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Conflicto Mapuche


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  550 Palabras (3 Páginas)  •  218 Visitas

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Conflicto Mapuche: Problema Forestal

La Ley de Fomento Forestal y el Problema Mapuche

Hace casi 40 años la dictadura impuso como modelo de desarrollo para el territorio mapuche la industria forestal, a través de la concentración del territorio reclamado por las comunidades en 2 grupos económicos (entonces Matte y Cruzat, luego Cruzat fue reemplazado por Angelini). Para esto, junto con una contrarreforma agraria llevada a cabo con los métodos violentos por todos conocidos, se decretó en 1974 una Ley de Fomento para Monocultivos Exógenos (pino y eucalipto).

Hoy el parlamento discute una nueva ley para seguir fomentando los monocultivos exógenos por 20 años más. Una vez consolidado el territorio para la explotación forestal, se propone incorporar a este negocio a pequeños y medianos propietarios, como ya se empezó a hacer al revalidar el fomento forestal durante la Concertación.

Probablemente los diputados, para aprobar el proyecto actual sin una adecuada consulta indígena acorde al Convenio 169 de la OIT, tomaron en cuenta los resultados macroeconómicos de las plantaciones y creen con sinceridad que es

justo expandir este negocio a pequeños y medianos propietarios, junto con seguir fomentando esta exitosa industria. Detrás está la lógica desarrollista que entra en tensión con una visión más respetuosa del medio ambiente y la diversidad cultural, y especialmente la visión de los pueblos indígenas sobre el buen vivir en esta tierra.

El senado debiera considerar que para la Corte Interamericana (caso Sarayaku vs. Ecuador) “la obligación de consulta a los pueblos indígenas es un principio general del Derecho Internacional” que debe aplicarse “previamente en todas las fases del proceso de producción normativa”. Es de recordar que el Relator ONU James Anaya en su informe al Gobierno de noviembre del año pasado, donde aborda largamente el tema de los estándares de consulta, hace explícita mención a la ley forestal, junto con la ley de pesca, como medidas que el Estado tiene el deber de consultar de manera apropiada. El Relator en el mismo documento rechaza la apelación al “interés nacional o bien común” para vulnerar los derechos indígenas, puesto que “los derechos humanos de los pueblos indígenas forman parte del bien común”.

Opinión:

Yo creo

que las tierras mapuches debieran ser devueltas totalmente o por defecto en su mayoría (mínimo el 90% de ellas) y que se dejara de plantar esos dos tipos de árboles (pino y eucalipto) ya que solo beneficia el bolsillo de los dueños de las empresas y arruina y dañan fuertemente el suelo donde estos se plantan, - tal como dice Huenchumilla en la cartas abierta al presidente de la republica: “expertos señalan los efectos de las plantaciones de pino y eucaliptos ya que la primera especie acidifica el suelo y no permite

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