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Saneamiento De Titulos De Bienes Inmuebles Segun La Ley 1182


Enviado por   •  13 de Abril de 2013  •  413 Palabras (2 Páginas)  •  671 Visitas

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Saneamiento de títulos

En Colombia existe un gran porcentaje de bienes que se estan teniendo y explotando mediante una relación posesoria material, estos bienes son poseídos por personas que creen tener el derecho de propiedad sobre un bien, cuando la realidad jurídica es distinta.

Ante los gravísimos efectos que esta situación puede tener en los ciudadanos, se han promulgado leyes que brindan a estas situaciones de hecho las seguridades jurídicas que reclaman y le brindan una solución eficaz y rápida a quienes actualmente se encuentran en estas circunstancias.

Los títulos con falsa tradición, no transfieren propiedad, impidiendo a quien los adquiere efectuar en el caso de bienes inmuebles, actos de señor y dueño en los términos del artículo 669 del Código Civil, tales como, gravarlo con hipoteca, darlo en prenda general de acreedores, limitarlo con servidumbres, usufructos, someterlo al régimen de propiedad horizontal etc., y constituyen en el lenguaje de Hernando de Soto, propiedades muertas.

LEAD cuenta con profesionales especializados en el Saneamiento de Títulos mediante un proceso especial establecido por la ley 1182 de 2008, dirigido a aquellos títulos que conllevan una falsa tradición de aquellos bienes inmuebles cuyas dimensiones no excedan de 10 hectáreas en el sector rural o de media hectárea en el sector Urbano; siempre que la falsa tradición no sea producto de violencia, usurpación, desplazamiento forzado, engaño o testaferrato o que no estén destinados a cultivos ilícitos o adquiridos como resultado de dicha actividad.

Tenga en cuenta que si su inmueble tiene un titulo registrado cuya inscripción corresponde a la falsa tradición (situación que puede ser verificable con el certificado de tradición y libertad, sexta columna) usted podrá tener problemas en el momento de realizar cualquier negocio jurídico con su bien inmueble.

LEAD cuenta con profesionales especializados en el Saneamiento de Títulos mediante un proceso especial establecido por la ley 1182 de 2008, dirigido a aquellos títulos que conllevan una falsa tradición de aquellos bienes inmuebles cuyas dimensiones no excedan de 10 hectáreas en el sector rural o de media hectárea en el sector Urbano; siempre que la falsa tradición no sea producto de violencia, usurpación, desplazamiento forzado, engaño o testaferrato o que no estén destinados a cultivos ilícitos o adquiridos como resultado de dicha actividad.

Tenga en cuenta que si su inmueble tiene un titulo registrado cuya inscripción corresponde a la falsa tradición (situación que puede ser verificable con el certificado de tradición y libertad, sexta columna) usted podrá tener problemas en el momento de realizar cualquier negocio jurídico con su bien inmueble.

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