SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES
Enviado por lluna17 • 20 de Junio de 2014 • 2.040 Palabras (9 Páginas) • 1.035 Visitas
INDICE
Introducción 3
Objetivos 4
¿Qué son las Sociedades y Asociaciones Civiles? 5
Sociedades Civiles 7
Características de las Sociedad Civil 7
Constitución de la Sociedad Civil 8
Aspecto Contable y Legal 8
Administración de la Sociedad 9
Disolución y Liquidación de la Sociedad Civil 10
Asociaciones Civiles 11
Características de la Asociación Civil 11
Constitución de la Asociación Civil 12
Aspecto Contable y Legal 12
Principales Obligaciones 13
Conclusión 15
Bibliografía 16
INTRODUCCIÓN
Dentro de las sociedades mercantiles podemos observar los diferentes tipos de sociedades que existente en la LGSM entre ellos encontramos las sociedades y asociaciones civiles, trataremos de analizar y reflexionar este tema el cual es muy importante para nuestra carrera.
Las Sociedades y Asociaciones Civiles son entes económicos independientes que persiguen un fin común lícito preponderantemente económico o no económico.
Son sujetos de derechos y obligaciones, y por lo tanto, tienen una personalidad jurídica diferente a la de sus socios.
Las Sociedades y Asociaciones Civiles ejercitan sus derechos y contraen obligaciones a través de sus representantes.
OBJETIVOS
En esta unidad contabilidad de sociedades los objetivos que se persiguen es que los alumnos:
1. Identifiquen las principales diferencias entre una Sociedad y Asociación Civil.
2. Conozca sus Principales características.
3. Identifique cuales son las responsabilidades de los integrantes de cada una de éstas formas jurídicas
¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES?
SOCIEDAD CIVIL
Es aquella en la que los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico pero que no constituye una operación comercial, deberán tener como mínimo dos socios y no tiene aportación social mínima pero la inclusión o exclusión de nuevos socios deberá ser aprobada por unanimidad de los socios vigentes. Esta sociedad la regula el Código Civil.
ASOCIACION CIVIL
Es aquella en la que las personas se asocian para realizar un fin común que no tenga carácter preponderantemente económico, deben tener como mínimo dos socios ya sean personas físicas o morales y no tiene tampoco aportación social mínima exigible, para poder incluir o excluir nuevos socios deberá contarse con la anuencia de la mayoría.
DIFERENCIAS ENTRE SOCIEDADES Y ASOCIACIONES CIVILES
La diferencia entre Sociedades Civiles y Asociaciones Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las segundas realizan un fin común lícito preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.
ORGANIZACIÓN DE LAS SOCIEDADES
Las A.C. como las S.C. cuentan con:
Asamblea general de Asociados.- Órgano Supremo
Consejo de Administración .- Órgano Representativo
Consejo de Vigilancia.- Órgano de Control
OPERACIÓN
Las Asociaciones y Sociedades civiles necesitan de un patrimonio e ingresos propios para cumplir con sus fines. Sus percepciones proceden de cuotas y en algunos casos de donativos.
CUOTAS
Son aportaciones en efectivo que se comprometen a cubrir los asociados en forma periódica al pertenecer a una Asociación. Pueden ser ÚNICAS, PERIÓDICAS Y EXTRAORDINARIAS.
DONATIVOS
Son aportaciones de sus mismos socios o de extraños a la Asociación, ya sea en forma de bienes, derechos o efectivo.
CONTROL DE CUOTAS
Se usarán recibos impresos y foliados
Llevarán impresa la Cédula de Identificación Fiscal
Debe indicar el destino o fin específico de la cuota
Deben entregarse firmados y sellados
SOCIEDAD CIVIL
CARACTERISTICAS DE LAS SOCIEDAD CIVIL
Entre sus características se encuentra que deben ser:
Contrato bilateral o plurilateral.
Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.
Contrato oneroso.
En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.
Contrato formal.
Supuesto que el contrato de sociedad civil deba formularse ante notario público.
Puede haber dos tipos de socios: socios capitalistas y socios industriales.
El capital está formado por las aportaciones de los socios, tanto en dinero como en bienes o industria.
No existe capital mínimo legal para su constitución.
El número mínimo de socios será de dos.
La responsabilidad de los socios es ilimitada.
Podrá tener o no personalidad jurídica propia en función de que sus pactos sean públicos o secretos.
Cuando los pactos sean secretos se regirán por las disposiciones relativas la Comunidad de Bienes.
Pueden revestir todas las formas reconocidas por el Código de Comercio, según el objeto a que se destinen.
CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD:
Para proceder a la Constitución de una Sociedad Civil Según el Código civil:
Que haya dos socios como mínimo.
Que el objeto social sea lícito.
Que se exhiba la aportación de los socios en dinero, trabajo o bienes que implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que se pacte otra cosa.
Contrato
El contrato deberá contener los siguientes datos:
Nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse
Razón social
Objeto de la sociedad
Importe del capital social y aportación con que cada socio debe contribuir
ASPECTOS CONTABLE Y LEGAL
Para entender el entorno contable de la Sociedad Civil, tenemos que entender que su actividad está regulada por el Código Civil, o sea, es una actividad civil (prestación de servicios profesionales y arrendamiento, entre los principales).
Para efectos contables, existen algunas diferencias de conceptos y presentación, hablemos de los principales:
Sociedad Civil tiene Patrimonio
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