TRABAJO DE INVESTIGACÓN SOBRE LA LEY INDÍGENA Nº 6172
Enviado por Valery Corrales • 26 de Febrero de 2018 • Trabajo • 913 Palabras (4 Páginas) • 147 Visitas
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA[pic 1]
SEDE GUANACASTE
FACULTAD DE DERECHO
DERECHO PENAL IV
TRABAJO DE INVESTIGACÓN SOBRE LA LEY INDÍGENA Nº 6172
ESTUDIANTE:
VALERY CORRALES CARVAJAL B42090
PROFESORA:
MARLENE MENDOZA RUIZ
LIBERIA, 25 DE OCTUBRE DEL 2017.
Objetivo
Realizar una investigación de la Ley Indígena nº 6172, analizar el tipo, mencionar si tiene alguna sanción y con qué tipo se relaciona, además de buscar qué bien o bienes jurídicos se tutelan y agregar a ello, una noticia relacionada al tema.
Antecedente histórico
Antes de dicha ley, Costa Rica tuvo que pasar por ciertos reconocimientos internacionales para darle el lugar y tomar en cuenta a este grupo de personas como una forma de respeto a su cultura y su espacio. Es por ello, que en 1959, nuestro país suscribe el Convenio 107 de la OIT, en el cual define a los indígenas como una población con cualidades sociales y económicas menos avanzadas, lo cual generó múltiples críticas por parte de los pueblos indígenas, considerándolo en su época a esta descripción como una falta de respeto.
A estas personas, constantemente se les ve violentado gran parte de su territorio, es por esto que surge en 1961, el Instituto de Tierras y Colonización, hoy conocido como Instituto de Desarrollo Rural, INDER.
En razón a todo lo ocurrido, la violación de su territorio, el irrespeto por sus culturas, tradiciones y costumbres es que nace el 1978, la Ley Indígena nº 6172. Definiendo a esta población ya como grupos étnicos descendientes directos de civilizaciones precolombinas y que conservan su propia identidad. A su vez, declara a los territorios, reservas indígenas exclusivas, inalienables, intransferibles e imprescriptibles (art. 3 Ley Indígena).
El sistema costarricense reconoce las culturas cabécar, bribri, ngöbe, brunca, teribe, malecu, huetar y chorotega, alrededor de sus 24 territorios, asumiendo que cada una de ellas representa un pueblo indígena individual, con su propia cosmovisión, ubicados alrededor de todo el país. Ver anexo 1.
Análisis de la Ley
La Ley está compuesta por 12 artículos, de los cuales el bien jurídico que se tutela en gran parte de ellos, es el de la propiedad o su territorio. Específicamente en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y los protege dotándolos de protección absoluta ante terceros, como lo veremos en el siguiente artículo.
Artículo 3
“Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas (sujeto activo: cualquier persona que no forma parte de la comunidad indígena) no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas (verbos) comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación (verbos) de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas (Sujeto activo: solo indígenas) y no indígenas (Sujeto activo: cualquier persona que no sea indígena), es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso. Las tierras y sus mejoras y los productos de las reservas indígenas estarán exentos de toda clase de impuestos nacionales o municipales, presentes o futuros”.
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