Titulos Valores
Enviado por tanya05 • 23 de Mayo de 2013 • 5.170 Palabras (21 Páginas) • 297 Visitas
TITULOS VALORES
GENERALIDADES
Los títulos de crédito son una institución que se incorpora
tardíamente a la ciencia del Derecho, pues su
funcionamiento no es concebible sino en una economía de
cierto desarrollo. Estos constituyen el mecanismo jurídico
destinado a resolver de manera simple y segura los
problemas propios de la circulación de los derechos.
Si se examina el diverso contenido del título, fácilmente se
llega a la conclusión de que es más adecuado usar las
expresiones papel valor o título valor por ser estas más
comprensivas que la de título de crédito
Los títulos de crédito son una especie dentro del género de documentos, por lo que puede decirse
que todo titulo de crédito es un documento, pero no todo documento es titulo de crédito. En los
títulos de crédito, el documento es condición necesaria y suficiente para atribuir el derecho. La
doctrina conoce con el nombre de incorporación, la relación existente en los títulos de crédito entre
el derecho y el documento. El derecho consignado en el titulo es autónomo, lo que quiere decir
que cada uno de los tenedores del documento tiene un derecho propio, independiente de los
anteriores tenedores. Los títulos de crédito están destinados a circular, por lo que este debe, ser
un elemento de suma importancia
TERMINOLOGÍA
Messineo prefiere la utilización de la expresión papel valor y explica que papel alude al documento
y valor al diverso derecho, siempre de contenido patrimonial, que puede contenerse en el,
agregando que papel por otra parte, es más cercano que titulo.
Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y
las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y
obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o trasmisión de
títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el
articulo 2o., Cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del titulo, y por la ley que
corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.
Los actos y las operaciones a que se refiere lo anterior, se rigen:
I.- por lo dispuesto en el Código de Comercio, y en las demás leyes especiales, relativas; en su
defecto;
II.- por la legislación mercantil general, en su defecto;
III.- por los usos bancarios y mercantiles y, en defecto de estos; y
IV.- por el derecho común, declarándose aplicable, para los fines de esta ley, el código civil.
CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES
A. Por la forma de creación de los títulos son singulares y en serie (seriales o de masa).
1. Los primeros se caracterizan por su individualidad. (Son aquellos que son creados uno
solo en cada acto de creación.) Ejemplos: Letra de cambio, Cheque, Pagare.
2. Los segundos, llamados igualmente títulos en masa, se distinguen por su fungibilidad.
Teniendo todos las mismas características, son intercambiables y corresponden todos al
mismo negocio. (O sea cuando varios títulos derivan de una misma operación y son
destinados a una pluralidad de adquirentes) Ejemplos: Acciones, Bonos u obligaciones
negociables constituyen el caso típico de títulos emitidos en serie.
B. Por el sujeto que los crea, los títulos son públicos o privados. En el primer grupo entran los
títulos de deuda pública o los títulos emitidos por las diversas personas de derecho público. Al
segundo grupo corresponden los creados por las personas de derecho privado.
C. Por el objeto del derecho incorporado, esto es, en el derecho incorporado en el titulo de crédito,
los títulos valores son personales, reales y obligacionales.
1. Los títulos personales representan la participación del titular en una sociedad, razón por
la cual también se les llama títulos de participación o corporativos. (Son aquellos cuyo objeto
principal no es un derecho de crédito, sino la facultad de atribuir a su tenedor una calidad
personal de miembros de una corporación.) Ejemplo: Acción
2. Los títulos reales confieren al poseedor legítimo un derecho real sobre una cosa. Estos
títulos también reciben el nombre de títulos representativos de mercancías, para indicar que
las cosas a las cuales se refieren se encuentran incorporadas en los títulos. Son aquellos
cuyo objeto principal no consiste en un derecho de crédito, sino en un derecho real sobre la
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