TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
Enviado por iselamarflo • 7 de Mayo de 2013 • Tesis • 707 Palabras (3 Páginas) • 503 Visitas
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
C. Magistrado
NORMA PAREDES VÁZQUEZ por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír toda clase de notificaciones en calle portales no. 89 colonia el trafico Nicolás romero y autorizando al abogado ALEJANDRO SERRANO SILVA por lo que ante esta autoridad comparezco y expongo
Vengo a demandar a la señora FERNANDA ROMERO LÓPEZ quien puede ser emplazada en su domicilio ubicado en en el lote 50 de la manzana B del ejido de la resurrección Nicolás Romero. Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 18, fracción II de la Ley Agraria vengo a demandar a juicio sucesorio respecto a los derechos agrarios que pertenecieron a mi difunto esposo a quien se le expidió su certificado parcelario núm. 258963 el poblado que nos ocupa reconociéndole su calidad de ejidataria. Así mismo se le debe correr traslado con el presente escrito a los integrantes del Comisariado Ejidal del núcleo al rubro señalado citando como domicilio el ubicado en la casa marcada con el número 20 de la calle Emiliano Zapata del Ejido de la Resurrección, con lo que paso a señalar:
PRESTACIONES
A) Se me reconozca la calidad de ejidataria respecto a los derechos que fueron del ejidatario a quien se expidió su certificado parcelario número 258963 de la Resurrección.
B) En el momento procesal oportuno se dicte sentencia en la que se resuelva que me corresponden los derechos sucesorios del ejidatario ordenándose la cancelación de su certificado parcelario y la expedición de un nuevo certificado parcelario a mi nombre, por parte de la delegación del registro agrario, del Estado, debiéndose remitir copia certificada de la misma
HECHOS
I. Como lo demuestro con el acta de matrimonio numero 147852 expedida por el juez del registro civil de Nicolás Romero A partir del día 16 de marzo de 1995 el señor IGNACIO GARZA SOSA y yo nos unimos para llevar vida marital constituyendo domicilio en el lote 50 de la manzana B del ejido de la resurrección Nicolás Romero
II. Debido a las circunstancias económicas decidimos separarnos por algún tiempo, pero sin perder comunicación alguna
III. El día 1 de abril falleció el señor Ignacio garza sosa acreditando lo anterior con el acta de defunción expedida por el registro civil de Nicolás Romero
IV. El día 15 de abril que regreso a tomar posesión del mi antigua casa no se me permite la entrada debido a que la señora FERNANDA ROMERO LÓPEZ ya la estaba habitando y decía ser pareja de mi fallecido esposo
DERECHO
Es aplicable, en cuanto a la competencia de la autoridad el artículo 27 de la fracción IX y 18 fracción VII de la ley orgánica de los tribunales agrarios. Así como el fondo del asunto lo establecido en los artículos 10, 12, 15, 16, 17, 18, fracción 1 de la ley agraria en vigor.
El procedimiento se rige por los dispuesto en los artículos 163, 164, 178,
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