Teoria Del Derecho
Enviado por lizestradam • 19 de Marzo de 2015 • 1.786 Palabras (8 Páginas) • 180 Visitas
1.3 Conceptos jurídicos fundamentales y su clasificación. sus cambios
Conceptos Jurídicos Fundamentales: Son conceptos jurídicos fundamentales por ser elementos invariables aunque no exclusivos del derecho.
Los conceptos jurídicos contingentes, son aquellos propios de cada una de las distintas disciplinas dogmáticas, se pueden distinguir los siguientes:
• COMPETENCIA
• RESPONSABILIDAD
4 Fuentes del derecho. positivo, costumbre, jurisprudencia
Fuentes del derecho
Son aquellas condiciones naturales y/o culturales, propias de cada estado, que determinan el contenido de las normas.
La Jurisprudencia
Es el conocimiento de las cosas divinas y humanas o de igual manera ciencia de lo justo y de lo injusto.
“Son conceptos jurídicos fundamentales por ser elementos invariables aunque no exclusivos del derecho”
Los conceptos jurídicos fundamentales, en el derecho se nos aparecen como los elementos que se encuentran en la estructura y en contenido de toda norma jurídica y en cuya ausencia no se entendería un orden jurídico determinado históricamente. Estando en todo orden coactivo concreto, se transforman en categorías de conocimiento, en conceptos básicos. De ahí que sean elementos del derecho y conceptos que se encuentran en la reflexión teórica.
García Maynez nos da la definición de los conceptos jurídicos fundamentales al tratar sobre el objeto de la Teoría Fundamental del Derecho; y define como conceptos jurídicos fundamentales o esenciales las categorías o nociones irreductibles, en cuya ausencia resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.
Las diferencias entre estos conceptos, llamados también categorías jurídicas y los conceptos jurídicos contingentes, esta en que los contingentes no existen en todo ordenamiento positivo, y que en cambio los esenciales, no pueden dejar de existir en un sistema jurídico. Por el contrario se habla de conceptos jurídicos contingentes cuando se manejan conceptos que sólo se encuentran en algunas normas jurídicas referentes a ramas especificas del derecho, por ejemplo: hipoteca, enfiteusis, etc.
A la filosofía jurídica le corresponde sólo el estudio de los conceptos jurídicos fundamentales. Los contingentes son estudiados por las especialidades de la ciencia dogmática, con referencia a un derecho positivo determinado.
Así, son conceptos jurídicos contingentes las instituciones de la esclavitud, del duelo, del delito de disolución social, es decir. Conceptos que no son comunes a todos los sistemas jurídicos.
En cambio las nociones de persona, supuesto jurídico, sanción, deber jurídico, derecho subjetivo, derecho objetivo, acción son irreductibles, ya que sin ellos resultaría imposible entender un orden jurídico cualquiera.
Por su parte el Licenciado Rojina Villegas señala: “ Los conceptos jurídicos fundamentales son aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica, es decir, en toda forma de conducta jurídica que se produce por la aplicación de la norma a los casos concretos”. “En la norma de Derecho se encuentran en potencia todos los conceptos jurídicos fundamentales y en la relación jurídica se actualizan esos conceptos para tener una manifestación concreta respectos de sujetos y objetos determinados, produciéndose por la realización de uno o de varios supuestos de Derecho”
Para Somló, en toda representación de una norma jurídica el jurista utiliza dos clases de conceptos jurídicos, a saber; unos que se refieren al contenido de la norma, y que se encuentran determinados por un legislador histórico, y otros de los que hay que servirse necesariamente, debido a que constituyen los presupuestos de toda norma jurídica en cuanto tal.
A los primeros Somló los denomina conceptos jurídicos de contenido, y a los segundos conceptos jurídicos fundamentales.
La distinción de referencia presupone la diferencia entre materia y forma de la norma de derecho, esto es, entre aquello que forma parte de la norma como un ingrediente singular y concreto de la misma, y aquello que tienen de común todas las normas jurídicas reales o posibles.
¿QUÉ MATERIA SE OCUPA DEL ESTUDIO DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES?
Corresponde a la materia de Introducción al Estudio del Derecho la exposición de los conceptos generales del Derecho o conceptos jurídicos fundamentales, y a las disciplinas jurídicas especiales, el estudio de los conceptos particulares.
Es obvio que, como se maneja en el prologo de la obra de García Maynez, sin el conocimiento de los conceptos generales no es posible el estudio de los particulares.
Más profundamente; la teoria fundamental del Derecho, es la que explica los conceptos jurídicos fundamentales y esta es una de las dos ramas en que se divide la filosofía del Derecho, pues la otra rama la constituye la axiología Jurídica que tiene por objeto estudiar los valores a cuya realización debe de aspirar el orden jurídico positivo
HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO
1.6 Breve historia del Derecho en México
Para conocer las bases del Derecho positivo, primero hay que tener conocimiento de su historia, como son las culturas preclásicas del México antiguo, su época colonial y la independiente, por lo tanto la historia del derecho se dividen en épocas:
Época Prehispánica
México ha divido desde en la antigüedad en grandes culturas y pueblos; Alfonso Caso dice sobre las culturas "el conocimiento del mundo de las culturas resulta indispensable para emprender el estudio a fondo de su visión del mundo y tratar de comprender su modo de reaccionar frente a la naturaleza y frente al hombre en el intenso drama de su historia". Al tratarse de culturas como la azteca ha sido de gran importancia, el derecho se manifestó en costumbres, las cuales eran ligadas muchos con la religión. Sin embargo, la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros creó una incertidumbre para la posición jurídica de los humildes.
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