Sociedades Mercantiles
Enviado por plilor • 29 de Noviembre de 2011 • 1.544 Palabras (7 Páginas) • 464 Visitas
Concepto
Es una Sociedad Mercantil Personalista, con razón social y Capital Social representado por partes sociales nominativas; suscritas por uno o más socios comanditados, que responden de las obligaciones sociales de una manera subsidiaria, solidaria e ilimitada y de uno o más socios comanditarios, que responden hasta el monto de su aportación".
Objeto
La sociedad tendrá como objeto principal el desarrollo de las siguientes actividades:
a) La inversión en bienes inmuebles urbanos y/o rurales y la adquisición, administración, arrendamiento, gravamen o enajenación de los mismos.
b) La inversión de fondos propios, en bienes inmuebles, bonos, valores bursátiles y partes de interés en sociedades comerciales, así como la negociación de toda clase de derechos de crédito.
c) La compra, venta, distribución, importación y exportación de toda clase de mercancías, productos, materias primas y/o artículos necesarios para el sector manufacturero, de servicios, de bienes de capital, la construcción, el transporte y el comercio en general.
d) La representación y agencia-miento de firmas nacionales o extranjeras.
e) La participación, directa o como asociada en el negocio de fabricación, producción, distribución, venta de productos y/o artículos metálicos, de plástico, de papel o cartón, de vidrio o de caucho, o de sus combinaciones.
f) La explotación de la industria editora, en todas sus formas y modalidades;
g) El desarrollo de la actividad agrícola, pecuaria y forestal, en todas sus etapas, formas y modalidades.
h) La administración de derechos de crédito, títulos valores, créditos activos o pasivos, dineros, bonos, valores bursátiles, acciones y cuotas o partes de interés en sociedades comerciales de propiedad de los socios comanditarios o gestores de esta sociedad, o de terceras personas naturales o jurídicas.
En desarrollo de su objeto, la sociedad podrá asociarse con otra u otras personas naturales o jurídicas, que desarrollen el mismo o similar objeto o que se relacione directa o indirectamente con éste, en general, la sociedad puede ejecutar todo acto y celebrar todo contrato lícito, que el socio gestor(es) considere(n) conveniente para el logro del objeto social.
Denominación social
Razón Social, e1 nombre de esta especie de Sociedad estará formado con el nombre personal de:
a) Todos los socios Comanditados;
b) De alguno o algunos de los socios Comanditados más las palabras y Cía.
Si algún socio Comanditario hace o permite que su nombre figure en la Razón Social, por ese hecho se considerará jurídicamente como socio Comanditado.
Además, la Razón Social, deberá agregarse las palabras Sociedad en Comandita Simple, o bien, sus abreviaturas S. en C.S.
Responsabilidad de los socios:
Socios Comanditados, personas que suscriben las partes sociales y que además, responden de 1as obligaciones sociales, de una manera subsidiaria, solidaria e ilimitada, tal como los socios Colectivos en la Sociedad en nombre colectivo.
Socios Comanditarios, personas que suscriben las partes sociales y que además, responden de las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones, es decir, reconocen limitadamente.
Número de socios
Se considera esta sociedad a partir de uno o más socios.
Capital
Capital Social, representado por la suma de aportaciones que en dinero o especie, efectúen los socios. Desde 10,000 pesos podrá ser una aportación de capital.
Órganos de la sociedad
Al igual que en la Sociedad en Nombre Colectivo, los órganos de la Sociedad en Comandita Simple, son los siguientes:
-Órgano Supremo
-Órgano Representativo
-Órgano de Control
Órgano Supremo: Lo constituye la Asamblea o Junta de Socios. El órgano supremo puede señalar directrices a los demás órganos, sin que éstos puedan hacerla con aquél. Es aplicable lo enunciado en el punto relativo a este órgano en la Sociedad en Nombre Colectivo.
Órgano Representativo: Lo constituye el Consejo de Administración. La administración de la Sociedad en Comandita Simple, corresponde:
a) A todos los Socios Comanditados;
b) A uno o más Socios Comanditados;
c) A persona extraña; Generalmente Licenciado en Administración de Empresas.
Los Socios Comanditarios no intervienen en la Administración, de acuerdo con la Ley, la cual se basa en el siguiente principio: "A menor responsabilidad, corresponde menor intervención en la vida de la sociedad".
Es aplicable lo enunciado en este órgano, en la Sociedad en Nombre Colectivo.
Órgano de Control: El control de esta sociedad, corresponde al Consejo de Vigilancia o Interventor, según el caso. Ahora bien, el nombramiento puede recaer:
a) En todos los Socios Comanditados no administradores y todos los Socios Comanditarios.
b) En uno o más Socios Comanditados no administradores y uno o más Socios Comanditarios.
c) En una o más personas extrañas, generalmente un contador público.
El artículo 54 de la Ley General de Sociedades Mercantiles prohíbe expresamente al socio o socios comanditarios ejercer acto alguno de administración, ni aún con el carácter de apoderado de los administradores. De manera que, si ocasionalmente contravienen esta prohibición, quedarán solidariamente obligados
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