Resumen examen de grado
Enviado por edithemely • 10 de Agosto de 2015 • Resumen • 2.531 Palabras (11 Páginas) • 609 Visitas
Con la venia del señor presidente, de los señores miembros del jurado y del público pasó a exponer mi expediente:
EXPOSICIÓN PENAL
NUMERO : 878-2005
PROCESADO : YSARBE TORIBIO, JAVIER
AGRAVIADA : JÍMENEZ ORIHUELA, MÓNICA MARIBEL
DELITO : HOMICIDIO CALIFICADO – ASESINATO
JUZGADO : 4º JUZGADO PENAL DE REOS EN CARCEL LIMA
VÍA PROCEDIMENTAL : PROCESO ORDINARIO
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HECHOS:
Fluye del atestado, se le imputa al procesado que el día 20 de Octubre del año 2002 siendo aproximadamente las diez y media de la mañana, en el interior de su domicilio, sitio en Mz. B, lote 16 A, Asociación de Vivienda “Los Sauces” en Huachipa , tuvo un altercado con su enamorada, la agraviada, Mónica Maribel Jiménez Orihuela, golpeándola hasta asfixiarla, colocándole una almohada por el lapso de 10 minutos, causándole la muerte, siendo el móvil los celos que sentía de la occisa.
DENUNCIA FISCAL: 26-10-2002
El 21-10-2002 el Atestado Policial y sus recaudos se remitieron a la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Descentralizada de Santa Anita, cuya titular de conformidad con el artículo 159º de la Constitución y los artículos 11º y 94º del Decreto Legislativo Nº 052, formalizó denuncia penal contra YSARBE TORIBIO, JAVIER, por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD HOMICIDO CALIFICADO CRUELDAD Y ALEVOSIA, en agravio DE JÍMENEZ ORIHUELA, MÓNICA MARIBEL, ilícito penal tipificado en el artículo 108º inc. 3 del Código Penal.
AUTO APERTORIO DE INSTRUCCIÓN: 26-10-2002
EL 22-10-2002, Luego de formalizada la denuncia, el Juez Penal de Turno de Lima, al verificar la concurrencia de los requisitos de procesabilidad del artículo 77º del Código de Procedimientos Penales, dispuso abrir instrucción en la vía del proceso ordinario contra YSARBE TORIBIO JAVIER, por la presunta comisión del delito Contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD HOMICIDO CALIFICADO CRUELDAD Y ALEVOSIA, en agravio DE JÍMENEZ ORIHUELA, MÓNICA MARIBEL y dictó contra el presunto autor el mandato de Mandato de Detención y ordena que se realice las siguientes diligencias: recabe la declaración instructiva del inculpado, se recaben los antecedentes penales y judiciales del inculpado, la declaración preventiva del familiar más cercano de la agraviada, , etc.
El 31 de Octubre se avoca al conocimiento de la causa el Juez del 4º Juzgado Penal de Lima, y ordena que se lleve a cabo las diligencias solicitadas en el auto apertura de instrucción
El 23 de abril del 2003, el Juez del 4º Juzgado Penal de Lima ordena remitir al Ministerio Público el presente escrito a fin de que se pronuncie de acuerdo a sus atribuciones.
El 07 de mayo del 2003, el Fiscal Provincial Penal solicita un plazo ampliatorio de 10 días a efectos de llevarse a cabo las siguientes diligencias:
1) la declaración del pariente más cercano, debiendo acreditar su entroncamiento con la occisa,
2) Se reciba la declaración testimonial de Carlos Venegas, conforme lo ordeno su despacho,
3) SE realice la reconstrucción de los hechos,
4) Se solicite se recabe el resultado de los exámenes ectoscopico, biológico, físico- químico, practicadas en las prendas del encausado.
El 19 de mayo del 2003, el Juez del 4º Juzgado Penal de Lima concede la ampliación por 10 días y ordena que se lleve a cabo las diligencias solicitadas.
Vencido el plazo ampliatorio de 10 días, el 30 de junio del 2003, el Juez del 4º Juzgado Penal de Lima mediante vista fiscal remite al Ministerio publico para su dictamen final.
DICTAMEN FINAL Y EL INFORME FINAL:
Concluida la etapa de la Instrucción, El 2 de julio del 2003, el Fiscal Provincial Penal emite su dictamen final.
Devueltos los autos, el 4 de julio del 2003, el Juez del 4º Juzgado Penal de Lima recibe el dictamen del fiscal provincial penal y ordena que se deje en el despacho para emitir su informe final.
El 7 de julio del 2003, el juez penal emite su informe final.
El 7 de julio del 2003, el juez ordena que se ponga de conocimiento de las partes el dictamen fiscal y el informe final del juez para que formulen sus alegatos las partes por el término de 3 días.
El 22 de julio del 2003, remite el expediente con el dictamen del fiscal y el informe final del juez a la Sala Superior Penal.
ETAPA INTERMEDIA:
El 24 de julio del 2003, la Sala Superior Penal mediante Vista Superior remite lo actuado al Fiscal Superior para que emita su acusación.
El 13 de Agosto del 2003, el titular de la Setima Fiscalía Penal Superior Penal de Lima FORMULA ACUSACIÓN SUSTANCIAL CONTRA JAVIER YSARBE TORIBIO como autor del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado (Artículo 108° inciso 3 del Código Penal), en perjuicio de Mónica Maribel Jiménez Orihuela, y solicita se le imponga VEINTE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD y el pago de DIEZ MIL NUEVOS SOLES por concepto de reparación civil a favor del pariente más cercano de la víctima.
AUTO DE ENJUCIAMIENTO: El 27 de Setiembre del 2003,
Devuelto el expediente de la Novena Fiscalía Penal de la Corte Superior de Lima, El 19 de agosto del 2003, La Primera Sala Especializada en lo Penal para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, declara HABER MERITO para pasar a JUlCIO ORAL contra JAVIER YSARBE TORIBIO como autor del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado (Artículo 108° inciso 3 del Código Penal), en perjuicio de Mónica Maribel Jiménez Orihuela, señalaron audiencia para el día martes 30 de setiembre del año en curso a las 10:15 de la mañana.
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