SUICIDIO
Enviado por Maiza • 9 de Octubre de 2014 • Informe • 553 Palabras (3 Páginas) • 242 Visitas
Teniendo en consideración que el suicidio es el acto de quitarse deliberadamente la propia vida a través de actos voluntarios y violentos. Sin embargo, pesar que el suicidio atenta directamente contra la vida de una persona, esta acción no está considerada como un hecho punible dentro de la legislación venezolana.
En tal sentido Artículo 1 del Código Penal Venezolano contempla que: “Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente.
Los hechos punibles se dividen en delitos y faltas.
Si bien es cierto que la legislación venezolana en materia penal solo sanciona aquello caso que están contemplado dentro de la norma. El suicido por ser un acto voluntario no está tipificado como un delito contra la persona. Debido a que se extingue la acción penal con la muerte del agente. Salvo en los casos donde existe inducción y ayuda para que se ejecute el suicido.
Si bien el suicidio fue castigado en la antigüedad de diversas formas, al igual que su tentativa, en la actualidad constituye una conducta impune, no sólo su comisión, sino, también, su tentativa; sin embargo no resulta impune la conducta de quien determine o ayude a alguien a suicidarse.
Al respecto el artículo 412 del Código Penal Venezolano establece: “el que hubiere inducido a un individuo a que se suicide o con tal fin lo haya ayudado. Sera castigado, si el suicidio se consuma con presidio de siete a diez año.” Es evidente de acuerdo a nuestra legislación venezolana que este tipo de acto se sancionara si se comprueba la participación de un tercero que motive a la victima a consumar un homicidio en contra de su propia vida.
Lo antes citado, establece claramente que en los casos de suicidio, donde exista inducción por parte de tercero que incite de forma directa a una persona para que se suicide, incurre en un delito de inducción al suicidio para que una persona atente contra su vida y se logra consumar el hecho será sancionado con la pena de presidio que establece la ley.
Si no ubicamos dentro del derecho comparado El suicidio está contemplado en el código penal de argentina en el artículo 83 de delitos contra la vida, que dice que será reprimido con prisión de 1 a 4 años al que INSTIGARE A OTRO AL SUICIDIO o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese intentado o consumado. Lo que pena el código es la instigación.
Si bien es cierto que ambos código existe la sanción o pena del suicidio en el caso venezolano se sanciona si se consuma, sin embargo en el caso argentino se sanciona ambas acciones al intento de suicidio y la ejecución del acto consumado.
CLASIFICACION DEL SUICIDIO SEGUN VOLUNTARIEDAD:
Suicidio voluntario: sujeto con intención y voluntad de suicidarse, con premeditación del hecho (acto suicida).
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