Teoria De La Division De Poderes
Enviado por qqqqwwww • 20 de Abril de 2014 • 707 Palabras (3 Páginas) • 2.501 Visitas
Teoría de la división de poderes
La teoría de la división de poderes fue enunciada por Montesquieu en su obra “El Espíritu de Las Leyes”, a mediados del siglo XVIII. Montesquieu afirmó, que la libertad de la que gozaba Inglaterra se debía a la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, así como la existencia de frenos y contrapesos entre esos poderes. De esta manera, Montesquieu estableció la separación de poderes como un dogma del constitucionalismo liberal. La influencia de Montesquieu es indiscutible, como puede verse en la Declaración de Derechos de Virginia (1776), en la Constitución de Massachusetts (1780) y en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa (1791). Esta idea de la forma mixta de gobierno ya fue contemplada por Platón, en `Las Leyes', y por Polibio para explicar la estabilidad del gobierno romano.
Su teoría señala que en todo gobierno (Estado) existen tres clases de poderes: el poder legislativo, el ejecutivo con relación a las cosas que dependen del derecho de las naciones y el ejecutivo con relación a las cuestiones que dependan del derecho civil.
Según Montesquieu, esta división del poder del Estado en tres, es la única manera de asegurar la libertad de los ciudadanos.
Cada uno de esos poderes es ejercido por órganos distintos e independientes entre sí, siendo esta separación orgánica, la garantía para la esfera de libertad de los particulares, ya que los poderes rivalizan, se equilibran, siendo cada uno celoso guardián de su respectivo ámbito de competencia, de suerte que queda entre ellos una esfera libre para actuaciones no reguladas, en las que ninguno está autorizado para interferir, y que precisamente constituye el ámbito de libertad garantizado a los particulares.
Cada uno de los poderes ejerce su función en forma exclusiva y excluyente, así sólo al poder legislativo corresponde dictar la ley; al ejecutivo, la ejecución de la ley sin que pueda dictar leyes ni realizar otros actos que los autorizados por ellas; y al jurisdiccional, corresponde la aplicación de las leyes en las relaciones entre particulares o entre éstos y la Administración del Estado.
Esta doctrina ha sido recogida en casi todas las constituciones políticas, y su principio básico de la separación de poderes tiene hoy plena vigencia en cuanto distingue tres funciones principales del Estado.
Principales objeciones
Las principales objeciones a la teoría de división de poderes son:
• Tal teoría postula que es el poder del Estado el que se divide en tres. Situación que no es correcta, ya que en un Estado existe un solo poder supremo como consecuencia de que el Estado es una unidad. Lo que sí se ajusta a la realidad es que existen en él una serie de funciones que se ejercen por ciertos órganos independientes (legislativo, ejecutivo, jurisdiccional), y es por eso que cada
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