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Responsabilidad cinvil escolar


Enviado por   •  29 de Julio de 2017  •  Informe  •  3.720 Palabras (15 Páginas)  •  226 Visitas

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             Responsabilidad

                 Civil

Integrantes:
Cinthia Mallea 38.701.905
Yamila Sánchez 39.101.504
Belén Rojas 39.909.962

Materia: TFO

Profesora: Patricia Krentz

Instituto: ISFD N°106

Curso: 2do 3ra

Año: 2016

           Masacre escolar en Carmen de Patagones

  • Copete:

La Masacre escolar de Carmen de Patagones fue un incidente ocurrido el 28 de septiembre de 2004 en el Instituto Nº202 Islas Malvinas de Carmen de Patagones, al sudoeste de la Provincia de Buenos AiresArgentina, en el cual un alumno, identificado como Rafael Solich de 15 años, disparó con una pistola perteneciente a su padre contra sus compañeros de aula, provocando la muerte de 3 de sus compañeros y que 5 resulten heridos .

  • Introducción:

La mañana del martes 28 de septiembre de 2004 en la Escuela de Enseñanza Media Nº202 Islas Malvinas de Carmen de Patagones en la provincia de Buenos Aires, Argentina, un chico de 15 años llamado Rafael Solich, mejor conocido como "Junior", disparó sobre sus compañeros en el aula en la que compartían el primer año del ciclo Polimodal (secundario).[1][2][ 3]  Se afirmó que el joven sufría de acoso por parte de sus compañeros.
Se llevó a cabo a las 7:35, hora del comienzo de la clase de Derechos Humanos, Solich ingresó al colegio al que concurren unos 400 estudiantes, escondiendo una pistola Browning calibre 9 mm (perteneciente a su padre, un suboficial de la Prefectura Naval Argentina), otros dos cargadores y un cuchillo de caza escondidos en un campeón militar.[4]
Dejo ingresar a todos sus compañero en el aula de 1ºB en donde no se encontraban ni el preceptor ni el profesor a cargo y fue ahí donde Solich se colocó en frente de la clase, tomó el arma y la descargó contra sus compañeros de aula sin mediar palabras efectuando 13 disparos, después de vaciar la pistola, salió al pasillo. Cargó un segundo cargador e hizo un nuevo disparo, esta vez hacia el kiosquero de la escuela a quien no alcanzó a herir.
Siguió su camino por el pasillo principal de la escuela, caminando en estado de shock hasta que Dante Pena, uno de sus compañeros de aula y mejor amigo (señalado por sus compañeros y sus padres como el autor intelectual del hecho pero en la Justicia no se pudo comprobar),  se le abalanzó y logró quitarle el arma. Luego de enteradas las autoridades, no se resistió, fue arrestado y trasladado a la ciudad portuaria de Bahía Blanca. [5] [6]  La tragedia tuvo la triste distinción de ser la primera masacre escolar (realizada por un solo individuo con un arma de fuego) registrada en América Latina.
Como saldo del ataque fallecieron tres compañeros de aula, de entre 15 y 16 años; además de haber cinco heridos
. [7]

1. Sandra Nuñez (muerta en la escena)

2. Evangelina Miranda (muerta en la escena)

3. Federico Ponce (muerto en la escena)

4. Natalia Salomón (herida)

5. Nicolás Leonardi (herido)

6. Cintia Casasola (herida)

7. Rodrigo Torres (herido)

8. Pablo Saldías Kloster (herido)

 El entonces presidente Néstor Kirchner calificó el episodio como doloroso y dispuso dos días de duelo nacional.
En todas las escuelas del país se realizó una jornada de reflexión en la que se leyó una carta enviada por el 
Ministerio de Educación a todos los establecimientos educativos del país.

  • Desarrollo

Al iniciarse la causa judicial, Rafael fue confinado a un centro de internación para jóvenes delincuentes en el partido de Ensenada. Condena penal no puede recibir porque en Argentina hay una ley, la 22.278 que establece que los menores de 16 años, cualquiera sea la gravedad del delito, son inopunibles. Por esto fue declarado inimputable por la jueza Alicia Ramallo [8], que fue quien  llevó el caso y la que hablo con él [9] después de haber realizado la masacre, se hizo cargo de su tutela y lo internó en un centro psiquiátrico juvenil en la localidad de San Miguel.
Su Progenitor Rafael Solich (padre) fue condenado a 45 días de prisión por negligencia al dejar el arma al alcance de un menor.

Solich estuvo sin pisar la calle hasta agosto de 2007 y después comenzó con salidas transitorias de 24, 48, 72 y 96 horas semanales. En la actualidad está más en su casa que en el sanatorio que lo trata en La Plata. En la causa judicial no consta que el joven trabaje o estudie. Los especialistas que lo han tratado su diagnóstico es trastorno de personalidad .Esto entraría en la parte de responsabilidad penal del caso


Es importante analizar los artículos que correspondan a la responsabilidad civil, para poder comprobar el cumplimiento que se le dio en este caso a la normativa actual.
El caso que trabajamos ocurrió en el año 2004 y el fallo cerro 9 meses después (en lo que tenía que ver con Solich) aunque los padres al año siguiente, le iniciaron un juicio civil al padre de “Junior” y a la Dirección de Cultura y Educación (la cual perdura hasta el día de hoy).

En relación con el tipo de sanción que corresponde, por haber una negligencia (por no hacer nada al respecto con lo que le sucedía al alumno) por parte del equipo docente y directivo, podemos decir que la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires realizo un sumario institucional, que dio como resultado la imputación de 8 personas que trabajaban en la escuela (preceptor, profesores, directora y el secretario) la cuales fueron retirados de su cargo. Esos sumarios hasta el día de hoy siguen abiertos.

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