Clases de tutela
Enviado por honoriGHRFTT • 1 de Julio de 2013 • Trabajo • 1.058 Palabras (5 Páginas) • 273 Visitas
Tutela
Es la responsabilidad de cuidar a la persona y administrar los bienes de quienes no tienen capacidad para cuidarse a sí mismos, ni tienen a nadie que ejerza sobre ellos la patria potestad; o la responsabilidad de administrar los bienes de quienes por ser pródigos o ebrios habituales no pueden administrarlos.
Clases de tutela
Existen diversos tipos de tutela, las cuales son:
La Tutela ordinaria de menores:
Es una institución creada por la ley e integrada por tres órganos (El Consejo de tutela, el Tutor y el Protutor) cada uno con atribuciones especificas para proveer el cuidado y protección de los menores sometidos a patria potestad o no emancipados.
La Tutela de mayores:
a) Tutela de entredichos dedicada aquellas personas mayores de edad que han sido declaradas entredichas por una interdicción judicial.
b) La Tutela de aquellas personas por condena o pena, por una interdicción legal.
Tutela testamentaria
Los padres, en ejercicio de las facultades que le concede la patria potestad, pueden designar tutor para sus hijos, para que ejerza este cargo después de su fallecimiento; tal designación puede hacerla cada uno de los padres, en su testamento o en escritura pública.
Si cada uno de ellos, en actos separados, ha designado tutor, se nombrará como tal, al elegido por el progenitor que ha muerto en último término.
Tutela Legal
Si los padres no hubiesen elegido tutor, o el designado no fuera confirmado por el juez, o posteriormente falleciera o fuera removido del cargo, el juez deberá nombrar a alguno de los parientes, o sea, los abuelos, tíos, hermanos o medio hermanos del menor, sin distinción de sexos.
Obviamente, entre estos parientes, el juez elegirá al que resulte más idóneo para atender al menor y a sus intereses económicos.
Tutela Dativa
Si no existe ninguno de los parientes o si el juez encuentra que ninguno de ellos es idóneo para ejercer el cargo, será él quien directamente designará el tutor.
El juez no podrá nombrar a los que fueren deudores, acreedores o socios suyos, ni a sus parientes dentro del cuarto grado, ni a sus amigos íntimos, ni a los parientes de éstos hasta el cuarto grado, ni tampoco a las personas que tuviesen algunas de esas vinculaciones con otros miembros de los tribunales de la misma jurisdicción donde actúa el juez que hace el nombramiento.
Tutela especial.
Esta tutela se establece para un acto o un negocio especialmente determinado. Es así que se designará tutor especial al menor, aún estando bajo patria potestad, cuando sus intereses estén en oposición con los de sus padres o al menor que tiene tutor, cuando sus intereses económicos están opuestos a los del tutor, o a los de otro pupilo de su tutor.
Cuando el tutor es designado para actuar en juicio en representación del menor, toma el nombre de tutor ad litem.
Nombramiento de tutor
Para el nombramiento del tutor se tiene que acudir ante un Juez de Protección. El Tribunal solo nombrará tutor después de considerar toda la prueba y los mejores intereses de la persona que habrá de someterse a tutela. A los fines de determinar quién debe ser el tutor, se toma en consideración lo siguiente:
1.) En el caso de menores de edad no emancipados
Si el padre o la madre ha seleccionado un tutor por testamento. El tutor tiene que aceptar y ser considerado un buen candidato por el Tribunal
Si
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