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Transparecia Fiscal


Enviado por   •  23 de Junio de 2013  •  752 Palabras (4 Páginas)  •  246 Visitas

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La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) en su reporte del año 1998 sobre competencia tributaria nociva, introdujo por primera vez los criterios que deben ser tomados en cuenta para calificar a un país como paraíso fiscal.

Hasta la reforma sufrida en octubre de 1999 con vigencia el primero de enero de 2001, la Ley de Impuesto Sobre la Renta Venezolana (LISLR) había sido eminentemente territorial, es decir el impuesto recaía sobre cualquier enriquecimiento de bienes situados en el país o de actividades realizadas en Venezuela, con independencia del domicilio o residencia del beneficiario de la renta.

Sin embargo, a partir de la fecha indicada, se incorpora el régimen de renta mundial bajo el cual se combinan el principio de territorialidad con el criterio de domicilio o residencia. La coexistencia de estos dos factores de conexión, se explica de la siguiente manera: a) Las personas domiciliadas o residentes en Venezuela y los establecimientos permanentes o bases fijas en la República Bolivariana de Venezuela de las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residentes en el extranjero, pagaran impuesto en Venezuela por sus rentas de cualquier origen; b) las personas no domiciliadas no residentes pagaran impuestos en el país únicamente por sus rentas de fuentes venezolanas.

Constituye un factor fundamental a efectos fiscales, el determinar si una persona natural o jurídica es residente o domiciliada o tiene un establecimiento permanente o base fija en el país a los efectos de conocer que elementos integraran la base sobre la cual pagara impuesto en Venezuela, en otras palabras, si deberá declarar en el país todas sus rentas independientemente del origen territorial o no de la renta.

En Venezuela la LISLR en su última reforma otorga en su artículo 194 a la Administración Tributaria facultad para designar mediante providencia administrativa las jurisdicciones que deben ser calificadas como Jurisdicciones de Baja Imposición fiscal (JBIF)

Ahora bien, a los efectos del presente análisis, conocer que territorios son JBIF para Venezuela es de vital importancia por las siguientes razones:

• El artículo 100 de la LISLR establece que están sujetos al régimen de Transparencia Fiscal Internacional los contribuyentes que posean inversiones efectuadas de manera directa, indirecta, o a través de interpuesta persona, en sucursales, personas jurídicas, bienes muebles o inmuebles, acciones, cuentas bancarias o de inversión y cualquier forma de participación en entes con o sin personalidad jurídica, fideicomisos, asociaciones en participación, fondos de inversión, así como en cualquier otra figura jurídica similar, creada o constituida de acuerdo con el derecho extranjero, ubicadas en JBIF.

Lo anterior se aplicara siempre que el contribuyente pueda decidir el momento de reparto de los dividendos o cuando tenga el control de la administración

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