICO, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA, QUE SE PUBLICO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 7 DE OCTUBRE DE 2011.

Visto para resolver el expediente administrativo Rec. Rev. 03/10 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución, de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

A. Resolución final

1. El 8 de abril de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de ácido esteárico, originarias de los Estados Unidos de América ("Estados Unidos"), independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final").

2. De acuerdo con la Resolución Final se impusieron las siguientes cuotas compensatorias a las importaciones de ácido esteárico cuyas características sean: títer de 57 a 63 grados centígrados, valor de yodo 1.0 máximo, valor de acidez de 200 a 209, porcentaje de humedad 1.0 máximo, con una proporción de ácidos grasos por peso de 15% mínimo de ácido palmítico y 55% mínimo de ácido esteárico:

a. 5.18% para las importaciones del producto investigado fabricado por Cognis Corporation;

b. 17.51% para las importaciones del producto investigado fabricado por ICI Uniqema, Inc. (posteriormente Croda Uniqema Inc. y actualmente Uniqema Americas, LLC);

c. 27.77% para las importaciones del producto investigado fabricado por Ferro Corporation;

d. 36.51% para las importaciones del producto investigado fabricado por The Procter & Gamble Distributing Company, y

e. 36.51% para las importaciones del producto investigado fabricado por todas las demás exportadoras de Estados Unidos.

B. Elusión

3. El 21 de noviembre de 2008 se publicó en el DOF la Resolución final de la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria definitiva (la "Resolución Final de la Elusión"). Se resolvió que las importaciones de los productos que fueron objeto de ese procedimiento no eludían las cuotas compensatorias.

C. Examen de vigencia y de la revisión de oficio de cuotas compensatorias

4. El 7 de octubre de 2011 se publicó en el DOF la Resolución final del examen de vigencia y de la revisión de oficio de las cuotas compensatorias (la "Resolución Final del Examen y de la Revisión"). Se determinó modificar las cuotas compensatorias a que se refiere el punto 2 de esta Resolución para quedar en 17.38% para todas las importaciones de ácido esteárico originarias de Estados Unidos y revocar la cuota compensatoria a las importaciones fabricadas y exportadas por Vantage Oleochemicals, Inc. (en adelante "Vantage" o la "Recurrente").

D. Panel Binacional

5. El 4 de noviembre de 2011 la productora nacional Quimic, S.A. de C.V., compareció ante la Sección Mexicana del Secretariado de los Tratados de Libre Comercio para solicitar la revisión de la Resolución Final del Examen y de la Revisión, ante un Panel Binacional, exclusivamente por lo que se refiere al procedimiento de revisión. Este procedimiento continúa en trámite bajo el número de expediente MEX-USA-2011-1904-01.

E. Interposición del recurso de revocación

6. El 13 de diciembre de 2011 Vantage interpuso recurso de revocación en contra de la Resolución Final del Examen y de la Revisión. Vantage manifestó que el recurso es procedente, ya que la Resolución Final del Examen y de la Revisión se ubica dentro la hipótesis del artículo 94 fracciones VIII y XI de la Ley de Comercio Exterior (LCE), y porque lo interpuso dentro del plazo de cuarenta y cinco días a que se refiere el artículo 121 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Formuló los siguientes:

AGRAVIOS

PRIMERO. La Resolución Final del Examen y de la Revisión es violatoria del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (la "Constitución"), por estar indebidamente fundada y motivada, ya que omite o, en su caso, toma en cuenta de forma incompleta los elementos necesarios para determinar el interés jurídico de Vantage para participar en los procedimientos de examen y de revisión de oficio, y ello implica la anulabilidad del acto administrativo.

A. La Secretaría erró en concluir que la transferencia de activos de Uniqema Americas, LLC a Vantage no constituye sucesión en interés para los efectos de la determinación del interés jurídico de participar en el examen de vigencia y en la revisión administrativa de cuotas compensatorias.

B. Vantage y Uniqema Americas, LLC son esencialmente la misma persona jurídica y fundamentalmente la misma entidad, porque comparten los mismos atributos en lo relativo a nacionalidad, domicilio fiscal y patrimonio (incluyendo tanto activos productivos como oficinas administrativas); además de fabricar el mismo producto (ácido esteárico), bajo la misma marca (Pristerene 4910) y con el mismo costo de producción; de tener la misma dirección estratégica, los mismos proveedores y la misma base de clientes; además de que Vantage ha sucedido a UniqemaAmericas, LLC en el establecimiento de políticas de precios internos y de exportación, ya que mediante la adquisición de los activos productivos de Uniqema Americas, LLC, Vantage absorbió la capacidad de establecer las conductas y comportamientos comerciales que tenía Uniqema Americas, LLC (incluidos los relativos a la fijación de precios).

C. Conforme al artículo 2058 del Código Civil Federal (CCF), en una simple cesión de derechos surgida por un acuerdo de voluntades, no se extinguen los derechos y obligaciones de los deudores, menos aún, en la subrogación. Entre Vantage y Uniqema Americas, LLC ha surgido una subrogación

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