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Régimen De Convivencia


Enviado por   •  26 de Agosto de 2013  •  362 Palabras (2 Páginas)  •  482 Visitas

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Separaciones

Pacto de convivencia familiar

Es el acuerdo alcanzado de las siguientes materias cuando se trata de separaciones/divorcios con descendencia menor de 18 años.

Entra a valorar los siguientes aspectos:

El régimen de convivencia y/o de relaciones con los hijos e hijas menores para garantizar su contacto con ambos progenitores.

El régimen mínimo de relación de los hijos e hijas con sus hermanos y hermanas, abuelos y abuelas, y otros parientes y personas allegadas, sin perjuicio del derecho de éstos a ejercer tal relación.

El destino de la vivienda y el ajuar familiar, en su caso, así como de otras viviendas familiares que, perteneciendo a uno u otro progenitor, hayan sido utilizadas en el ámbito familiar.

La cuantía y el modo de satisfacer los gastos de los hijos e hijas.

Convenio Regulador

Cuando la disolución se produce en parejas sin descendencia o con hijos mayores de edad, la legislación aplicable es nuestro código civil y por tanto la terminología aplicable al futuro pacto de convivencia es la del antiguo convenio regulador.

El mismo es un contrato suscrito de mutuo acuerdo por los cónyuges en el que ambos pactan sus relaciones tanto económicas como respecto a los hijos en los casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

El convenio, normalmente redactado por un abogado, ha de recoger los siguientes aspectos:

A qué progenitor se atribuye la patria potestad (generalmente continúa siendo compartida por ambos salvo en casos excepcionales de malos tratos o agresiones sexuales a los menores).

Con cuál de los progenitores se quedan los hijos (guardia y custodia)

El régimen de visitas y comunicaciones que podrá disfrutar el progenitor al que no se le haya atribuido la guardia y custodia.

La cantidad que el anterior debe satisfacer para el mantenimiento de los hijos pensión de alimentos.

La cantidad que uno de los cónyuges ha de satisfacer al otro por el desequilibrio económico que se deriva de la separación, divorcio o nulidad matrimonial, esto es, pensión compensatoria.

A qué cónyuge se atribuye el uso de la vivienda familiar, generalmente se concederá el uso a los hijos y al progenitor que tenga su guardia y custodia.

La cantidad con la que cada cónyuge debe contribuir a las cargas del matrimonio y, si procede, la litis expensas, esto es, los gastos del pleito.

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