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TEORIA PURA DEL DERECHO KELSEN CAPITULOS 1 A 5


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2018  •  Ensayo  •  3.174 Palabras (13 Páginas)  •  505 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN

DERECHO

MATERIA: INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO

GRUPO: 1156

ALUMNO: RODRIGUEZ MONROY ENRIQUE ALEX

REPORTE DEL LIBRO “LA TEORÍA PURA DEL DERECHO”.

CAPITULO 1: DERECHO Y LA NATURALEZA.

Dentro este primer capítulo, Kelsen hace una referencia abundante de los diferentes sentidos que puede tener una ciencia. Nos habla de la ciencia de la naturaleza (que estudia los fenómenos naturales) y la ciencia social (que en un principio plantea poder estudiar a la sociedad). Él dice que las ciencias iniciaron en la era primitiva, por lo que la primer ciencia es mejor llamada como “ciencia primitiva”, la cual estaba mayormente enfocada a estudiar al hombre en sí mismo y sus relaciones con otros seres humanos. En una primera etapa señala que la ciencia de la naturaleza, no pudo existir antes que la primitiva, puesto que la primera tiene un enfoque de causalidad, en la que de acuerdo a su nombre para toda causa existe una consecuencia, pero esto dice Kelsen, no era ciencia sino un desarrollo de la consciencia humana al estudiar la lógica de los fenómenos naturales. El autor nos comienza a hablar de que el verdadero enfoque de una ciencia será la del estudio del comportamiento humano, pues en otras palabras dice que el ser humano tuvo que aprender a convivir con otros antes de poder estudiar alguna otra cosa.

En lo personal, y de acuerdo a su primer planteamiento, no estoy a favor de que una ciencia existiera antes o después de la otra, de hecho me resulta complicado creer que el Derecho tiene un enfoque científico, pues si bien la doctrina nos señala que existe un estudio del comportamiento humano para la creación de normas jurídicas, éstas últimas al ser cambiantes en el espacio-tiempo por el variante comportamiento humano, no tendrían el fin científico de comprobar una teoría con el objetivo de postular una ley que señale que comportamiento deberá seguir el ser humano para alcanzar cada uno de sus objetivos personales, y mucho menos el postulado podría señalar los pasos a seguir para conseguir la felicidad y armonía de toda una sociedad. Y en este punto me respaldo con lo que señala Kelsen, quizá por un lado existe causalidad, pero por el otro hay imputación, que en pocas palabras es un forzamiento de la conducta humana para hacer lo que el marco normativo de un Estado, quiere que seas y hagas. Por lo tanto no existirá comprobación, se establecería a la Ciencia del Derecho, como ese conjunto de pruebas empíricas, que a lo largo de toda la existencia humana no ha logrado consolidar reglas generales para que un Estado sea eficaz, eficiente y funcional. Del otro lado tenemos a la Ciencia exacta, que con menor tiempo de estudio, a lo largo de la historia, ha consolidado diversas y abundantes leyes, que rigen el universo y nuestros días. Por ello creo que, si bien es complicado saber que ciencia ocurrió primero, existe una efectividad de la segunda (según Kelsen), que de la primera.

Como ya señalaba más arriba, la imputación como el medio por el que se recompensa, se cae en un pecado o crimen, es el elemento de la Ciencia del Derecho para lograr encausar el comportamiento del ser humano, sin está imputación el Derecho positivo no tendría sentido, pues es el medio para conseguir que el experimento de resultado y tener una probable teoría general, mas no así una ley general.

La ley de la naturaleza tiene un límite para el ser humano, este es la necesidad, por su parte la ciencia social lo tendrá en la libertad. El primer límite es debido a que por considerarse como una causalidad, el ser humano ve como algo necesario el que una pelota de goma se lance desde un edificio de 10 metros, en algún momento tendrá que bajar; es algo contra lo que no puede combatir y no puede cambiar, sin que alterara las condiciones del sistema, digamos en una cámara de gravedad cero. El segundo limite que nos refiere el autor, se centra en la libertad, puesto que la imputación contendrá alguna sanción, que se verá reflejada en vida cotidiana, y que su objetivo será cambiar el comportamiento del individuo. El ser humano puede alterar ese límite de libertad, ya sea cambiado su actuar en el tiempo-espacio determinado y así obligando al poder legislativo cambiar la ley, o bien acatando la norma para no verse agredido en su libertad.

Podemos encontrar el sentido de la teoría pura del Derecho, la cual se centra en el derecho positivo, que es el objeto de la ciencia jurídica, y cuyo objetivo es ignorar todo aquel elemento que no responda estrictamente al conocimiento dirigido hacia el derecho, es por ello que Kelsen afirma que los acontecimientos del ser humano, considerados jurídicos, tienen dos elementos: el acto perceptible y la significación jurídica, es decir, el sentido que ese acontecimiento tiene para el derecho. Para que este acontecimiento cobre vida o tenga sentido jurídico, tendrá que estar contenido en una norma, es decir, cuando el contenido de un suceso perceptible coincide con el contenido de una norma válida.

De acuerdo a nuestro autor "el derecho es una ordenación normativa del comportamiento humano, es un sistema de normas que regulan el comportamiento", por lo tanto la norma es considerada, como una dirección de conducta en un acto especifico, con la cual se ordena, permite o autoriza un comportamiento. Las normas jurídicas son preescritas por el poder legislativo, pero también pueden ser producto de la costumbre, cuando la comunidad las establece.

Las normas tienen dos características importantes la validez y la eficacia; mediante la validez decimos que una norma específica existe en el marco normativo, por otro lado, con la eficacia nos referimos a que la norma sea aplicada y acatada. Aunque la mayoría de veces, una norma jurídica adquiere su validez incluso antes de su eficacia, es decir, antes de ser aplicada y acatada por los miembros de la sociedad; el autor también señala la norma necesita un mínimo de efectividad como condición de su validez, pues cuando una norma permanece sin eficacia, es decir, que no es aplicada y en algunos casos no es obedecida, porque no tiene sentido de obligación, entonces lo que ocasionara es que por el transcurrir del tiempo dejará de ser válida. Es por este motivo que, como señala Kelsen, es necesario la determinación del tiempo y el espacio en que se producen los acontecimientos, pues estos serán pieza fundamental en el contenido de la norma, ya que la norma siempre será válida para un tiempo y espacio determinado, de allí podemos hablar de validez espacial y temporal de la norma.

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