CASO DE ROBO
Enviado por sabidokarla • 10 de Agosto de 2014 • 1.837 Palabras (8 Páginas) • 1.143 Visitas
OBJETIVO ESPECÍFICO
El estudiante conocerá la existencia de un delito ante una autoridad y sabrá que herramientas podrá usar para su adecuada aplicación ante la pena.
INTRODUCCIÓN.
Desde hace algunos años, nuestro sistema de justicia penal ha sido objeto de un Intenso diálogo nacional que ha logrado crear una conciencia generalizada sobre la gravedad y consecuencias de los desaciertos e insuficiencias de todo lo que abarca nuestro marco de procuración y administración de justicia. Este debate nacional tuvo tal repercusión, que terminó proyectándose en una profunda reforma constitucional que modifica de base la estructura del proceso penal y su fase previa, la investigación del delito. Concretamente, el 18 de junio de 2008, se publicaba en el Diario Oficial de la Federación el comienzo de un camino sin retorno hacia el establecimiento de un sistema de justicia penal acusatorio, que deja atrás otro genuinamente inquisitivo y que, con urgencia, viene a dar respuesta a la demanda ciudadana de establecer un sistema de procuración, administración e impartición de justicia propio de una sociedad evolucionada no solo en el contexto de los derechos humanos, sino también en materia de prevención, investigación y persecución del delito.
CASO PRÁCTICO.
El día 14 de Octubre de 2012 aproximadamente a las 08:40 horas, el testigo LUIS GUILLERMO JULIÁN VELÁZQUEZ encontrándose realizando funciones propias de su encargo al estar específicamente en la línea de cajas por la caja 6, observa que un sujeto del sexo masculino, quien responde al nombre de JORGE FERNANDO ARELLANO MARTÍNEZ se para por la caja 4, procede a guardarse a la altura de la cintura y por delante dos empaques de carne y se las cubre con la playera, después sale por la mencionada caja por lo que el de la voz, al ver que enfila para la puerta de salida, procede a seguirlo hasta al acceso B. Sujeto que sale por la mencionada y después de haber avanzado como un metro el de la voz le cierra el paso y le preguntó si no se le había olvidado pagar algo, a lo que este sujeto le dijo que no, motivo por el cual se le pide que pase al interior de la tienda. Se lo lleva hasta la caja 24 y le ordenó que se levantara la playera, motivo por el cual el sujeto al verse descubierto no tuvo más remedio que levantarse la playera, se saca los empaques de carne que mantenía a la altura del estómago sostenido entre el estómago y el pantalón, por lo que pide apoyo a un policía bancario industrial del lugar, del cual no sabe cómo se llama, posteriormente le informa a sus superiores, los cuales piden el apoyo a la policía de investigación, llegando al lugar una patrulla con dos policías de investigación a bordo a los cuales se les explica los que había sucedido, haciéndoles entrega del inculpado JORGE FERNANDO ARELLANO MARTÍNEZ; asimismo se les entregó la mercancía materia del robo, siendo dos empaques de carne de res corte sirlon uno con 580 gramos con valor de $51.62 y otro con 460 gramos con un valor de $40.94, formulando querella por el delito de ROBO en agravio de NUEVA WALMART DE MÉXICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE; lesionando de esta manera el bien jurídico tutelado por la ley como lo es el patrimonio del hoy agraviado NUEVA WALMART DE MÉXICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.
DESARROLLO
PUNTOS A IDENTIFICAR:
• La conducta típica antijurídica y culpable.
• El sujeto activo.
• El sujeto pasivo.
• El objeto jurídico.
• El objeto material.
• Elementos normativos.
• Elementos subjetivos del injusto.
CONDUCTA TIPICA ANTIJURIDICA Y CULPABLE:
La conducta en la teoría del delito es importante, ya que debido a la actividad Humana y a los movimientos voluntarios y no voluntarios del ser humano es como se dan las conductas ilícitas reprochables en la sociedad.
Se entiende por conducta típica el hecho conducta escrita o descrita por la ley penal, es un requisito para establecer que una actividad se constituye en delito. Si una actividad no está escrita, sencillamente no se puede considerar delito, por eso los delitos se describen como conducta típica, antijurídica y culpable.
Por lo tanto en la situación presentada anteriormente, se entiende que se trata del delito de robo, mismo que se encuentra en el código penal del distrito federal. Siendo que el delito de robo va en contra del derecho es que se considera antijurídica y culpable porque aun conociendo las consecuencias decide llevar a cabo dicha acción.
SUJETOS DEL DELITO:
Sujeto activo es la persona física que puede cometer un ilícito penal. Una persona jurídica no puede ser sujeto activo de un delito.
Sujeto pasivo es aquella persona que sufre el delito. Se suele dividir en dos, sujeto pasivo impersonal y sujeto pasivo personal.
Sujeto pasivo impersonal: la víctima del delito es una persona moral o jurídica. Por ejemplo: el robo a una sociedad anónima.
Sujeto pasivo personal: la víctima del delito es una persona física. Por ejemplo: la víctima de homicidio.
Teniendo en cuenta estos datos se deduce lo siguiente en relación con el caso descrito con anterioridad:
Sujeto activo Sujeto pasivo
Jorge Fernando Arellano Martínez, como en las definiciones se menciona, es la persona que comete el delito, en este caso el robo Impersonal ya que se tratare de una persona moral. La llamada NUEVA WALMART DE MÉXICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, sufre la acción ilícita.
OBJETO DEL DELITO:
El objeto del delito es aquella persona, cosa o interés que es protegido por las leyes penales y es en base a este que se clasificaran los delitos. Dentro del objeto del delito encontramos el objeto material y el objeto jurídico.
En La Enciclopedia Universal Ilustrada Europea- señala que en sentido general se entiende por objeto: “Todo aquello que se percibe por medio de los sentidos, o acerca
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