Tipo De Constituciones
Enviado por luciac3001 • 20 de Octubre de 2014 • 1.008 Palabras (5 Páginas) • 259 Visitas
CONSTITUCIONES CONSUETUDINARIAS O NO ESCRITAS
Las constituciones consuetudinarias se basan principalmente en el conjunto de costumbres referentes a la organización del poder público aunque también están parcialmente compuestas de algunos escritos. Las constituciones consuetudinarias han sido defendidas por un sector de la doctrina, el cual sostiene que es mejor que la constitución escrita en razón de que la constitución es existencia y naturaleza y esto no se puede escribir, sino vivir. Son aquellas que se forman por la lenta evolución de las instituciones del Estado y de prácticas constantes consagradas por el uso y la tradición histórica.
CONSTITUCIONES ESCRITAS
Es un instrumento escrito y definido, en donde el ordenamiento jurídico del Estado y su Gobierno se plasman en un texto, posee un conjunto de principios superiores o sistema de normas de estructura especial que establece la organización del Estado e institucionaliza al poder público, consagra las garantías de los ciudadanos y los mecanismos de resguardo e impone un programa de acción política. La norma escrita produce seguridad jurídica al establecer lo que es permitido y lo que está prohibido.
CONSTITUCION FORMAL
Es aquella que para su elaboración cumple con las formas y efectos especiales de la técnica jurídica, es decir, cumple con todos los requisitos exigidos en ella misma. El proceso de elaboración de las normas constitucionales es distinto al de las leyes, esa formalidad origina la jerarquía superior de la constitución. De este tipo de constitución formal, emergen dos conceptos, constitución rígida y constitución flexible, en función de la cantidad de requisitos exigidos para elaborarla.
CONSTITUCION RÍGIDA
Son aquellas cuyo mecanismo de modificación es distinto al proceso de formación de la ley ordinaria. Establece una serie de procedimientos que se traducen en obstáculos técnicos que impiden reformas o derogaciones rápidas, permitiendo en cierta manera una continuidad de los preceptos constitucionales. La rigidez de una constitución, depende, de los requisitos o prescripciones especiales, que se creen en relación con el procedimiento de creación o modificación de la ley ordinaria. El procedimiento “distinto” para modificar la constitución rígida, le da una categoría especial dentro del orden jurídico, y puede derivar de la necesidad de elegir una Asamblea Constituyente; convocar un referendo; mayorías especiales o calificadas para votar la iniciativa, admisión o aprobación de la modificación.
CONSTITUCION FLEXIBLE
Es el texto que puede ser modificable por el órgano legislativo ordinario en la misma forma que una ley ordinaria. También se puede decir que son aquellas en las cuales el procedimiento de modificación usado es el mismo con el que se elabora la ley ordinaria, no puede haber contradicción entre la ley y la constitución, pues una ley que la contradiga la está modificando. La constitución flexible no tiene ninguna prevalencía sobre la ley ordinaria.
CONSTITUCION OTORGADA
Las constituciones otorgadas se dicen que corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente las otorga; es decir, son aquellas en las
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