Tipos De Ejidos
Enviado por rousenbert • 20 de Febrero de 2012 • 1.082 Palabras (5 Páginas) • 7.924 Visitas
EJIDO
Un ejido (del latín exitum) es una porción de tierra no cautiva y de uso público; también es considerada, en algunos casos, como bien de propiedad del Estado o de los municipios. Para México, el ejido es una propiedad rural de uso colectivo aún existente, y que fue de gran importancia en la vida agrícola de este país
Son tierras ejidales y por tanto están sujetas a las disposiciones relativas de esta ley las que han sido dotadas al núcleo de población ejidal o incorporadas al régimen ejidal.
I. Tierras para el asentamiento humano;
II. Tierras de uso común; y
III. Tierras parceladas.
Las tierras ejidales podrán ser objeto de cualquier contrato de asociación o aprovechamiento celebrado por el núcleo de población ejidal, o por los ejidatarios titulares, según se trate de tierras del uso común o parcelado, respectivamente. Los contratos que impliquen el uso de tierras ejidales por terceros tendrán una duración acorde al proyecto productivo correspondiente, no mayor a treinta años, prorrogables.
COMISARIADO EJIDAL
El comisariado ejidal es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la asamblea, así como de la representación y gestión administrativa del ejido. Estará constituido por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, propietarios y sus respectivos suplentes. Asimismo, contará en su caso con las comisiones y los secretarios auxiliares que señale el reglamento interno. Este habrá de contener la forma y extensión de las funciones de cada miembro del comisariado; si nada dispone, se entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente.
Son facultades y obligaciones del comisariado:
I. Representar al núcleo de población ejidal y administrar los bienes comunes del ejido, en los términos que fije la asamblea, con las facultades de un apoderado general para actos de administración y pleitos y cobranzas;
II. Procurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios;
III. Convocar a la asamblea en los términos de la ley, así como cumplir los acuerdos que dicten las mismas;
IV. Dar cuenta a la asamblea de las labores efectuadas y del movimiento de fondos, así como informar a ésta sobre los trabajos de aprovechamiento de las tierras de uso común y el estado en que éstas se encuentren;
V. Las demás que señalen la ley y el reglamento interno del ejido.
ASAMBLEA EJIDAL Y/O COMUNAL.
Es el órgano supremo del ejido o la comunidad, la cual está integrada por todos los ejidatarios(as) y/o comuneros(as) y entre los asuntos de su competencia están: la formulación y modificación del reglamento interno; ver asuntos económicos, cuentas, balances y aplicación de recursos; aprobación de contratos y convenios para uso o disfrute de terceros de las tierras de uso común; delimitación, asignación y destino de las tierras de uso común, así como su régimen de explotación; regularización de tenencias y posesiones; adopción del dominio pleno, etc.
CREACIÓN DE LOS SUJETOS
Son aquellos cuyo ejercicio corresponde a los ejidatarios estos derechos básicamente son:
a) Uso y disfrute de su parcela incluyendo su disposición con las limitaciones propias de esta modalidad.
b) Uso y disfrute de las tierras de uso común y su disposición que determine la ley.
c) El de la sucesión.
d) Participar en la asamblea.
e) Votar y ser votado.
f) Recibir certificado parcelario y derechos sobre tierras de uso común.
Con el objeto de evitar confusiones con respecto de los bienes materia de derechos
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