Transcripción De CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO
Enviado por ssvt • 17 de Diciembre de 2014 • 1.475 Palabras (6 Páginas) • 304 Visitas
Transcripción de CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO
Código de Ética Profesional del Contador Público (Perú)
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO
Campo de Profesión
GLOSARIO
COMPARACIÓN
Es la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar frente a la sociedad en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.
ÉTICA
Conjunto de principios éticos asumidos voluntariamente por quienes ejerzan una determinada profesión.
ÉTICA PROFESIONAL
CÓDIGO
Es un cuerpo de leyes que forma un sistema completo de normatividad sobre alguna materia.
Es aquel que fija normas que regulan los comportamientos de las personas dentro de una empresa u organización, el código de ética supone una normativa interna de cumplimiento
obligatorio.
CÓDIGO DE ÉTICA
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
Estudia los deberes y los derechos de los profesionales en el cumplimiento de sus actividades laborales.
Son aquellos reconocidos por leyes de la República, tienen entre sus funciones la emisión y la vigilancia de las normas que
rijan a los profesionales colegiados en el ejercicio
de su actividad.
COLEGIOS PROFESIONALES
1. INTEGRIDAD
Impone la obligación de ser justo y honesto en sus relaciones profesionales.
Ser probo e intachable en todos sus actos.
2. OBJETIVIDAD
Independencia en su manera de pensar y sentir, manteniendo sus posiciones sin admitir la intervención de terceros (favoritismo)
3. COMPETENCIA PROFESIONAL Y DEBIDO CUIDADO
Requiere de conocimientos actualizados y de un entendimiento adecuado a las técnicas y normas profesionales.
4. CONFIDENCIALIDAD
5. COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
Cumplir con las leyes y reglamentos.
Ser honesto, sincero y debe colaborar con sus Colegas u otras personas en la difusión de los conocimientos.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA ÉTICA PROFESIONAL
Respetar la confidencialidad de la información obtenida, y no debe revelar la información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.
ALCANCE Y APLICACIÓN
NORMAS GENERALES DE ÉTICA
El Código regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia. Asimismo, norma las relaciones profesionales del Contador Público Colegiado con sus colegas de profesión.
En el ejercicio profesional
Actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las normas del Código de ética en todos sus actos.
El Contador Público Colegiado independiente o dependiente, asumirá la responsabilidad profesional en relación a sus informes, dictámenes, declaraciones juradas, etc., que estén refrendados por él.
Cuando un Contador Público Colegiado acepte un cargo incompatible con el ejercicio independiente de la profesión
Deberá dejar en suspenso sus actividades profesionales en tanto dure la incompatibilidad
1. Transgredan el Estatuto y Reglamentos Institucionales;
2. No informen al Comité de Ética Profesional sobre procesos administrativos y procesos penales que tuvieran en curso y/o sanciones administrativas y penales consentidas vigentes;
3. Cuando se utilice indebidamente los recursos y no salvaguarde adecuadamente el patrimonio del Colegio.
Ningún Contador Público Colegiado podrá retener libros ni documentación contable de sus clientes, por tratarse de una apropiación indebida.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Ningún Contador Público Colegiado podrá beneficiarse haciendo uso de la información que obtenga en el ejercicio de la profesión, ni podrá comunicar dicha información a otras personas que pudieran
obtener provecho de la
misma.
SECRETO PROFESIONAL
La labor del Contador Público Colegiado como Perito Contable Judicial debe ser objetiva e imparcial, y su actuación debe ser mesurada frente a la intervención de
otros colegas.
INDEPENDENCIA DE CRITERIO
El Contador Público Colegiado deberá abstenerse en forma absoluta de formular opiniones, comentarios o juicios negativos sobre la intervención profesional o idoneidad de otro
colega.
RELACIÓN CON OTROS COLEGAS
ACTIVIDADES PROFESIONALES EJERCIDAS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
Deberá fomentar la conciencia tributaria de su empleador y, mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas del servicio profesional que presta.
En Ejercicio de docencia en alguna institución educativa, deberá impartir enseñanza técnica, científica y fundamentalmente humanista.
ACTIVIDADES PROFESIONALES EJERCIDAS EN FORMA INDEPENDIENTE
No expresará su opinión profesional sobre los EE.FF o información financiera complementaria.
El dictamen, informe u opinión debe expresar claramente su opinión profesional sobre el particular.
No podrá realizar ningún tipo de trabajo de auditoría o peritaje contable en las empresas en que haya trabajado como contador, sino después de dos años.
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y ANUNCIO DE SERVICIOS PROFESIONALES
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA
Se determinara con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios (labores o funciones a realizar, la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa y otros)
ANUNCIO DE
SERVICIOS PROFESIONALES
En ejercicio de docencia universitaria no podrá efectuar anuncios de servicios profesionales para la enseñanza.
Esta prohibida la utilización de los nombres, siglas, logos o símbolos de los Colegios de Contadores Públicos para publicidad de los servicios profesionales.
Se atenta contra la ética profesional en la oferta de servicios o solicitudes de trabajo que efectúe el Contador Público Colegiado, en los casos:
En el envío de cartas o curriculas a empresas ofreciendo sus servicios, sin que ellos le fueran requeridos,
En la distribución de volantes,
En la contratación de comisionistas o corredores.
En las
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