Tipos De Delito
Enviado por kar_men • 4 de Junio de 2014 • 1.116 Palabras (5 Páginas) • 291 Visitas
Capítulo 14. Clases de tipos penales
Por las modalidades de la acción
En primer lugar los tipos penales se clasifican en función o según las modalidades de la acción, así se distinguen entre:
1. Delitos de Resultado
2. Delitos de mera actividad,
En función de la realización y de la relación que existe entre acción y objeto de la acción.
1. Delitos de Resultado: Requieren que la acción vaya seguida de la acusación de un resultado, separable espacio-temporalmente de la conducta. Para que estos delitos se produzcan, debe darse una relación de causalidad a imputación objetiva del resultado a la acción del sujeto. El Hurto es un delito de resultado, no se consuma con coger la cosa, sino con tener disponibilidad de ella, que es posterior, se diferencia en el espacio tiempo de la acción. Primero se toma la cosa y después se dispone de ella.
2. Delitos de Mera Actividad: No existe resultado, la mera acción consuma el delito. El Allanamiento de Morada es un ejemplo de delito de mera actividad, porque con allanar la morada se consuma el resultado, no hay separación entre acción y resultado, es más, no hay resultado. La acción es entrar en la vivienda sin consentimiento del titular.
Los Delitos de Resultado, se dividen en atención al momento consumativo.
1. Delitos Instantáneos
2. Delitos Permanentes
3. Delitos de Estado.
Instantáneo: Es el asesinato.
Permanente: Aquel que necesita el mantenimiento de una situación antijurídica en el tiempo, por la voluntad de su autor. (La detención ilegal por ejemplo), puesto que el delito se sigue consumando hasta que cesa.
De Estado: Aquel que crea también una situación antijurídica duradera, pero la consumación cesa desde la aparición del delito (el matrimonio ilegal por ejemplo)
Esta clasificación es importante a efectos de determinar lo siguiente:
a) El momento consumativo del Delito
b) Establecer las formas imperfectas de realización del delito (tentativa)
c) Exigir o no la relación de causalidad e imputación objetiva del resultado como elemento del tipo objetivo.
Dependiendo de la forma en que se lleva a cabo el delito:
Delitos de Acción / Delitos de Omisión.
a) Delitos de Acción: Consisten en la realización de una conducta prohibida
b) Delitos de Omisión: Abstenerse de realizar una conducta ordenada por la norma, y por tanto, se infringe una norma preceptiva o de mandato.
Dentro de los delitos de omisión distinguimos:
1) Omisión Propia: Delitos de mera actividad, por ejemplo la omisión del deber de socorro. (Deber de evitar cometer un delito por ejemplo)
2) Omisión Impropia: Delitos de resultado. Se castiga por el resultado (madre no alimenta a su hijo y éste muere) En este tipo de Omisión debemos tener en cuenta la posición de garante de la vida de otro, otorgada por la ley o por la vida.
Por los medios utilizados
1) Delitos de Medios determinados.- Se acotan expresamente las modalidades comisivas (por ejemplo el Robo con fuerza en las cosas) Solo con 5 medios se pueden cometer robo con fuerza.
2) Delitos Resultativos: El Tipo no limita las posibles modalidades de la acción, pues basta con que sean idóneas para la producción del resultado (Por ejemplo, delito contra la salud pública)
Por el número de Acciones
Delitos de un acto: una sola acción (Ej.: homicidio).
Delitos de una pluralidad de actos (Ej.: robo con violencia).
Delitos alternativos (Ej.: varias acciones alternativas, como el allanamiento de morada que se comete tanto entrando como manteniéndose en ella).
POR LOS SUJETOS
Según sean los sujetos activos:
A) Según las cualidades personales exigidas:
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