Seguridad Social
Enviado por lecemo • 7 de Marzo de 2012 • 2.166 Palabras (9 Páginas) • 351 Visitas
1.- APARTE DE LOS SERVICIOS MÉDICOS QUE OTROS SERVICIOS PRESTA EL IMSS
El IMSS ofrece diferentes servicios a los que podrá tener acceso el asegurado:
Servicio de Guarderías.
Centros vacacionales del IMSS.
Servicios en línea.
Servicios para Mexicanos que radican en el extranjero.
Tiendas IMSS.
Contratación de Velatorios del IMSS.
2.- EXPLICA LOS REGÍMENES
De acuerdo al artículo 6 de la LSS existen dos tipos de regímenes: Obligatorio y Voluntario.
Régimen obligatorio:
El Art. 11 nos dice: El régimen obligatorio comprende los seguros de:
I. Riesgos de trabajo;
II. Enfermedades y maternidad;
III. Invalidez y vida;
IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y
V. Guarderías y prestaciones sociales.
Art. 12: Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
II. Los socios de sociedades cooperativas, y
III. Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes
Obligaciones de los patrones:
Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, en un plazo no mayor de cinco días hábiles.
Llevar registros, nóminas y listas de raya y conservarlos por cinco años siguientes al de su fecha.
Determinar las cuotas obrero patronal a su cargo y enterar su importe al Instituto;
Comprobar la naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo (LSS).
Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el IMSS.
Tratándose de patrones construcción, expedir a cada trabajador constancia de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.
Deberán cubrir las cuotas obrero patronal
Prestaciones:
Por R.T.
En dinero: Tendrá derecho al 100% de su salario cotizado y de ya no poder laborar gozará de una pensión vitalicia o parcial y en caso muerte los beneficiarios legales tendrán derecho a una pensión económica y gastos funerarios.
En especie: asistencia medica, quirúrgica, farmacéutica, servicios de hospitalización, aparatos, rehabilitación, etc.
Por Enfermedades.
Prestaciones en especie: al trabajador como a sus beneficiarios legales.- asistencia medico quirúrgica necesaria y medicamentos.
En dinero: el 60% de su salario cotizado.
Maternidad: asistencia obstétrica, ayuda en especie seis meses para lactancia, una canastilla al nacer el hijo.
En dinero: 100% de su salario cotizado que recibirá 42 días antes y 42 días posteriores al parto.
Invalidez: tiene derecho a Pensión temporal o definitiva.
Vida: pensión por viudez (90% de la pensión que le hubiera correspondido por invalidez), por orfandad (a los menores de 16 años y a los de 16 a 25 en caso de que se encontraran estudiando, 20% de lo que le hubiera correspondido por invalidez), pensión a ascendientes (en caso de no existir beneficiarios directos se les dará ese 20% a sus ascendientes que hubieran dependido de él), ayuda asistencial y medica para todos los beneficiarios legales.nto de velatorios, etc.
Régimen Voluntario
En el Art. 240 de la Ley del Seguro Social nos refiere que: Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo.
Incorporación voluntaria:
Este se efectúa por medio de un convenio con las modalidades del artículo 222 LSS. Se puede establecer un esquema de aseguramiento comprendiendo únicamente las prestaciones en especie de los seguros de R.T. y Enfermedades y Maternidad, siempre que las entidades públicas tengan establecido un sistema de pensiones para sus trabajadores.
Continuación voluntaria:
El asegurado con un mínimo de 52 semanas cotizadas en el régimen obligatorio “puede continuar voluntariamente con su seguro”: Este derecho se pierde si no se ejercita dentro de un plazo de 5 años a partir de la baja.
Prestaciones: Las mismas que en el régimen obligatorio, solo no acumulas Fondo para el Ahorro, RCV e INFONAVIT.
Régimen Facultativo
Comprenden la contratación de seguridad social a personas que no están obligadas forzosamente a esa inscripción.
Prestaciones:
En especie: asistencia medico quirúrgica y medicamentos necesarios.
Sujetos de aseguramiento:
Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados.
Los trabajadores domésticos;
Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios
Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio.
Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades
Federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos.
Régimen Adicional
Cuando el I.M.S.S. acepta otorgar prestaciones económicas, estas son pactadas en contratos colectivos y a su vez que corresponden al patrón.
Prestaciones En especie son: asistencia medico quirúrgica y los medicamentos necesarios
3.- QUE ES LA COTIZACIÓN
Art. 27 de la Ley del Seguro Social
El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:
I. Los instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa y otros similares;
II. El ahorro, cuando se integre por un depósito
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