Tutela
Enviado por susanaflowers • 24 de Agosto de 2014 • Tesis • 4.280 Palabras (18 Páginas) • 201 Visitas
1.- DESCRIBA LO QUE ENUNCIA LA LEY EN RELACION AL CONCEPTO DE PRATRIA POTESTAD
La patria potestad es considerado como el conjunto de derechos y obligaciones que la ley otorga a los padres sobre aquellos hijos menores no emancipados o que se encuentren incapacitados, Su objetivo es tutelar el sostenimiento y educación de los hijos.
Artículo 413.La patria potestad se ejerce sobre la persona y los bienes de los hijos. Su ejercicio queda sujeto en cuanto a la guarda y educación de los menores, a las modalidades que le impriman las resoluciones que se dicten, de acuerdo con la Ley sobre Previsión Social de la Delincuencia Infantil en el Distrito Federal.
2.- QUIENES SON LOS SUJETOS DE LA PATRIA POTESTAD.
Artículo 414.- La patria potestad sobre los hijos se ejerce por los padres. Cuando por cualquier circunstancia deje de ejercerla alguno de ellos, corresponderá su ejercicio al otro.
A falta de ambos padres o por cualquier otra circunstancia prevista en este ordenamiento, ejercerán la patria potestad sobre los menores, los ascendientes en segundo grado en el orden que determine el juez de lo familiar, tomando en cuenta las circunstancias del caso.3.-
3.-OBLIGACIONES DE LA PATRIA POTESTAD
Artículo 422.- A las personas que tienen al menor bajo su patria potestad o custodia incumbe la obligación de educarlo convenientemente.
Cuando llegue a conocimiento de los Consejos Locales de Tutela o de cualquier autoridad administrativa que dichas personas no cumplen con la obligación referida, lo avisarán al Ministerio Público para que promueva lo que corresponda.
Artículo 423.- Para los efectos del artículo anterior, quienes ejerzan la patria potestad o tengan menores bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la obligación de observar una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo.
La facultad de corregir no implica infligir al menor acto de fuerza que atenten contra su integridad física o psíquica en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 ter de este Código.
Educación de los menores
4.- CUANDO SE SUSPENDE Y SE EXTINGUE LA PATRIA POTESTAD
Artículo 443.- La patria potestad se acaba:
I. Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga;
II. Con la emancipación, derivada del matrimonio.
III. Por la mayor edad del hijo.
Artículo 444.- La patria potestad se pierde por resolución judicial:
I.- Cuando el que la ejerza sea condenado expresamente a la pérdida de ese derecho;
II. En los casos de divorcio, teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 283;
III. Cuando por las costumbres depravadas de los padres, malos tratamientos o abandono de sus
deberes, pudiere comprometerse la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos, aun cuando esos
hechos no cayeren bajo la sanción de la ley penal;
IV. Por la exposición que el padre o la madre hiciere de sus hijos, o porque los dejen abandonados por
más de seis meses.
V.- Cuando el que la ejerza sea condenado por la comisión de un delito doloso en el que la víctima
sea el menor; y
VI.- Cuando el que la ejerza sea condenado dos o más veces por delito grave.
Artículo 447.- La patria potestad se suspende:
I. Por incapacidad declarada judicialmente;
II. Por la ausencia declarada en forma;
III. Por sentencia condenatoria que imponga como pena esta suspensión.
La patria potestad se acaba;
• Con la muerte del que la ejerce, si no hay otra persona en quien recaiga;
• Con la emancipación, derivada del matrimonio;
• Por la mayor edad del hijo.
La patria potestad se pierde:
• Cuando el que la ejerza es condenado expresamente a la perdida de ese derecho, o cuando es condenado dos o mas veces por delitos graves;
• En algunos casos de divorcio variando según la legislación.
• Cuando por las costumbres depravadas de los padres, malos tratamientos o abandono de sus deberes, pudiere comprometerse la salud, la seguridad o la moralidad de los hijos, aun cuando esos hechos no cayeren bajo la sanción de la Ley penal;
• Por la exposición que el padre o la madre hicieren de sus hijos, o porque los dejen abandonados por mas de seis meses.
5.- DESCRIBE QUE ES LA CURATELA
La curatela es un sistema de protección y guarda de las siguientes personas y es la institución jurídica creada por el amparo de la persona y los bienes del mayor de edad incapacitado.
1. Los emancipados cuyos padres fallecieron o quedaren impedidos para el ejercicio de la asistencia prevenida en la ley.
2. Los que obtuvieron el beneficio de la mayoría de edad.
3. Los declarados pródigos.
4. Las personas a quienes la sentencia de incapacitación coloquen bajo esta forma de protección en atención a su grado de discernimiento.
La curatela no tendrá otro objeto que la intervención al curador en los actos que los menores o pródigos no puedan realizar por sí solos. esto es para los mayores de edad osea los ancianos que no se pueden habilitar por si solos.
6.- CUALES SON LAS FUNCIONES DEL CURADOR
Artículo 625.- El curador de todos los demás individuos sujetos a tutela será nombrado por el juez.
Artículo 626.- El curador está obligado:
I. A defender los derechos del incapacitado en juicio o fuera de él, exclusivamente en el caso de que
estén en oposición con los del tutor;
II. A vigilar la conducta del tutor y a poner en conocimiento del juez todo aquello que considere que
puede ser dañoso al incapacitado;
III. A dar aviso al juez para que se haga el nombramiento de tutor, cuando éste faltare o abandonare la
tutela;
IV. A cumplir las demás obligaciones que la ley le señale
La obligación principal del curador del incapaz será cuidar que recobre su capacidad, y a este objeto se han de aplicar con preferencia las rentas de sus bienes" (artículo 481)
Como algunas causas de interdicción pueden ser superadas con adecuados tratamientos médicos, es posible obtener la recuperación del enfermo, y a tal fin el curador deberá destinar todos sus esfuerzos personales y también económicos que resulten de la administración de los bienes del incapaz.[7]
Las funciones de la persona instituida como curador son las siguientes:
• 1. Protección al incapaz: entendida como los cuidados que se brindan al incapaz mayor de edad durante el periodo de incapacidad.
• 2. proveer en lo posible al restablecimiento del incapaz: implica tomar las medidas o decisiones pertinentes para lograr el restablecimiento
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