Contrato Declara EL VENDEDOR:
Enviado por mackcosme • 28 de Abril de 2017 • Apuntes • 1.556 Palabras (7 Páginas) • 267 Visitas
CONTRATO DE COMPRAVENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SRA. MARCELA DIAZ ASCARATE, A QUIENES SE LES DENOMINARA "VENDEDOR" Y POR OTRA PARTE A LA PERSONA MORAL CONSTRUMAX S.A DE C.V. ATRA VEZ DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL LIC JESUS ALBERTO FRAGOSO, A QUIEN SE LE DENOMINARA "COMPRADOR", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
Declara EL VENDEDOR:
a) Que por escritura No. 15110 de fecha 7 de Julio de 2009, otorgada ante el Lic. Fernando Lugo García Pelayo, Notario Público No. 24 de Puebla, Pue., inscrita en el Registro Público de la Propiedad de puebla, pue., bajo el número 4569825, adquirió por compra que hizo a Marcela Diaz Ascarate , el terreno marcado con el número 9, Mz. 700 de la calle xonaca, Fracc. Colinas del Cimatario, en la ciudad de puebla, mismo que tiene una superficie de 850.67 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias:
- Al Norte en 850 metros con propiedad de GUSTAVO GOMEZ .
- Al Sur en 350 metros con propiedad de HERNESTO DIAZ.
- Al Oriente en 556 metros con propiedad de FERNANDO LOPEZ.
- Al Poniente en 659 metros con propiedad de SONIA CASTILLO.
Al terreno referido en lo sucesivo se le denominará EL TERRENO.
b) Que EL TERRENO no reporta a esta fecha ningún gravamen o embargo, por lo que la propiedad sobre el mismo se encuentra libre de cualquier derecho real o personal en favor de terceros, encontrándose al corriente en el pago de impuestos, cuotas y derechos que pudieran corresponderle, especialmente el Impuesto Predial que cubre con la cuenta número 45698 y los derechos por suministro de agua, que cubre con la cuenta número 45639.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en sujetar el presente contrato a las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA - OBJETO
EL VENDEDOR vende y EL COMPRADOR compra EL TERRENO, con la superficie, medidas y colindancias mencionadas en el inciso a) del capítulo de Declaraciones que antecede, y que se tienen por reproducidos en esta Cláusula.
La compraventa se realiza Ad Corpus, por lo que en ella se comprende todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a EL TERRENO, agregando al presente para mayor claridad croquis topográfico, que debidamente firmado por las partes pasa a formar parte integrante del presente documento.
SEGUNDA - PRECIO
El precio de EL TERRENO es la cantidad de $800,000.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), el cual se paga de la siguiente manera:
a) La cantidad $800,000.00 ( TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS PESOS 00/100 M.N.) a la firma de éste contrato, otorgando EL VENDEDOR mediante la firma del presente, el recibo más amplio que conforme a derecho corresponde por la cantidad indicada.
b) La cantidad de $_$800,000.00 (__TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS PESOS _ PESOS 00/100 M.N.), en la fecha de firma de la escritura pública a que se refiere la Cláusula Octava siguiente.
TERCERA - TRANSMISION
EL TERRENO es transmitido por EL VENDEDOR absolutamente libre de todo gravamen y responsabilidad, al corriente en el pago de todos los impuestos, derechos y gastos y demás cargas fiscales que cause, así como de cualquier otro derecho real o personal en favor de terceros que se hubieren generado con anterioridad a la fecha de firma de este documento.
CUARTA - POSESION
EL TERRENO serás entregado a EL COMPRADOR en la fecha de firma de la escritura pública referida en la cláusula Octava de este contrato.
QUINTA - PENA CONVENCIONAL
En el evento de que alguna de las partes incumpla cualquiera de las obligaciones a su cargo, la parte afectada tendrá derecho a elegir entre exigir el cumplimiento de las mismas o dar por terminado el presente contrato mediante simple notificación por escrito, supuesto en el cual la parte que origine el incumplimiento estará obligada a pagar a la otra la cantidad de $37,900.00 (TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
En caso de que sea EL VENDEDOR la que propicie la terminación del contrato, deberá devolver a EL COMPRADOR las cantidades recibidas, adicionadas con la pena convencional a que se refiere el párrafo que antecede. Dichas cantidades serán pagadas en el domicilio de EL COMPRADOR, dentro del término de 5 días naturales contados a partir de que éste notifique a EL VENDEDOR su deseo de dar por terminado el presente contrato.
...