TRABAJO DE MINAS
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UNIVERSIDAD DE PANAMA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
KARINA AVILA
JASMINA ROBLES
TEMA:
INTRODUCCION AL DERECHO DE MINAS
GRUPO:
VA
PROFESOR:
MARCO TULIO HERNANDEZ
FECHA DE ENTREGA:
29 DE NOVIEMBRE DE 2013
INTRODUCCION
Se le denomina mina a las labores necesarias para extraer minerales de algún yacimiento. Estas labores incluyen tareas de exploración, excavación, transporte, análisis y demás. La explotación minera constituye una de las principales actividades económicas a nivel mundial, y actualmente existen miles de yacimientos activos a lo largo de todo el mundo. Los minerales más comunes en la extracción son el carbón, el cobre, la piedra caliza, los diamantes, el oro y la plata, algunos con una dificultad de extracción bastante alta.
En un sentido más amplio, la minería implica la extracción y aprovechamiento de cualquier recurso no renovable, por lo que el término también puede ser aplicado a la extracción de cosas como el petróleo, el gas natural o hasta el agua.
La extracción de minerales de las minas es una actividad más antigua de lo que podríamos pensar. La mina más antigua de la que se tiene registro se ubica en la llamada Cueva del León, en Suazilandia, y se cree que ya se extraían minerales de ella hace 43.000 años. Conforme se fueron formando las primeras civilizaciones, la minería cobró una importancia mayor, y desde el Antiguo Egipto ya era considerada como una actividad vital. A pesar de algunos avances introducidos a lo largo de varios siglos, no fue sino hasta la introducción de la industria y el capitalismo global cuando se empezaron a desarrollar técnicas mucho más modernas y sofisticadas, lo que permitió explorar y extraer minas que antes resultaban inaccesibles.
En la actualidad, los avances de la ingeniería y la ciencia permiten explorar y extraer muchos más minerales que nunca antes. Sin embargo, el proceso de extracción sigue siendo muy laborioso, ya que para extraer un mineral primero hay que remover mucho material considerado como desperdicio, que no tiene utilidad o valor comercial. De hecho, en muchas minas se extrae mucho más desperdicio que mineral durante toda su vida útil.
OBJETIVOS GENERALES
La minería es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre. También se denomina así a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos de los cuales se puede obtener un beneficio económico.
El proceso de minería involucra diferentes etapas las cuales son llevadas a cabo para desarrollar un proyecto minero, dentro de estas etapas se encuentran; la búsqueda y estimación de recursos, proyecto (pre factibilidad, factibilidad, ingeniería de detalles), obras, desarrollo minero o explotación (arranque y manejo de materiales), procesamiento y comercialización
La minería constituye "la industria más elemental de la civilización humana" y su importancia radica en lo siguiente:
Constituye una fuente de divisas para los países en los cuáles se desarrolla.
Es una fuente importante de empleo.
Contribuye al desarrollo local mediante la instalación de obras complementarias.
Fomenta el desarrollo de otras actividades económicas paralelas (transporte, comercio, construcción, etc.) y complementarias (fundiciones, refinerías, etc.).
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
La extracción minera se divide tres modalidades en función del tipo de mineral o material a extraer:
• Minería metálica, que produce, entre otros: hierro, manganeso, molibdeno, cobre, plata, oro, plomo, estaño, platino, níquel, mercurio
• Minería no – metálica, cuyos productos son cuarzo, feldespatos, y rocas aun cuando no son minerales en un sentido estricto.
• Minería de energéticos que incluye el carbón, los minerales radioactivos y el petróleo que tampoco es propiamente un mineral.
Las concesiones mineras podrán ser otorgadas a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y que mantengan en Panamá un apoderado debidamente autorizado siempre que la capacidad de tales personas, tanto técnica como financiera, hubiese sido debidamente comprobada. Dichos derechos podrán ser ejercidos únicamente por las personas expresamente autorizadas para ello.
La actividad minera en Panamá está regulada por la Dirección General de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias. Esta Dirección General de Recursos Minerales tiene como función las siguientes actividades:
Aplicar las disposiciones del Código de Recursos Minerales y asesorar al Órgano Ejecutivo en todo lo referente a la política de minas.
Llevar a cabo investigaciones geológicas mineras para recabar información sobre los recursos minerales del territorio.
Inspeccionar, vigilar y fiscalizar las operaciones mineras.
Levantar la Carta Geológica Oficial de la República.
MARCO TEORICO
La minería: es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre. También se denomina así a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos de los cuales se puede obtener un beneficio económico.
La minería según diversos autores:
ALVARO ORTIZ MONSALVE en su obra “Derecho de Minas”, define minerales desde un punto de vista más técnico, los define como “todo cuerpo de origen natural, de composición química definida, ya sea de origen orgánico o inorgánico, o que está formado por elementos o por combinaciones o actividades químicas”.
MANUEL OSORIO Y FLORIT, en su Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, mina “de acuerdo con la definición de Joaquín V. González, científica o geológicamente, es el depósito natural de minerales útiles, más o menos semejantes por su naturaleza o reunidos o combinados por afinidades de yacimientos o leyes de asociación”.
La disponibilidad de información de los proyecto de minería en panamá está íntimamente ligada a la participación pública cuya bilateralidad y acuerdo de voluntades, entre el poder público concedente y el particular concesionarios la convierte en un contrato del derecho público y precisamente en un contrato de derecho administrativo la finalidad de un contrato de concesión de servicio público que es siempre el interés general, priva por en sima de otra circunstancia,
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