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TRIBUTACION


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  414 Palabras (2 Páginas)  •  259 Visitas

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Los sujetos pasivos que deben presentar el ATS, conforme a la Resolución No. NAC-DGERCGC12-00001, públicada el 13 de Enero del 2012, son los siguientes:

a) Los contribuyentes especiales;

b) Las entidades del sector público;

c) Los sujetos pasivos que poseen autorización de impresión de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención a través de sistemas computarizados autorizados, así se trate de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad;

d) Quienes, de acuerdo a la normativa tributaria vigente, tienen derecho y solicitan la devolución de impuesto al valor agregado. No presentarán está información las personas discapacitadas; de la tercera edad; y, los organismos internacionales con oficinas en el Ecuador, las embajadas, consulados y oficinas comerciales de los países con los cuales el Ecuador mantiene relaciones diplomáticas, consulares o comerciales que no están obligados a inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes, de conformidad con lo previsto en la Ley del RUC;

e) Las instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, y las instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria;

f) Las empresas emisoras de tarjetas de crédito;

g) Las administradoras de fideicomisos mercantiles y fondos de inversión;

h) Los sujetos pasivos que de conformidad con la normativa tributaria vigente, poseen autorización de emisión electrónica de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retención, así se trate de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad;

i) Las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad; y,

j) Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, cuyos ingresos brutos anuales o costos y gastos anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan sido superiores al doble de los montos establecidos para que, de conformidad con la normativa tributaria, se genere la obligación de llevar contabilidad. En este caso, dichos sujetos pasivos deberán presentar la información mencionada desde el mes de enero del ejercicio fiscal siguiente y por todo el año.

Para el cómputo de ingresos brutos anuales o costos y gastos anuales a los que se refiere el inciso anterior, se deberá excluir aquellos relacionados con el trabajo en relación de dependencia, regalías, dividendos, rendimientos financieros, loterías, rifas, herencias, legados, donaciones y los provenientes de actividades que generen ingresos exentos del pago de impuesto a la renta."

No existe la obligación de presentar esta información en los meses en los que no existieren compras, adquisiciones, ventas o ingresos, exportaciones, ni retenciones. Sin embargo cuando existieran declaraciones sustitutivas con valores, se deberá calclar las multas respectivas generadas por el

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