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Ley Ambiental Del Distrito Federal


Enviado por   •  8 de Abril de 2015  •  2.059 Palabras (9 Páginas)  •  251 Visitas

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Título Primero «Disposiciones Generales»

La presente ley es de orden público e interés general y social, con bases de la política urbana, regulación de su ordenamiento, crecimiento urbano y desarrollo sustentable.

CONCEPTOS

Administración Pública: Conjunto de dependencias, órganos y entidades que componen la Administración Centralizada Desconcertada y Paraestatal.

Áreas de Gestión Estratégica: Instrumento de planeación y ordenamiento territorial del desarrollo urbano-ambiental.

Equipamiento Urbano: Inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario urbano que presta servicios públicos, administrativos, educativos, entre otros.

Impacto Urbano: Influencia o alteración que causa una obra pública o privada en el entorno.

Mobiliario Urbano: Elementos complementarios al equipamiento urbano en vía o espacios públicos.

Norma de Ordenación: Aquellas que regulan la intensidad, ocupación y aprovechamiento del suelo y el espacio urbano.

Título Segundo «De la Competencia»

Capítulo Primero «De las autoridades en materia de desarrollo urbano»

Asamblea: Legislar, particularmente en uso de suelo; aprobar los programas

Jefe de Gobierno: Planeación, organización, administración, control y operaciones referidas a obras que presten servicios públicos; promover y facilitar la participación ciudadana.

Secretaria: Aplicar la Ley; realizar proyectos de Programas; promover la participación ciudadana.

Jefes Delegacionales: Participar en la elaboración y modificación de los proyectos de Programas, vigilar su cumplimiento, expedir licencias y permisos, aplicar sanciones, etc.

Capítulo Segundo «De los Órganos Auxiliares del Desarrollo Urbano»

Consejo para el Desarrollo Urbano Sustentable

Comisión Mixta de Mobiliario Urbano

Comisión de Nomenclatura del DF, entre otras.

Título Tercero «De la Planeación del Desarrollo Urbano»

Capítulo Primero «Disposiciones Generales»

Será congruente a los Planes y Programas correspondientes.

Capítulo Segundo «Instrumentos de Planeación y Ordenamiento del Desarrollo Urbano»

Programa Gral. De Desarrollo Urbano; Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano; Programas Parciales de Desarrollo Urbano; Áreas de Gestión Estratégica y Normas de Ordenación.

Capítulo Tercero «De los Programas»

Serán formulados por el Jefe de Gobierno y sometidos a la aprobación de la Asamblea. Formulados en base al Sistema de Información y Evaluación del Desarrollo Urbano.

Los Programas contendrán por lo menos:

Fundamento y motivos

Diagnóstico – Pronóstico

Imagen objetivo

Estrategia general y particularizada

Ordenamiento del Territorio

Acciones estratégicas y autoridades corresponsables

Información gráfica y estratégica

Procedimiento de la Formulación y la aprobación; la modificación; modificaciones de uso de suelo.

Capítulo Cuarto «De las Áreas Estratégicas»

Serán formulados por el Jefe de Gobierno y sometidos a la aprobación de la Asamblea.

Capítulo Quinto «De las Normas de Ordenación»

Establecerán las especificaciones para los usos y aprovechamiento del suelo.

Título cuarto «del ordenamiento territorial»

Capítulo Primero «Disposiciones Generales»

El ordenamiento territorial comprende el conjunto de disposiciones que tienen por objeto establecer la relación entre la

Zonificación y los usos, destinos y reservas del suelo del Distrito Federal, los asentamientos humanos, las actividades de los habitantes y las normas de ordenación.

Capítulo segundo «del suelo y de la zonificación»

El reglamento establecerá el número, objeto y denominación de las áreas de actuación, entre las cuales se encontrarán:

I. En suelo urbano:

a) Áreas con potencial de desarrollo;

b) Áreas con potencial de mejoramiento;

c) Áreas con potencial de reciclamiento;

d) Áreas de conservación patrimonial; y

e) Áreas de integración metropolitana;

II. En suelo de conservación:

a) Áreas de rescate ecológico;

b) Áreas de preservación ecológica;

c) Áreas de producción rural y agroindustrial;

d) Áreas de transición;

e) Áreas de conservación patrimonial; y

f) Las determinadas en el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal

Capítulo tercero «de las construcciones y equipamiento urbano»

La regulación del equipamiento urbano se referirá al conjunto de inmuebles, así como de las instalaciones, construcciones y mobiliario, utilizados para prestar a la población los servicios urbanos y desarrollar las actividades económicas y sociales.

Capítulo cuarto «de la validación técnica de las construcciones»

Los Directores Responsables de Obra y Corresponsables son las personas físicas registradas y autorizadas por la Secretaría para formular, supervisar y ejecutar proyectos previstos en esta Ley, sus reglamentos, los instrumentos de planeación y demás normativa aplicable. Son responsables de la observancia de las disposiciones establecidas en los ordenamientos antes citados, en el acto en que otorgan la responsiva relativa al ámbito de su intervención profesional.

Los profesionales respectivos de los diferentes campos, deberán identificar los diseños de su autoría con su nombre y firma. Los Directores Responsables de Obra y Corresponsables, reconocerán al autor o autores de los diversos diseños involucrados en un proyecto determinado.

Capítulo quinto «de la vía pública y la infraestructura urbana»

La Secretaría, en coordinación con las autoridades competentes, determinará:

I. El proyecto de red de vías públicas;

II. Los derechos de vía;

III. Las limitaciones de uso de la vía pública;

IV. Las especificaciones para modificar definitiva o temporalmente la vía pública; y

V. La conveniencia y forma de penetración al territorio del Distrito Federal, de vías de comunicación, oleoductos, gasoductos, acueductos, redes de energía eléctrica y en general de toda clase de redes de transportación y distribución.

Capítulo sexto « De la Fusión, Subdivisión y Re lotificación de Predios »

Podrá autorizarse la relotificación cuando:

I. Se trate de mejoramiento urbano;

II. Lo soliciten quienes intervengan en un sistema o polígono de actuación;

III. Se rectifiquen los linderos de dos o más predios colindantes; y

IV. En cualquier otro caso que determine el

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