SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Enviado por sandracastillo04 • 20 de Marzo de 2014 • 460 Palabras (2 Páginas) • 232 Visitas
TALLER
1. Quienes son afiliados obligatorios e independientes al sistema general de riesgos laborales?
• Son afilados obligatorios:
o Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros vinculados mediante contrato de trabajo verbal o escrito.
o Los trabajadores públicos vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades públicas o privadas.
o Las cooperativas y precooperativas.
o Los pensionados que vuelvan a laborar como trabajadores dependientes o como servidores públicos.
o Los estudiantes que se encuentren haciendo prácticas para la culminación de sus estudios y les represente un riesgo ocupacional o que ejecuten trabajos generando ingresos para la institución.
o Los trabajadores independientes que realicen actividades de alto riesgo.
o Los miembros de las agremiaciones que generen ingresos a la institución por medio de su trabajo.
o Los miembros activo del subsistema nacional como (bomberos, la cruz roja, la defensa civil, entre otros).
• Son afiliados independientes:
o Los trabajadores independientes e informales podrán cotizar al sistema siempre y cuando coticen al régimen contributivo de salud.
2. Cuáles son las prestaciones asistenciales?
• Aquel trabajador que tenga un accidente o enfermedad profesional tendrá derecho a:
o Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
o Servicios de hospitalización y de odontología.
o Suministro de medicamentos.
o Auxiliares de diagnostico y tratamiento
o Prótesis y ortesis, en casos de deterioro está en la obligación de su reparación o reposición.
o Rehabilitaciones físicas y profesionales
o Los gastos generados por traslado para la prestación de estos servicios.
3. Diferencias entre base de cotización y monto de cotización de la ley 1562 de 2012
BASE DE COTIZACION MONTO DE COTIZACION
Accidentes de Trabajo:
Se promedia el IBC de los 6 meses anteriores a la ocurrencia del accidente o la fracción de meses si es inferior al IBC.
El monto de las cotizaciones
no podrá ser inferior al 0,348% ni mayor al 8.7% del ingreso base de cotización
Enfermedad Laboral:
Se promedia el último año o la fracción de año del IBC desde la fecha anterior en que se califico el origen de la enfermedad laboral.
El pago de las prestaciones económicas de las ARL deben indexarse con base en el IPC (Índice de Precios del Consumidor) El ministerio de trabajo en coordinación con el
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