Convencionalismos Sociales
Enviado por chuina • 23 de Septiembre de 2013 • 461 Palabras (2 Páginas) • 563 Visitas
CONVENSIONALISMOS SOCIALES
Actitud que implica considerar que ciertos usos, principios, y costumbres están basados en acuerdos de la sociedad.
Reglas de la sociedad que se originan de la ´práctica repetida de hábitos y conductas que llegan a tener una aceptación general de la colectividad.
características:
• HETERÓNOMA: Creada por una autoridad divina.
• EXTERNA: Es para regular el comportamiento externo del individuo.
• UNILATERAL: Contempla solo al individuo.
• INCOERCIBLE: Del individuo depende su cumplimiento o no.
CONVENCIONALISMOS SOCIALES
Aptitud que implica considerar que ciertos usos o principios y costumbres estan basados en acuerdos de la sociedad. Reglas de la sociedad que se originan de la practica repetida de habitos y conductas que llegan a tener una aceptacion general en la sociedad.
Caracteristicas:
Incoercible, heteronoma, externa y unilateral.
Sanciones:
No ser aceptados por la sociedad, etc
Convencionalismo Social.
Las costumbres y las normas de trato social (convencionalismo social)
Para comprender lo que es la costumbre, es menester saber que es el uso. Este es el ejercicio o práctica general de una cosa, es “el modo de obrar que tiene una persona o el modo de obrar de una cosa”.
Cuando el uso se extiende y generaliza, se convierte en costumbre y, ésta, deviene obligatoria. La costumbre entraña actos sociales que se expresan de dos maneras: como norma jurídica consuetudinaria y como norma de trato social.
El conjunto de normas de trato social constituye el llamado convencionalismo social: la cortesía, la delicadeza, la pertinencia, la moda, la buena educación, etc.
EL DERECHO Y LAS NORMAS DE TRATO SOCIAL
Las normas jurídicas son el conjunto de normas que tienen como objeto regular la conducta humana cuya característica principal es la coersibilidad (fuerza).
NORMAS CONVENCIONALES
Definición:
Son aquellas las cuales por convencionalismo social se aplican por razones de uso y costumbres y cuyas características son:
• Exterioridad: No importa la convicción del sujeto.
• Unilateralidad: No existe facultad de exigir su cumplimiento
• Incoercible: No es posible implementar la fuerza para su cumplimiento
• Heteronimia: Son reglas producto de los propios sujetos de la sociedad.
Es decir que Las normas convencionales es lo contrario de las normas jurídicas.
Un convencionalismo social, forma parte de las Normas Sociales, las cuales son aquellas que rigen la conducta del hombre para con la sociedad.
Entonces, El convencionalismo social rige la conducta del hombre para con la sociedad, pero no son obligatorias, (Modismos.
EJEMPLO: Comer con cubiertos... Vestir a la moda...
...