Sentencia
Enviado por jonijumper • 14 de Enero de 2014 • 1.975 Palabras (8 Páginas) • 251 Visitas
EXPEDIENTE: 664/2012.
NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA DEFINITIVA.- PACHUCA DE
SOTO, ESTADO DE HIDALGO, A
06 SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE.-- - - - - - - - - - - - - -
- - - - V I S T O S para resolver en
definitiva los autos del Juicio de
NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO,
promovido por ***** en contra del
C. OFICIAL DEL REGISTRO DEL ES
TADO FAMILIAR
DE PACHUCA,
HIDALGO, expediente numero 664/2012, y;- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - -- - - -- - - - -- - - -
R E S U L T A N D O S
- - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - 1.- Mediante escrito de fecha 18 dieciocho de Junio de 2012
dos mil doce, compareció ante el
H. Juzgado Segundo de lo Familiar
de este Distrito Judicial, la C.
*****, demandando en la vía Escrita
Familiar del C. OFICIAL DEL REGI
STRO DEL ESTADO FAMILIAR DE
PACHUCA, HIDALGO, las prestaciones que cita en el referido ocurso,
fundándose en los hechos y consideraciones de derecho que hizo
mención, para lo cual anexó document
os base de su acción.- - - - - -
- - - - 2.- Por auto de fecha 19 diecinueve de Junio de 2012 dos mil
doce, se registró y formó expediente,
se admitió lo solicitado en la vía
y forma propuesta, ordenándose em
plazar y correr traslado en el
término de Ley, diligencia que se llevó a cabo el día 10 diez de Julio
del año 2012 dos mil doce.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - 3.- Por auto de fecha 30 treinta de Agosto de 2012 dos mil doce,
se tuvo a la parte actora acusando la rebeldía en que incurrió la
parte demandada al no haber dado contestación a la demanda
entablada en su contra, por lo que se declaro cerrada la litis y se
dicto auto admisorio de pruebas,
y por auto de fecha 25 veinticinco
de Octubre de 2012 dos mil doce se abre el periodo de alegatos
concediéndoles el termino a las pa
rtes para formular alegatos, y
finalmente por auto de fecha 20
veinte de Noviembre de 2012 dos
mil doce, se ordenó dictar la sent
encia definitiva, misma que hoy se
pronuncia en base a los siguientes: - - - - -
- - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
C O N S I D E R A N D O S
- - - - - - - - - - - - - - -
- - - - I.- Con fundamento en lo es
tablecido por los artículos 26 y 27
fracción I, del Código de Proced
imientos Familiares Vigente en el
Estado, la suscrita Juez es competente para conocer y resolver el
presente juicio. - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - II.- Ha procedido la vía Es
crita Familiar, en términos de lo
dispuesto por los artículos 246 y 43
5 del Código de Procedimientos
Familiares Vigente en el Estado. - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - III.- Que atento a lo establ
ecido por el articulo 128 del Código
de Procedimientos Familiares que a la letra dice: “El que afirma esta
obligado a probar. En consecuencia
el actor debe probar su acción
y el reo sus excepciones”; se procede a realizar el estudio
correspondiente. En efecto *****, demanda en la Vía Escrita Familiar
de los C. OFICIAL DEL REGISTRO DE
L ESTADO FAMILIAR
DE PACHUCA,
HIDALGO, las siguientes prestaci
ones: “ A).- La nulidad de la
inscripción del registro del acta de
nacimiento número ****, libro *****,
foja *****, con fecha de registro *****, por haberlo realizado mi
bisabuela de nombre ***** quien care
cía de capacidad jurídica para
hacerlo..., B) Con fecha *****, comp
areció mi bisabuela de nombre
***** ante el Presidente Municipal Y Juez del ESTADO civil, ahora
conocido como Oficial del Registro del Estado Familiar con la
finalidad de registrarme, lo cual
se realizo, quedando como fecha de
nacimiento el día ****. C) Con fe
cha 18 dieciocho de Mayo de 1962
mil novecientos sesenta y dos se presentaron en la Oficina del Oficial
del Registro del Estado Familiar mis padres de nombre ***** a
registrarme como su hija, registro
que se realizo, asentando en la
misma que nací el ***** - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - Ahora bien, para acreditar
primeramente el derecho que tiene
la parte actora para ejercitar su
acción, se tiene que esta exhibe
como documentos fundatorios de su acción, exhibe copia
certificada del acta de nacimiento que consta en el libro número
****, a foja ****, acta *****, de
fecha *****, a nombre de *****,
levantada ante el C. Oficial del
Registro del Estado Familiar de
Pachuca, Hidalgo y la segunda se encuentra asentada en el libro
número *****, oficialia *****, acta
número *****, foja *****, de fecha
***** levantada ante el C. Oficial de
l Registro del Estado Familiar de
Pachuca, Hidalgo, a nombre de *****, que obran a fojas 03 y 04 de
autos; Documentales que por ser públicos tiene valor legal en
términos de los artículos 155 fracción IV y 212 del Código de
Procedimientos Familiares Vigente en el
Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - -
...