Subsidio Familiar
Enviado por level • 12 de Agosto de 2013 • 768 Palabras (4 Páginas) • 396 Visitas
ACTUALIZACION DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA
APORTES PARAFISCALES “CAJAS DE COMPENSACIÓN, SENA, ICBF”
LEVEL DE LEON DIAZ
C.C 78675847
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
2013
Teniendo en cuenta este contenido deben elaborar un cuadro donde identifique las similitudes y diferencias existentes entre los aportes parafiscales del ICBF, cajas de compensación familiar y SENA.
SUBSIDIO FAMILIAR (CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR).
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF)
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA)
El subsidio familiar administrado por las Cajas de Compensación Familiar, está regulado por la ley 21 de 1982 y decreto 3667 de 2004. Los aportes del ICBF están regulados por la ley 89 de 1988, se calculan y pagan teniendo como base de liquidación el concepto de nómina mensual de salarios establecidos en el artículo 17 de la Ley 21 de 1982. Los aportes al Sena están reglamentados por la ley 119 de 1994.
Todas las empresas deben hacer un aporte del 4% para este subsidio de su nómina. Todas las empresas deben hacer un aporte del 3% para este subsidio de su nómina. Todas las empresas deben hacer un aporte del 2% para este subsidio de su nómina.
El subsidio familiar no es gravable fiscalmente. - El incremento de los recursos, se dedicará exclusivamente a dar continuidad, desarrollo y cobertura a los Hogares Comunitarios de Bienestar de las poblaciones infantiles más vul¬nerables del país.
- Las entidades del sector público liquidarán y pagarán el aporte correspondiente al ICBF al tiempo que liquidan y pagan el subsidio familiar a los respectivos organismos, sin que medie cuenta de cobro. - Los bienes que actualmente posee y los que reciba o adquiera a cualquier título.
- Los ingresos generados en la venta de productos y servicios como resultado de acciones de formación profesional integral y desarrollo tecnológico.
- Las donaciones y contribuciones de terceros y las asignaciones por ley de bienes y re¬cursos
El subsidio familiar es inembargable salvo en los siguientes casos:
• Procesos judiciales por alimentos.
• Incumplimiento de obligaciones originadas en la adjudicación de vivienda por el Instituto de Crédito Territorial, el Banco Central Hipotecario, entre otros.
• No podrá compensarse, deducirse, ni retenerse salvo autorizaciones expresas del traba¬jador beneficiario. - El ICBF reconocerá a las cajas recaudadoras por concepto de gastos de administración, hasta medio punto porcentual (1/2%) del total de los valores recaudados.
- Los recaudos captados por las Cajas
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