TRABAJO COLABORATIVO 1 LEGISLACION COMERCIAL Y TRIBUTARIA
Enviado por candy18 • 23 de Marzo de 2013 • 1.345 Palabras (6 Páginas) • 1.180 Visitas
LEGISLACION COMERCIAL Y TRIBUTARIA
TRABAJO COLABORATIVO N° 1.
TUTOR:
HECTOR RAMIRO SANCHEZ
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
ABRIL DE 2012
INTRODUCCION
Con el siguiente trabajo se pretende fomentar la iniciativa empresarial de nosotros los estudiantes, desarrollando habilidades cognitivas y prácticas que nos permitan identificar las formas societarias que se ajusten a nuestras ideas de empresa. Así mismo se persigue que identifiquemos los elementos esenciales en materia de títulos valores, como instrumentos fundamentales en el mundo mercantil.
OBJETIVO GENERAL
Esta actividad tiene como objetivo fortalecer los conocimientos de los estudiantes sobre las principales temáticas que comprendenla Unidad 1 del modulo, con especial énfasis en el desarrollo del concepto de la empresa, las distintas formas asociativas, sociedades comerciales y los títulos valores.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Comprender la diferencia de conformación entre los tipos de sociedad comerciales
• Identificar cuando una empresa es de un tipo de sociedad comercial
• Analizar el significado de los títulos valores o letras de cambio
TIPO DE SOCIEDAD COMERCIAL N° MINIMO DE SOCIOS N° MAXIMO DE SOCIOS COMO SE FORMA EL NOMBRE O RAZON SOCIAL DE QUE MANERA RESPONDEN LOS SOCIOS QUIEN ADMINISTRA O REPRESENTA LA SOCIEDAD
COLECTIVA 2 Ilimitado Con el nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios, seguido de las expresiones "y compañía", "hermanos", "e hijos", u otras análogas
Solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales Ésta corresponderá a todos y cada uno de los socios, quienes podrán delegarla en sus consocios o en extraños. La representación legal de la sociedad llevará implícita la facultad de usar la firma social y de celebrar todas las operaciones comprendidas en el giro ordinario de los negocios sociales.
COMANDITA SIMPLE 2 Ilimitado con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo caso de la indicación abreviada "S Responden hasta el monto de sus aportes, pero pueden pactar responsabilidades o prestaciones adicionales
Corresponde a los gestores o colectivos quienes podrán ejercerla directamente o por sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad colectiva.
COMANDITA POR ACCIONES 6 Ilimitado Con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo caso de las palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o su abreviatura "S.C.A.",
responden como los de la sociedad colectiva, sin que pueda estipular una responsabilidad distinta
corresponde a los gestores o colectivos en igual forma a la prevista en la sociedad comanditaria simple
RESPONSABILIDAD LIMITADA 2 25 Girará bajo una denominación o razón social, en ambos casos seguida de la palabra "limitada" o de su abreviatura "Ltda. En este Responden hasta el monto de sus aportes Corresponden a todos y cada uno de los socios.
ANONIMA 5 Ilimitado Tendrá una denominación seguida de las palabras "sociedad anónima" o de las letras "S.A.".
Únicamente responden hasta el monto de sus respectivos aportes, sin que pueda estipularse lo contrario.
Será administrada por gestores temporales y revocables.
2. SOLUCIÓN DE LAS PREGUNTAS:
a) ¿La empresa unipersonal de conformidad con los elementos esenciales del contrato societario descritos en el código de comercio (artículo 98), es un tipo de sociedad comercial?, Justifique su respuesta. Si no hay justificación no será válida.
R/ Sí, porque está prestando un servicio de tipo comercial, operan en el tráfico como cualquier otra sociedad, si bien se debe hacer constar el carácter de sociedad unipersonal, tanto en el Registro Mercantil como en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas y en todos los anuncios que haya de publicar por disposición legal o estatutaria.
SI. La legislación no trata a la sociedad unipersonal por las razones expresadas, pero admite que mediante la declaración unilateral de su voluntad una persona, natural o jurídica, puede crear una empresa unipersonal a la que se le reconocen muchos de los atributos o cualidades de las sociedades comerciales, además de hacerle extensivas, para lo no previsto en la Ley 222 de 1995, en cuanto le sean compatibles, las
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