Consejos comunales y comunas
Enviado por Eningher Partida • 12 de Noviembre de 2020 • Documentos de Investigación • 660 Palabras (3 Páginas) • 468 Visitas
Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda
Complejo El Sabino
Área: Ciencias de la Salud
2do Semestre de Medicina Sección 1
Cátedra: Trabajo Comunitario
Docente: Lic. Rhyris Ledezma de Cañizales
Consejos comunales y comunas
Realizado por:
Eningher Partida
C.I: 28.679.876
Punto Fijo; 13 de Noviembre de 2020
Son una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano en el marco de la revolución bolivariana, donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. Son grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Las comunas son una forma de organización social, política y económica popular de carácter local y participativo donde los individuos gestionan diversas instituciones de autogobierno para cubrir y regular sus necesidades comunes con miras a ser autosuficientes en la medida de lo posible.
Los consejos comunales y las comunas se rigen por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.
Los consejos comunales y las comunas se fundamentan legalmente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a partir de los artículos del 1 al 17 de la Ley Orgánica de las Comunas. Dicha ley dicta que: “a los fines de su funcionamiento, el Consejo Comunal está integrado por: El órgano ejecutivo, integrado por los voceros y voceras de cada comité de trabajo. La unidad de gestión financiera como órgano económico- financiero y la Unidad de Contraloría Social como órgano de control”. A su vez, refiriéndose a las elecciones de los integrantes de los consejos comunales y las comunas, indica que: “Los voceros y voceras de los comités de trabajo, así como las y los integrantes de los órganos económico-financiero y de control, serán electos y electas en votaciones directas y secretas por la Asamblea de 5 Ciudadanos y Ciudadanas. Quienes se postulen no podrán ser electos en más de un órgano del Consejo Comunal, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos. El carácter de su ejercicio es ad honorem. Los pueblos y comunidades indígenas elegirán los órganos de los consejos comunales, de acuerdo con sus usos, costumbres y tradiciones, y por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas”.
...