Violacion
Enviado por boanerges1978 • 9 de Julio de 2015 • 1.853 Palabras (8 Páginas) • 229 Visitas
Requisitos
Dado lo anterior, se tiene que el Artículo 33 citado anteriormente establece para cada registro o asiento contable, los siguientes requisitos:
Analíticos y registrados en plazo máximo de 5 días
Cada registro o asiento contable debe ser analítico y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad.
Integración cronológica, saldos y totales
Integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico en que éstos se efectúen, indicando el movimiento de cargo o abono que a cada una corresponda, así como integrarse los nombres de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo de registro inmediato anterior, el total del movimiento de cargo o abono a cada cuenta en el periodo y su saldo final.
Podrán llevarse libros diario y mayor por establecimientos o dependencias, por tipos de actividad o por cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberán existir los libros diario y mayor general en los que se concentren todas las operaciones del contribuyente.
Relación de folios asignados
Cada asiento o registro debe permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características, relacionándolas con los folios asignados a los comprobantes fiscales o con la documentación comprobatoria, para identificar:
• La forma de pago
• Las distintas contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo exentas
Inversiones
En caso de inversiones, cada registro o asiento contable debe permitir la identificación estas, relacionándolas con la documentación comprobatoria o con los comprobantes fiscales, de tal forma que pueda precisarse:
• La fecha de adquisición del bien o de efectuada la inversión
• Su descripción
• El monto original de la inversión
• El porcentaje e importe de su deducción anual
• La fecha de inicio de su deducción
Integración de saldos
Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas.
Estados financieros
Formular los siguientes estados:
• Estado de posición financiera (relacionado con las cuentas de cada operación)
• Estado de resultados
• Estado de variaciones en el capital contable
• Estado de origen y aplicación de recursos
• Balanzas de comprobación
• Incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos estados
Contribuciones a cancelar o devolver
Cada registro o asiento debe identificar las contribuciones que se deban cancelar o devolver, en virtud de devoluciones que se reciban y descuentos o bonificaciones que se otorguen conforme a las disposiciones fiscales.
Estímulos y subsidios
Cada registro o asiento debe comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales y de subsidios.
Bienes adquiridos o producidos
Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación o, en su caso, destrucción.
Idioma
Plasmarse en idioma español y consignar los valores en moneda nacional. Cuando la información de los comprobantes fiscales o de los datos y documentación que integran la contabilidad esté en idioma distinto al español, o los valores se consignen en moneda extranjera, deberán acompañarse de la traducción correspondiente y señalar el tipo de cambio utilizado por cada operación.
Centro de costos
Establecer por centro de costos, identificando las operaciones, actos o actividades de cada sucursal o establecimiento, incluyendo aquéllos que se localicen en el extranjero.
Detalles de la operación
Cada registro o asiento contable debe señalar:
• La fecha de realización de la operación, acto o actividad
• Su descripción o concepto
• La cantidad o unidad de medida en su caso
• La forma de pago de la operación, acto o actividad, especificando si fue:
• De contado
• A crédito
• A plazos
• En parcialidades
• El medio de pago o de extinción de dicha obligación
En operaciones a crédito, a plazos o en parcialidades, por cada pago o abono que se reciba o se realice, se debe registrar:
• El monto del pago, precisando si se efectúa:
• En efectivo
• Transferencia interbancaria de fondos
• Cheque nominativo para abono en cuenta
• Tarjeta de débito, crédito o de servicios
• Monedero electrónico
• Cualquier otro medio
• Cuando el pago se realice en especie o permuta, deberá indicarse:
• El tipo de bien o servicio otorgado como contraprestación
• Su valor
Depósitos y retiros
Permitir la identificación de los depósitos y retiros en las cuentas bancarias y conciliarse contra las operaciones realizadas y su documentación soporte, como son los estados de cuenta emitidos por las entidades financieras.
Inventarios
Los registros de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados, en los que se llevará el control sobre los mismos, deben permitir identificar:
• Cada unidad
• Tipo de mercancía o producto en proceso
• Fecha de adquisición o enajenación según se trate
• Amento o la disminución en dichos inventarios
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