TIENE FUNCIONES: LEGISLATIVAS, ADMINISTRATIVAS Y JURISDICCIONALES. .
Enviado por yah.100 • 15 de Febrero de 2017 • Síntesis • 2.588 Palabras (11 Páginas) • 1.583 Visitas
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ESTADO: Estructura Política creada para organizar, coordinar y dirigir las actividades del grupo social asentado en un territorio.
TIENE FUNCIONES: LEGISLATIVAS, ADMINISTRATIVAS Y JURISDICCIONALES.
Cuenta con 3 niveles de gobierno:
GOBIERNO FEDERAL: Órgano de autoridad, que ejerce jurisdicción en todo el territorio nacional, coordinando a las autoridades estatales.
GOBIERNO ESTATAL: Coordina esfuerzos y tareas de diversas autoridades municipales que funcionan en la circunscripción territorial que funcionan de una entidad federativa.
GOBIERNO MUNICIPAL: Nivel de Gobierno que atiende a las necesidades de un grupo social asentado en una circunscripción determinada.
-Órganos de gobierno-
A. LEGISLATIVO: Su principal función es la de hacer leyes.
B. EJECUTIVO: Realiza actos de gobierno que satisfagan las necesidades de la sociedad.
C. JUDICIAL: Su función es la de aplicar la ley a casos concretos.
Administración pública: Órganos dependientes del poder ejecutivo que se encargan de planear, organizar y dirigir las actividades de los gobernados. Es llevado a cabo por el Poder Ejecutivo.
Poder Ejecutivo Colegiado: Sistema en el cual el Parlamento escoge a un grupo de personas que ocuparan dicho cargo.
Poder Ejecutivo Unipersonal: Este poder se deposita sólo en un presidente, en el cual se centran todos los derechos y obligaciones que este alto puesto demanda.
Secretarios de Estado: Son los colaboradores que elige el Presidente de la república para ayudarlo a llevar a cabo sus funciones administrativas.
- Son nombrados y removidos por el Presidente.
- Deben dar cuenta al Congreso, dentro del período de sesiones extraordinarias, del estado que guardan sus respectivas secretarías.
- Deberán firmar todos los Reglamentos, decretos, Acuerdos y órdenes del Presidente
-LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MÉXICO SE ORGANIZA-
BAJO 2 SISTEMAS-
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA: Organización en la que el Presidente es el centro del poder de una serie de organismos que desarrollan el plan de Trabajo del Ejecutivo.
Está formada por:
A. El presidente de la república.
B. Las secretarías de Estado y los departamentos administrativos.
C. La Procuraduría General de la República (PGR).
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DESCENTRALIZADA (DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA):
Organización administrativa que crea organismos fuera del poder central, que tienen autonomía y patrimonio propios para realizar actividades o servicios públicos. Para la creación de un organismo descentralizado se establecen ciertos elementos: La denominación del organismo, el domicilio legal, el objeto del organismo, la manera de integrar el órgano de gobierno, las facultades y obligaciones de los órganos de gobierno.
DESCENTRALIZACIÓN POR REGIÓN: Organización administrativa destinada a manejar los intereses colectivos de una población radicada en determinado territorio. Un ejemplo ilustrativo de este tipo de descentralización es el MUNICIPIO.
MUNICIPIO: Base de la división territorial y de la organización política y administrativa de una entidad federativa. Tiene autonomía orgánica, autonomía técnica para realizar sus fines; tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.
Es administrado por un AYUNTAMIENTO.
Y tiene que cumplir con servicios públicos como:
A. Agua potable y alcantarillado.
B. Alumbrado público.
C. Limpia.
D. Mercados
E. Panteones.
F. Rastro (lugar donde matar ganados).
G. Calles, parques y jardines.
H. Seguridad pública y tránsito.
DESCENTRALIZACIÓN POR SERVICIO: Organización administrativa que crea organismos dotados de capacidad y conocimientos técnicos para satisfacer una necesidad de orden colectivo.
-Debido a que el Estado no puede llevar a cabo la realización de todos los servicios públicos y es necesario que se satisfaga las necesidades, crea organismos fuera de su régimen centralizado-
Empresas de participación estatal: Organismos en los que el gobierno obtiene una ganancia. Empresas descentralizadas por servicio: Empresas que no generan una ganancia sino sólo tienen el objetivo de cubrir necesidades colectivas.
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DESCENTRALIZACIÓN POR COLABORACIÓN: Es una de las funciones públicas que cumplen un ejercicio privado, es decir, se ejerce la actividad pública pero con nombre propio de la organización privada.
DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA: Transfiere facultades que la centralización hace a órganos inferiores para que en el ámbito de su competencia resuelvan cuestiones administrativas.
Sus características son: Está dentro de la centralización administrativa, la relación jerárquica de superior a inferior se hace más patente, no tienen autonomía económica, sino autonomía técnica, la competencia se ejerce dentro de las facultades del gobierno federal.
CONCESIONES: Acto administrativo del Poder Ejecutivo en el que otorga a un particular el aprovechamiento o explotación de un servicio público o bienes del Estado.
Se compone de dos elementos: “La situación reglamentaria” y “El contrato administrativo”.
Se puede clasificar en 2 grupos:
CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO: Cuando un organismo público concede a una persona física o moral el manejo de un servicio público bajo el control de la autoridad concedente.
CONCESIÓN PARA LA EXPLOTACIÓN DE BIENES: Poder que otorga el Ejecutivo a un particular para el aprovechamiento de los productos de la explotación de determinados bienes, de manera temporal.
Cuenta con 3 sujetos jurídicos:
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