Titulos Ejecutivos
Enviado por marco5632 • 10 de Julio de 2013 • 1.750 Palabras (7 Páginas) • 1.569 Visitas
TITULOS EJECUTIVOS
El Titulo ejecutivo es un documento considerado como presupuesto de cualquier ejecución procesal que, por su especial eficacia probatoria en el caso concreto, origina en el órgano jurisdiccional competente la obligación de desarrollar su actividad con la finalidad ejecutiva.
“Es aquel documento al cual la ley atribuye la suficiencia necesaria para exigir el cumplimiento forzado de una obligación que consta en el”
Otro punto de vista se refiere al título ejecutivo, como documento que acredita la existencia de un acto jurídico determinado, es suficiente para que el acreedor, sin necesidad de invocar los fundamentos de su derecho, obtenga los efectos inmediatos que son propios a la interposición de la pretensión ejecutiva.
Viéndolo desde el punto de vista meramente procesal, Título Ejecutivo es, el elemento que imprime a la pretensión ejecutiva la certeza para abrir el proceso de ejecución. El cual puede ser una sentencia judicial condenatoria o un acto negocial o administrativo que acrediten la existencia de un derecho cierto, líquido y exigible.
El Titulo Ejecutivo puede ser considerado desde un doble punto de vista: de la forma (documento) o del contenido (acto jurídico documental); el mismo es un documento que tiene determinados requisitos formales y cuya posesión es necesaria para promover el proceso ejecutivo; pero el documento debe tener un cierto contenido, que puede ser un acto del juez o un acto de parte.
Para la existencia del título ejecutivo se requieren tres elementos básicos:
1. El título ejecutivo debe ser cierto, la certeza quiere decir que el juez a primera vista, con sólo leer el título ejecutivo debe quedar informado de quien es el acreedor y de quien él es deudor.
2. La liquidez de la obligación de la deuda, es decir, no sólo conocer lo que se debe, sino cuánto se debe; en eso consiste la liquidez, ha de ser líquida la obligación para poder exigirse en la vía ejecutiva.
3. Exigibilidad se dice que el procedimiento que se emplea a instancia de un acreedor para exigirle su deudor moroso breve y sumariamente el pago de una cantidad liquida exigible que resulta de un documento indubitado.
El título ejecutivo tiene dos significados: sustancial y formal:
Sustancial: Lo sustancial consiste en la declaración en él contenida y en esa declaración es que debemos buscar los requisitos de fondo (certeza, liquidez, exigibilidad).
Formal: Los requisitos de forma se refieren al documento mismo, al título, al documento que contiene esa declaración. Hay muchas clases; documentos públicos, documentos privados, documentos emitidos por funcionarios judiciales, administrativos, emitidos exclusivamente por los particulares que serán los privados, mercantiles, civiles, muchas clases de documentos, entonces la ley toma alguna de esas clases de documentos y dice: estos son documentos en algunos casos exige requisitos más que otros, es decir un documento que originalmente.
Títulos ejecutivos civiles
De acuerdo con el artículo 443 del CPCDF son títulos ejecutivos civiles: la primera copia de una escritura pública expedida por el juez o notario ante quien se otorgó; las ulteriores copias dadas por mandato judicial, con citación de la persona a quien interesa; los demás instrumentos públicos que conforme al artículo 333 del CPCDF hacen prueba plena; cualquier documento privado después de reconocido por quien lo hizo o lo mando extender; hasta con que se reconozca la firma aun cuando se niegue la deuda; la confesión de la deuda hecha ante juez competente por el deudor o por su representante con facultades para ello; los convenios celebrados en el curso de un juicio ante el juez, ya sea de las partes entre sí o de terceros que se hubieren obligado como fiadores, depositarios o en cualquier otra forma; las pólizas originales de contratos celebrados con intervención de corredor público; el juicio uniforme de contadores si las partes ante el juez o por escritura pública o por escrito privado reconocido judicialmente, se hubieren sujetado a él expresamente o lo hubieren aprobado.
Títulos ejecutivos mercantiles
Por otro lado, los títulos ejecutivos mercantiles, de conformidad con el artículo 1391 del CCOM son: la sentencia ejecutada o pasada en autoridad de cosa juzgada y la arbitral que sea inapelable; los instrumentos públicos; la confesión judicial del deudor, las letras de cambio; libranzas, vales, pagares y demás efectos de comercio en los términos que disponen los relativos de este código, observándose lo que ordena el articulo 534 respecto a la firma del aceptante; las pólizas de seguros, conforme al artículo 441; la decisión de los peritos designados en los seguros para fijar el importe del siniestro, observándose lo prescrito en el articulo 420; las facturas, cuentas corrientes y cualesquiera otros contratos de comercio firmados y reconocidos judicialmente por el deudor.
Clases de Títulos ejecutivos:
- Documentos Públicos
- Documentos Privados
PROCEDENCIA DEL JUICIO EJECUTIVO
El juicio ejecutivo es un proceso especial, generalmente sumario, que se inicia con el embargo de bienes, cuyo objeto es el cobro de créditos que constan en un título ejecutivo. Puede ser civil o mercantil. En consecuencia, el título ejecutivo es aquel al que la ley le confiere la presunción juris tantum de la existencia de un crédito y de un deudor, así como la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo y la casi inmediata ejecución.
Respecto a la naturaleza jurídica, podemos decir que el juicio ejecutivo civil es un proceso plenario, ya que no revierte en un juicio plenario posterior, no tiene limitación en cuanto a las excepciones
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