TIPOS DE ACTAS
Enviado por ilianaunam • 24 de Enero de 2014 • 1.199 Palabras (5 Páginas) • 589 Visitas
CARACTERISTICAS DE LOS TIPOS DE ACTAS
ACTA DE ENTREVISTA:
este tipo de actas se llama a un testigo para que comparezca ante el cuerpo policial correspondiente con la finalidad de que éste exponga todo lo que sabe sobre la materialización de un hecho punible, para que aclare las dudas que pueda tener el interrogador o el funcionario que lo entrevista.
Si el caso, así lo requiere, las pruebas del hecho se recibirán en una audiencia oral, la que se celebrará, concurran o no las partes; en el acta de entrevista se harán constar en extracto las declaraciones de los testigos o perito.
En el título se debe anotar la causa por la cual se levanta el acta administrativa, por
ejemplo: acta por indocumentación, por robo, por extravío, por siniestro, donación, nacencia o producción, reposición, transferencia, reasignación, muerte, siniestro o accidente, para hacer constar los resultados del inventario físico de bienes, destino final de bienes por destrucción, enajenación de bienes, declarar desierta una licitación, así como cualquier otro hecho del cual se considere dejar constancia para los correspondientes antecedentes.
EL ACTA DE ENTREVISTA TIENE COMO OBJETO LA INFORMACION QUE ES PARTE PRINCIPAL EN UNA INVESTIGACION.
ES UN MEDIO ECONOMICO Y DIRECTO
ATRAVEZ DE ELLA SE LOGRA OBTENER GRAN INFORMACION
PUEDE PRODUCIR MEJORES RESULTADOS QUE CUALQUIER OTRO PROCEDIMIENTO
EL RESULTADO NEGATIVO DE ESTE MEDIO PUEDE DEBERSE A UN PROCEDIMIENTO INADECUADO.
OBTIENE INFORMACION RELACIONADA CON EL CASO
LOGRA LA INDIVIDUALIZACION E IDENTIDAD DE LA VICTIMA
REGISTRA LOS HECHOS PARA QUE SE TENGA COMO INFORMACION EN EL JUICIO
ESTE TIPO DE ACTAS SE PUEDE USAR EN CUALQUIER DECLARACION.
EJEMPLO
IPP Nº 300.000
///la ciudad de Bahía Blanca, en el 31 día del mes de diciembre de dos mil ocho, siendo las 12.30 horas, comparece ante el Sr. Agente Fiscal y Secretario autorizante una persona previamente citada, a quien se le hace saber que habrá de recibírsele declaración en los términos del art. 308 del CPP. Seguidamente se hacen saber a la compareciente los derechos y garantías que le acuerda la normativa procesal, a saber: que podrá designar para su defensa a abogados particulares de entre los letrados de la matrícula o al defensor oficial; que de no hacerlo se designará de oficio al defensor oficial; que su letrado podrá entrevistarse previamente con la compareciente y asistir al acto de su declaración; que en caso de solicitarlo motivadamente, podrá requerir la presencia del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 10 interviniente en la causa; que ningún interrogatorio podrá ser tomado en consideración cuando su abogado defensor no haya podido asesorarle sobre si le conviene o no declarar o advertirle sobre el significado incriminatorio de sus manifestaciones; y demás prescripciones contenidas en los arts. 60, 89, 90, 92, 272, 308 y 309 del CPP.---
No habiéndose opuesto a la realización del acto, manifiesta que ratifica la designación como defensor del Dr. Torquatto Mitre, a quien se ha tenido por designado (fs. 100), el que se halla presente en el acto. Se deja constancia que el compareciente se entrevista con el Dr. Mitre y que manifiesta que desea que este presencie el acto, así como que no requiere la presencia del Sr. Juez de Garantías.-------------------------------------------------------
Seguidamente se lo invita a aportar sus datos personales. -art. 311 CPP-, refiriendo llamarse Roberto Chenda, DNI 33.000.000, que dicta, argentino, casado, comerciante, nacido el 10 de mayo de 1945, Capital Federal, que sabe leer y escribir, hijo de Indra Chenda y de Indira Hamas, domiciliado en calle Lammenais 56 de este medio.------------------------------------------------------------
Que constituye domicilio en calle Ipaguirre 300 de esta ciudad.---------------------------------------------------------------------
Preguntado
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