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Época de Transición Democrática (1936)


Enviado por   •  1 de Octubre de 2015  •  Informe  •  6.475 Palabras (26 Páginas)  •  69 Visitas

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Época de Transición Democrática (1936)

   Para esta época, la concepción que se tenía sobre la evaluación que se realizaba a los alumnos se basaba en la medición de los conocimientos.

   Se promulga un reglamento que normaría la realización de exámenes parciales e integrales para la educación secundaria y normal.

   Los exámenes parciales eran realizados por el docente como parte de la evaluación continua y permanente en el proceso de enseñanza.

   Los exámenes integrales estaban a cargo de un jurado examinador que se designaba para cumplir tal función.

   Se mantuvieron en esta época los tres tipos de pruebas y el criterio de prelación.

   La calificación final se tomaba en cuenta las obtenidas de forma parcial. Si el promedio de estas notas parciales era igual o superior a 19 puntos el alumno era aprobado como eximido y no presentaba los exámenes finales.

Época del Trienio Octubrista (1945).

   Mediante el  decreto ejecutivo (Nº 321), las calificaciones, promociones y exámenes de la educación primaria, secundaria y normal se regularía la evaluación escolar que estaba cuestionada por tener vicios y defectos siendo asa sustituida por otro reglamento que corresponda a los adelantos pedagógicos.

   En esta época se acentúan las críticas al sistema de exámenes por cuanto éstos no son más que un medio para medir conocimientos. El reglamento propugna que la evaluación consista en una apreciación integral del rendimiento escolar.

   En la educación primaria se toma en cuenta la conducta, el rendimiento intelectual, el aseo, la puntualidad, la iniciativa, la sociabilidad y otros aspectos de la actividad escolar.  En educación secundaria, el sistema de evaluación establecía que el profesor debía entregar el proyecto de calificaciones de los alumnos, el informe de las actividades desarrolladas en el curso y el informe de las labores extra cátedra. Las calificaciones se conformaban bimestralmente y el alumno eximía a partir de los 15 puntos.

Época de la Década Militar (1948).

   En la época de la década militar 1948, se inicia una nueva ley de evaluación del rendimiento escolar, donde se aprecia que esta se realiza utilizando como métodos pruebas y observaciones de forma cotidiana, permitiendo estimar la personalidad y labor académica de los alumnos. Se crearon dos calificaciones de tipo periódicas a llevarse a cabo en los meses de febrero y junio usando una escala comprendida desde 01 hasta 100 puntos; de igual forma se instaura la ley de educación de 1955 la cual proyecta las pruebas como un acto cotidiano dentro del aula de clases, aquí  resurge la escala de valoración del 0 al 20 considerando como nota mínima para aprobar 10 puntos, en general permanece la evaluación como forma tradicional de medir saberes.

Época Democrática (1959 Hasta Nuestros Días).

   Durante el desarrollo de este período se suscitan tres aspectos de gran relevancia como lo son: La Reforma Educativa de 1970, La Ley Orgánica de Educación de 1980 y La Reforma Educativa en la Educación Básica de 1996. En la ley de los 70 se diseña la primera reforma de educación venezolana que comprende los niveles de educación preescolar, primaria, media diversificada y profesional, en ella la evaluación paso a formar a parte de la enseñanza-  aprendizaje resaltando su carácter integral, continua, acumulativa científica y cooperativa. También se generó cambio en la promoción de los estudiantes planteando la promoción automática desde primer hasta tercer grado siempre y cuando se cumpliera con el 75% de asistencia, otro rasgo aportado por esta ley fueron las pruebas de ubicación según la edad y la aplicación de pruebas extraordinarias para estudiantes de alto rendimiento.

   En la ley Orgánica de 1980 se establecen nuevos tipos de evaluación conocidas como diagnostica, formativa y sumativa las cuales se desarrollan en diferentes momentos del proceso educativo, así como también se ve la participación de los estudiantes al llevarse a cabo  autoevaluación y coevaluación. Los porcentajes de calificaciones son modificados a 70%  el acumulativo y 30% el final de lapso.

   Sin embargo la reforma de  educación básica de 1996 se centra en la evaluación cualitativa que fomenta el proceso de enseñanza aprendizaje como un ambiente para reflexionar, comprender y valorar; se elimina la escala numérica y se aborda la descripción de la actuación general del estudiante  tomando muy en cuenta las experiencias previas, el dialogo, el análisis, la participación y diversos criterios para llevar a cabo la evaluación; asimismo se ponen en práctica una nueva serie de instrumentos como el portafolio, diarios, registros anecdóticos entre otros, los cuales permiten registrar los rasgos más resaltantes de los alumnos en el momento exacto que esto ocurre. Se amplían los tipos de valuación denominándoseles: diagnóstica o exploratoria, la formativa o de procesos y la sumativa o de resultados.

   En definitiva a través de los años el sistema educativo venezolano ha recibido diversos aportes pedagógicos que han sido base fundamental para el desarrollo de la evaluación educativa en este País, cada una de las concepciones que estuvieron en boga durante cierto período de tiempo ya sea naturalista o cualitativo ha servido como experiencia para lograr concebir una evaluación, que en lugar de preocupar a los alumnos por obtener cierto valor numérico y de esta forma medir el conocimiento que ellos adquirían, le permite participar y reflexionar como actor primordial del escenario académico en el que va construir su propia valoración. Por ello mientras se sigan generando innovaciones en el ámbito educativo seguirá creciendo el sustento histórico de la evaluación en Venezuela.

Reglamento de la ley orgánica de educación de 1980 en cuanto a la evaluación. Cap. V.

Capítulo III
De la Evaluación

   Artículo 63. La evaluación como parte del proceso educativo, será continua, integral y cooperativa. Determinará de modo sistemático en qué medida se han logrado los objetivos educacionales indicados en la presente ley; deberá apreciar y registrar de manera permanente mediante procedimientos apropiados, el rendimiento del educando, toman do en cuenta los factores que integran su personalidad, valorar asimismo la actuación del educador y, en general, todos los elementos que constituyen dicho proceso.

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