Santander
Enviado por ivan180 • 5 de Noviembre de 2014 • 446 Palabras (2 Páginas) • 155 Visitas
Cartas de Crédito
Según el compromiso del Banco Emisor:
Cartas de Crédito Irrevocables
Las UCP 600 señalan que las Cartas de Crédito son siempre irrevocables (incluso aunque no sea mencionado). Esto quiere decir que las Cartas de Crédito no pueden ser anuladas ni modificadas en ningún caso, si no es de conformidad de todas las partes interesadas (no sólo del ordenante y Beneficiario, sino también de los Bancos Emisor y Avisador / Confirmador.
Cartas de Crédito Confirmadas
El Banco Emisor solicita del Banco Corresponsal que añada su Confirmación, es decir, que incluya su compromiso de pago que aquel tiene ante el Beneficiario. Con este tipo de s Cartas de Crédito se incrementa la seguridad del Beneficiario al desaparecer, con carácter general el riesgo país.
Cartas de Crédito Notificadas
Son aquellas en las que el Banco Corresponsal no añade su compromiso de pago al del Banco Emisor, limitando su papel al de avisar al beneficiario de las condiciones de utilización de la Carta de Crédito.
Según la forma de Utilización:
Pago
Cartas de Crédito a la Vista El pago se produce a la presentación de los documentos requeridos y conformes.
Cartas de Crédito a Plazo El pago se produce en un plazo determinado a contar desde una fecha estipulada.
Aceptación
El Banco se compromete a aceptar los efectos girados a su cargo o a cargo del Ordenante, en esta modalidad es necesaria la presentación de una letra de cambio.
Pago Diferido
El Banco se compromete a efectuar los pagos en los plazos establecidos siempre y cuando la presentación de la documentación sea conforme.
Otros tipos de Carta de Crédito
Carta de Crédito Transferible Son aquellos que permiten al beneficiario dar instrucciones al Banco Avisador-Confirmador, para transferir parcial o totalmente la Carta de Crédito a favor de un tercero o de terceros, los cuales reciben el nombre de segundos Beneficiarios, normalmente por un importe menor y menor plazo.
Cartas de Crédito No Transferibles Son aquellas que no expresan la facultad de "Transferibles"
Cartas de Crédito con Cláusula Roja Son las que autorizan al Banco obligado a efectuar el pago, a realizar anticipos al Beneficiario, con objeto de que este vaya adquiriendo las mercancías o materias primas para la fabricación de las mercancías objeto de la Carta de Crédito
Cartas de Crédito con Cláusula Verde Similares a las de Cláusula Roja pero se exigen mayores requisitos para efectuar los anticipos.
Cartas de Créditos Standby Modalidad que sirve para garantizar el cumplimiento de una obligación contraída por el ordenante a favor del beneficiario, derivada como consecuencia de reembolsos de
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