SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
Enviado por zstefii • 14 de Noviembre de 2013 • 1.954 Palabras (8 Páginas) • 567 Visitas
SAR
CONSAR
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
Es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuya labor es regular el Sistema de Ahorro para el Retiro
Está constituido por las cuentas individuales, propiedad de los trabajadores y estas cuentas acumulan las aportaciones que realizan trabajador, patrón y gobierno, y son administradas por las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFOREs) para ser entregadas a los trabajadores al momento de su retiro.
SAR
Prestación de seguridad que tiene como objetivo principal formar un mecanismo de ahorro a largo plazo y de aseguramiento para el trabajador, en caso de retiro, incapacidad, desempleo o muerte, sustentado en una base financiera sólida
ANTECEDENTES
1992.
Se creó el Sistema de Ahorro para el Retiro para otorgar un ingreso complementario de la pensión para:
• Trabajadores del sector privado afiliados al IMSS
• Trabajadores al servicio del Estado afiliados al ISSSTE
1994.
Creación de CONSAR Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
1997
• Nueva Ley del Seguro Social
• Entró en operación el nuevo sistema de pensiones de contribuciones definidas y financieramente sostenible en el largo plazo:
Aportaciones a la cuenta individual tripartitas.
Pensión mínima garantizada a cargo del Gobierno Federal.
Cuenta individual a nombre del trabajador, por lo que el ahorro para el retiro es patrimonio del trabajador y su familia.
2007
Se publicó la Nueva Ley del ISSSTE, siendo sus principales características:
• Se homologan los seguros con los que actualmente tiene el IMSS
• Los trabajadores activos al momento de la reforma recibieron un bono de reconocimiento de antigüedad para migrar al sistema de cuentas individuales
• Se establece un esquema de Ahorro Solidario
• Se constituye el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, como órgano desconcentrado del ISSSTE, denominado PENSIONISSSTE
PRINCIPALES RETOS DEL SAR
Fortalecer las capacidades de análisis a las AFORES: esto para incrementar la capacidad de análisis, evaluación de riesgos y control interno.
Incrementar los niveles de servicio de las AFORES: para garantizar el nivel de servicio busca una mejora en la satisfacción de los trabajadores.
Fortalecer las acciones de educación financiera para el retiro: se fomenta la educación financiera con el fin de que los trabajadores desarrollen habilidades y actitudes que les permitan tomar decisiones personales y sociales de carácter económico en su vida cotidiana, además de poder utilizar productos y servicios financieros para mejorar su calidad de vida con certeza.
Para el logro de su objetivo se estableció una política activa de atención a los trabajadores mediante:
Sistema de Supervisión y Atención a Trabajadores (SISAT): Significa una nueva óptica en la atención a trabajadores dentro del Sistema de Ahorro para el Retiro, al eficientar significativamente los tiempos en los trámites para obtener la pensión, esta permite:
• ENVIAR los casos que lleguen a CONSAR a la AFORE para responsabilizarla como VENTANILLA DE ATENCIÓN al trabajador.
• OPTIMIZAR el servicio brindado por las AFORES.
• INCENTIVAR que los trámites dentro del SAR sean debidamente atendidos por las AFORES.
• DESINCENTIVAR que los trabajadores sean remitidos a CONSAR, CONDUSEF y otras autoridades.
APORTACIONES PARA SUBCUENTA DE RETIRO, CESANTÍA Y VEJEZ (RCV).
En esta subcuenta se depositan las aportaciones tripartitas, es decir:
las que realizan tu patrón, el gobierno federal y el trabajador.
Las aportaciones son bimestrales y se realizan en la siguiente proporción
por cada día cotizado en el IMSS:
Patrón: el 2% de tu salario base de cotización para retiro y 3.15%
de tu salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez, esto es el equivalente al 6.5% de su Salario Base de Cotización ante el IMSS.
Gobierno: 0.225% del salario base de cotización por cesantía
en edad avanzada y vejez.
Trabajador: 1.125% sobre el salario base de cotización.
Cuota Social: El Gobierno Federal aporta una cuota social que depende del rango de salarios mínimos que recibe como trabajador, para trabajadores que ganen más de 15 Salarios Mínimos no hay cuota social.
RETIRO DEL FONDO
Solamente podrás hacerlo en los siguientes casos:
Por desempleo. Podrás retirar lo que resulte menor entre 75 días de salario base de cotización y el 10% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV) a partir del día 46 en que quedaste sin empleo. Este retiro sólo podrás ejercerlo una vez cada cinco años. Para tramitarlo deberás acudir al IMSS y solicitar la constancia de baja; posteriormente acudir a la AFORE para que concluyas el trámite.
Por matrimonio. Tendrás derecho a retirar 30 días de salario mínimo vigente en el DF, siempre y cuando tengas acreditadas un mínimo de 150 semanas de cotización en la subcuenta de RCV a la fecha de celebración del matrimonio.
Para ello, deberás solicitar al IMSS la resolución de ayuda para gastos de matrimonio y posteriormente acudir ante la AFORE para solicitar el retiro.
Retiro total o pensión. En caso de que cumpla con los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, podrá acudir al Instituto o a su Afore, a iniciar el trámite para la obtención de su pensión. Cabe destacar que en cuanto a los beneficios, coexisten dos regímenes de pensiones. Uno es el régimen 1973, que corresponde a los trabajadores que empezaron a cotizar al IMSS antes del 1º de julio de 1997. El otro es el régimen 1997, que aplica a quienes iniciaron su cotización a partir de esa fecha. A los trabajadores aún activos que han cotizado desde antes de la reforma, se les denomina trabajadores “en transición”.
Para obtener su pensión los trabajadores bajo el régimen de 1973 deben haber cotizado mínimo 500 semanas, mientras que los trabajadores bajo el régimen de 1997 requieren como mínimo 1,250 semana de cotización.
TRAMITE PARA EL RETIRO
Retiro por desempleo. Debe acudir a la Subdelegación Administrativa del IMSS que le corresponde y solicitar la Certificación de baja por desempleo (se la proporcionarán a partir del día 46 de haber dejado de trabajar). Una vez que la obtenga, llévela a su
...