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Aspecto Historico Derecho Civil


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  944 Palabras (4 Páginas)  •  637 Visitas

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Aspectos Históricos del Derecho Civil.

El hoy llamado Derecho Civil, tiene sus orígenes en las costumbres y reglas del Derecho Romano comprendido en el IUS CIVILE (normas que regulaban las relaciones entre los ciudadanos de la civitas romana) y en el IUS GENTIUM (normas que regulaban las relaciones entre los ciudadanos de roma con los extranjeros o pobladores de otras latitudes).Con la expansión del imperio romano se extienden sus leyes a todos los pueblos conquistados; incluso, en la caída del imperio romano, los pueblos conquistadores de roma adoptan sus leyes por éstas estar más desarrolladas que las propias. A esto siguió un período (edad media) en que cada nación procuró sus leyes nacionales (siempre inspiradas en el derecho romano) haciéndolas particulares y adecuadas a sus condiciones socio-políticas. Fue Justiniano quien unifica los dos derechos público y privado en un mismo código que contiene incluso aquellas normativas que imponía la Iglesia a través del Derecho Canónico. Poco a poco, con la transformación de las realidades en los diferentes contextos políticos y sociales, se ha ido revisando estas normas, se ha separado el Derecho Público o administrativo del

Derecho Privado; incluso se ha separado atendiendo a los progresos económicos, mercantiles, militares, Tecnológicos, entre otros.

Derecho Civil en Venezuela.

Nuestro Derecho Civil pertenece al grupo del «Civil Law» o «Derecho Continental», «Grupo Romano» o «Grupo Francés».

El primer Código civil se pone en vigencia cuando la presidencia del General Páez enel año de 1861, este Código tiene una inspiración en el Código de Andrés Bello. El segundo Código Civil es el de 1867, este fue una copia del Código Civil del célebre Español García Gayena. El tercer Código Civil fue el de 1896, este trae una serie de nuevas disposiciones sobre el Derecho de Familia, facilitando la celebración del matrimonio. Sigue el Código Civil de 1904 a principios de este siglo, también tienen algunas reformas y modificaciones que fueron consideradas retrasadas, pero que representaron algunos avances como por ejemplo: se consagra por primera vez la institución del Divorcio en materia de Derecho de Familia en Venezuela. El quinto Código Civil fue en 1916, tiene una serie de modificaciones de carácter inconveniente en cuanto a la inquisición de paternidad ilegitima. En el Código Civil de 1922 se eliminan algunas trabas para la inquisición de la paternidad ilegitima, se establecen algunos adelantos y algunas reformas en materia de arrendamiento y venta. El código Civil de 1942 que es el que nos rige parcialmente en la actualidad, introdujo una serie de reformas convenientes, se estableció la comunidad concubinaria que es una regla de Derecho que permite a la mujer que había vivido en concubinato prolongado, solicitar derechos patrimoniales de su concubino. Se hicieron algunas reformas en materia de obligaciones, se destacó la llamada tutela del Estado para los menores abandonados. El Código Civil de 1942 duró 40 años en vigencia y fue derogado parcialmente por el Código Civil que nos

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