ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL..
Enviado por Paulina LR • 30 de Octubre de 2016 • Trabajo • 5.493 Palabras (22 Páginas) • 390 Visitas
QUEJOSO:MARTHA SOPHIA ELIZONDO RAMIREZ
AMPARO INDIRECTO
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN MATERIA
ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.
P R E S E N T E.
MARTHA SOFIA ELIZONDO RAMIREZ , por mi propio derecho y en representación de la empresa MARTHA SOPHIA S.A. DE C.V., personalidad que acredito con el acta constitutiva de la denominada empresa MARTHA SOPHIA S.A. DE C.V., TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PUBLICA No. 74,730 LEVANTADA ANTE LA FE DEL NOTARIO PUBLICO 63, Dr. OTHON PEREZ FERNANDEZ DEL CASTILLO, documento que exhibo en original y copia para que previo cotejo con su original me sea devuelto por así convenir a mis intereses; y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA BAJA CALIFORNIA 245, DESPACHO 1004, COLONIA HIPODROMO CONDESA, DELEGACION CUAUHTEMOC, C.P. 15400 MEXICO D.F. en esta ciudad y autorizando para oírlas en mi nombre, en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a los CCs. Licenciados JOSEFINA HERNÁNDEZ URBINA, JOSE MARTIN FLORES PACHECO, ROCIO CONCEPCION GONZALEZ SALAZAR, con cédula profesional número _______ , ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que vengo a solicitar el amparo y protección de la justicia Federal en contra de los actos reclamados que preciso en este escrito, procedentes de las autoridades responsables a que me referiré.
A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:
- Nombre y domicilio del quejoso. YA HAN QUEDADO EXPRESADOS.
- Nombre y domicilio del tercero perjudicado. NO HAY TERCERO PERJUDICADO.
III. 1 ) Autoridades ordenadoras.
- SERGIO FONTES GRANADOS, JOSE ERICK CARMONA HERNÁNDEZ Y TITO ARISTIDES CRUZ ALVARADO, COMO DIRECTORES GENERALES DE JURIDICO Y GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN XOCHIMILCO, con domicilio en CALLE GLADIOLAS NUMERO 161, BO.SAN PEDRO, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16090;
- SUBDIRECTOR DE VERIFICACION Y REGLAMENTOS DE LA DELEGACION DE DISTRITO FEDERAL EN XOCHIMILCO, con domicilio en CALLE GLADIOLAS NUMERO 161, BO.SAN PEDRO, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16090;
- JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE CLAUSURA Y SANCIONES DE LA DELEGACION DE DISTRITO FEDERAL EN XOCHIMILCO, , con domicilio en CALLE GLADIOLAS NUMERO 161, BO.SAN PEDRO, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16090.
2 ) Autoridades ejecutoras.
MONICA MONTER TOLENTINO, PERSONAL ESPECIALIZADO EN FUNCIONES DE VERIFICACION, con domicilio en CALLE GLADIOLAS NUMERO 161, BO.SAN PEDRO, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16090.
IV. Actos reclamados.
- LA NOTIFICACION DE LA ORDEN DE VISITA DE VERIFICACION PARA ESTABLECIMIENTO MERCANTIL DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2011, CON NUMERO DE FOLIO E-160915-2011, DE LA CUAL BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE TUVE CONOCIMIENTO DE ELLA EN FECHA 27 DE ABRIL DE 2012, NOTIFICACION QUE NO CUMPLE CON LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES 14 Y 16 PUESTO QUE NO SE RESPETAN LA FORMALIDADES ESCENCIALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, VIOLENTANDO LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD TALES COMO LAS MARCADAS EN EL ARTICULO 80 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL.
- LA ORDEN DE VISITA DE VERIFICACION PARA ESTABLECIMIENTO MERCANTIL DE FECHA 25 DE NOVIEMBRE DE 2011, CON NUMERO DE FOLIO E-160915-2011, DE LA CUAL BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE TUVE CONOCIMIENTO DE ELLA EN FECHA 27 DE ABRIL DE 2012, ORDEN DE VISITA QUE NO CUMPLE CON LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES 14 Y 16 PUESTO QUE NO SE RESPETAN LA FORMALIDADES ESCENCIALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, VIOLENTANDO LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD TALES COMO LOS MARCADOS EN EL ARTICULO 18 DEL REGLAMENTO DE VERIFICACION ADMINISTRTIVA.
- EL ACTA DE VISITA DE VERIFICACION PARA ESTABLECIMIENTO MERCANTIL, QUE SE ENCUENTRA EN EL EXPEDIENTE CON NUMERO E-160915-2011 HECHA POR EL PERSONAL ESPECIALIZADO EN FUNCIONES DE VERIFICACION DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2011, SUSCRITA POR LA C. MONICA MONTER TOLENTINO REALIZADA AL INMUEBLE UBICADO EN CERRADA NIÑOS HEROES SIN NUMERO VISIBLE EN CONTRA ESQUINA DEL NO. 31-F PUEBLO SANTA MARIA TEPEPAN, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16020, DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE; PUES CONSTITUYE UN ACTO ADMINISTRATIVO ILEGAL, DADO QUE NO CUMPLE CON LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES 14 Y 16 PUESTO QUE NO SE RESPETAN LA FORMALIDADES ESCENCIALES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO VIOLENTANDO LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD TALES COMO LAS MARCADAS EN EL ARTICULO 99 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, Y DE LA CUAL BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD TUVE CONOCIMIENTO EN FECHA 27 DE ABRIL DE 2012.
V. Preceptos constitucionales que contienen garantías individuales violadas. ARTÍCULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES.
VI. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, MANIFIESTO QUE CONSTITUYEN ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO Y FUNDAMENTOS DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES:
- Que la suscrita constituí conforme a derecho la sociedad denominada MARTHA SOPHIA, S.A. DE C.V., lo que acredito en términos de la escritura notarial numero 74,730, ante el notario público DR. OTHON PEREZ FERNANDES DEL CASTILLO, NOTARIO PUBLICO NUMERO 67 DEL D.F.
- Es el caso que la suscrita constantemente desarrollo mi trabajo fuera de mi domicilio en razón de encargarme de buscar clientes.
- Que en fecha 27 de Abril del año en curso tuve conocimiento de los actos reclamados toda vez que llego a mi domicilio la notificación motivo de la presente demanda de garantías marcada con el numero 1 de los actos reclamados de la autoridad responsable, por lo que acudí a pedir informes sobre la veracidad de dicho documento en la dirección que aparece en la parte inferior de la notificación siendo esta CALLE GLADIOLAS NO. 161, BARRIO SAN PEDRO, DELEGACION XOCHIMILCO, C.P. 16090, siendo este el domicilio de DELEGACION DE XOCHIMILCO en donde en ventanilla de informes me enviaron a LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE CALIFICACION DE INFRACCIONES.
- Que una vez que estuve en el domicilio que aparece en la notificación me entere que supuestamente se nos había notificado en fecha 01 de diciembre de 2011 una orden de visita con numero E-160915-2011, hecho que es totalmente falso puesto que en ningún motivo se recibió dicha notificación en la fecha que se indica ya que jamás acudieron a nuestro domicilio a llevarla.
VII. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.
PRIMERO:
Causa agravio de difícil reparación en contra de la suscrita de forma personal y directa el acto que por esta vía se reclama en razón de lo siguiente:
...